Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2002 (13/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2002

Opinan favorablemente para que el Banco de la Microempresa S.A. realice emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos de Mibanco"
RESOLUCION SBS Nº 638-2002 MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa MIBANCO BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., requiriendo opinion sobre la factibilidad de la emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos de Mibanco", hasta por la suma de S/. 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 de nuevos soles); y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su Articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos; Que, el Articulo 232º de la citada Ley General establece que en la emision de esta clase de instrumentos financieros, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores previa opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia y de la MORDAZA de la documentacion precisada en el Articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, en Sesion de Directorio de fecha 21 de junio del 2001 se aprobo la emision del "Primer Programa de Bonos Corporativos de Mibanco" hasta por un monto S/. 100 millones (cien millones y 00/100 de nuevos soles); Que, MIBANCO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA ha cumplido con remitir la documentacion requerida en el Articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores y la Circular Nº B-2074-2000; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E" y por el Departamento Legal mediante Informes Nºs. DESF "E"-071-OT/2002 y 512-2002-LEG, respectivamente, y con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Opinar favorablemente para que MIBANCO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., realice la emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos de Mibanco", hasta por una suma inicial de S/. 50 millones (cincuenta millones y 00/100 de nuevos soles), debiendose adecuar a la Ley del MORDAZA de Valores. Por los S/. 50 millones restantes solicitados, la empresa recurrente debera requerir opinion previa una vez cumplida satisfactoriamente la colocacion de la emision por la suma inicial mencionada. Articulo Segundo.- Los recursos que capte MIBANCO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., de la emision de bonos a ser inscritos por la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV- en el Registro Publico correspondiente, deberan destinarse exclusivamente al financiamiento de las operaciones de MIBANCO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. Articulo Tercero.- El texto de la presente Resolucion debera insertarse en la Escritura Publica correspondiente para su posterior inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 12415

Autorizan viaje a funcionario para participar en eventos de la ASSAL y conferencia sobre regulacion y supervision de seguros que se llevaran a cabo en Honduras
RESOLUCION SBS Nº 648-2002 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitacion cursada a esta Superintendencia por la Comision Nacional de Bancos y Seguros de Honduras (CNBS) con fecha 24 de MORDAZA de 2002, con el fin de participar en la XIII Asamblea Anual de la Asociacion de Superintendentes de Seguros de MORDAZA Latina y la III Conferencia sobre Regulacion y Supervision de Seguros en MORDAZA Latina, organizadas por la citada Institucion, la Asociacion de Superintendentes de Seguros de MORDAZA Latina (ASSAL), la Asociacion Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) y la Organizacion para la Cooperacion y el Desarrollo Economico (OECD), las mismas que se llevaran a cabo del 15 al 18 de MORDAZA de 2002, en la MORDAZA de San MORDAZA de Sula, Honduras; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros ejerce la Vicepresidencia de la Asociacion de Superintendentes de Seguros de MORDAZA Latina - ASSAL, por lo que la participacion de nuestra Institucion, brindara la oportunidad de coordinar aspectos tendentes a complementar el trabajo de la Asociacion, asi como tomar conocimiento de los nuevos acuerdos entre los paises miembros destinados a mejorar la regulacion y la supervision del sistema de seguros, participando en la revision de los documentos que sobre estos aspectos se aprobaran en la sesion plenaria; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-02, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2002, estableciendose en el Numeral 4.1.1. que se autorizaran viajes al exterior unicamente para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales o multilaterales o misiones oficiales que comprometan la presencia indispensable de funcionarios de la Superintendencia, como en el presente caso; Que, asimismo, durante la citada conferencia se desarrollaran temas de importancia vinculados a las actividades de este organismo de regulacion, supervision y control relacionados principalmente con el riesgo sistemico, la supervision consolidada, el analisis y evaluacion de politicas y procedimientos para reaseguros, la regulacion de inversiones, los Principios Basicos de Seguros, que fueron aprobados por la IAIS en octubre del ano 2000; Que, se ha considerado conveniente, designar en esta oportunidad exclusivamente al senor MORDAZA French Yrigoyen, Superintendente Adjunto de Seguros (e), para que en representacion de esta Superintendencia participe en los referidos eventos, habiendose cancelado por razones de austeridad la participacion de otros dos representantes de esta Superintendencia; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos seran cubiertos con recursos del presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 2002; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2002, Nº SBS-DIR-ADM-08502;

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