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Pág. 226356 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de julio de 2002 Opinan favorablemente para que el Banco de la Microempresa S.A. realice emisión de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos de Mibanco" RESOLUCIÓN SBS Nº 638-2002 Lima, 9 de julio del 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa MIBANCO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., requiriendo opi- nión sobre la factibilidad de la emisión de bonos denomi- nado "Primer Programa de Bonos Corporativos de Mi- banco", hasta por la suma de S/. 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 de nuevos soles); y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sis- tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley Gene- ral, en su Artículo 221º, numeral 14, faculta a las empre- sas a emitir y colocar bonos; Que, el Artículo 232º de la citada Ley General estable- ce que en la emisión de esta clase de instrumentos fi- nancieros, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superinten- dencia y de la presentación de la documentación precisa- da en el Artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, en Sesión de Directorio de fecha 21 de junio del 2001 se aprobó la emisión del "Primer Programa de Bo- nos Corporativos de Mibanco" hasta por un monto S/. 100 millones (cien millones y 00/100 de nuevos soles); Que, MIBANCO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA ha cumplido con remitir la documentación requerida en el Artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores y la Cir- cular Nº B-2074-2000; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "E" y por el Departamento Legal mediante Informes Nºs. DESF "E"-071-OT/2002 y 512-2002-LEG, respectivamente, y con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y la opi- nión favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge- neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que MIBANCO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., rea- lice la emisión de bonos denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos de Mibanco", hasta por una suma inicial de S/. 50 millones (cincuenta millones y 00/100 de nuevos soles), debiéndose adecuar a la Ley del Mercado de Valores. Por los S/. 50 millones restantes solicitados, la empresa recurrente deberá requerir opinión previa una vez cumplida satisfactoriamente la colocación de la emi- sión por la suma inicial mencionada. Artículo Segundo.- Los recursos que capte MIBAN- CO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., de la emi- sión de bonos a ser inscritos por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV- en el Registro Público correspondiente, deberán destinarse exclusivamente al financiamiento de las operaciones de MIBANCO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. Artículo Tercero.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondien- te para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 12415Autorizan viaje a funcionario para participar en eventos de la ASSAL y conferencia sobre regulación y super- visión de seguros que se llevarán a cabo en Honduras RESOLUCIÓN SBS Nº 648-2002 Lima, 12 de julio de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitación cursada a esta Superintendencia por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros de Honduras (CNBS) con fecha 24 de mayo de 2002, con el fin de participar en la XIII Asamblea Anual de la Asociación de Superintendentes de Seguros de América Latina y la III Conferencia sobre Regulación y Supervisión de Seguros en América Latina, organizadas por la citada Institución, la Asociación de Superintendentes de Seguros de Amé- rica Latina (ASSAL), la Asociación Internacional de Su- pervisores de Seguros (IAIS) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD), las mis- mas que se llevarán a cabo del 15 al 18 de julio de 2002, en la ciudad de San Pedro de Sula, Honduras; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros ejerce la Vicepresidencia de la Asociación de Superintendentes de Seguros de América Latina - ASSAL, por lo que la participación de nuestra Institución, brindará la oportu- nidad de coordinar aspectos tendentes a complementar el trabajo de la Asociación, así como tomar conocimiento de los nuevos acuerdos entre los países miembros desti- nados a mejorar la regulación y la supervisión del siste- ma de seguros, participando en la revisión de los docu- mentos que sobre estos aspectos se aprobarán en la sesión plenaria; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, me- diante Directiva SBS-DIR-ADM-085-02, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejer- cicio 2002, estableciéndose en el Numeral 4.1.1. que se autorizarán viajes al exterior únicamente para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales o multilaterales o misiones oficiales que comprometan la presencia in- dispensable de funcionarios de la Superintendencia, como en el presente caso; Que, asimismo, durante la citada conferencia se de- sarrollarán temas de importancia vinculados a las activi- dades de este organismo de regulación, supervisión y control relacionados principalmente con el riesgo sisté- mico, la supervisión consolidada, el análisis y evaluación de políticas y procedimientos para reaseguros, la regula- ción de inversiones, los Principios Básicos de Seguros, que fueron aprobados por la IAIS en octubre del año 2000; Que, se ha considerado conveniente, designar en esta oportunidad exclusivamente al señor Pedro French Yri- goyen, Superintendente Adjunto de Seguros (e), para que en representación de esta Superintendencia participe en los referidos eventos, habiéndose cancelado por razones de austeridad la participación de otros dos representan- tes de esta Superintendencia; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del presupuesto de la Su- perintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 2002; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2002, Nº SBS-DIR-ADM-085- 02;