Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2002 (13/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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flota, por lo que se requiere contratar el servicio de arrendamiento de una playa de estacionamiento; Que, durante el ultimo ano transcurrido, las condiciones de seguridad en la MORDAZA han cambiado considerablemente, de acuerdo al referido Informe Tecnico, determinandose la imperativa necesidad de contratar lugares de parqueo colindantes con la sede central del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a fin de que con los vehiculos del MTC, en caso de suscitarse algun problema, se pueda apoyar rapida e inmediatamente en acciones de evacuacion motorizada de funcionarios y altas autoridades del Ministerio; Que, asimismo de acuerdo al referido Informe Tecnico, la playa de estacionamiento a contratar debe presentar otras facilidades para el desarrollo de las operaciones regulares que realiza el Ministerio como es el facil acceso para el personal del MTC, tener una propuesta economica acorde con los precios de MORDAZA de la MORDAZA que es S/. 120.00 mensuales por vehiculo y tener una buena infraestructura que facilite el control y la seguridad; Que, de la verificacion efectuada en la MORDAZA, a fin de constatar la existencia o no de locales que cumplan con los requerimientos del Ministerio, se determino que si bien existen playas de estacionamiento en los alrededores, ninguna tiene capacidad de ofrecer 70 lugares de parqueo, ni son colindantes con la sede central del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y que tan solo la playa de estacionamiento del MORDAZA de MORDAZA, perteneciente a la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA, con direccion en Av. Petit Thouars Nº 651, Cercado de MORDAZA, cumple con todos los requerimientos del Ministerio y cuyo costo ascenderia a la suma de S/. 100 mas IGV mensual; por 24 horas al dia, por cada vehiculo abonado, encontrandose dentro del rango de precio de MORDAZA previsto; Que, de acuerdo con el inciso f) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico Legal previo; dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, en consecuencia la contratacion del servicio de arrendamiento de la playa de estacionamiento debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; por ser este un servicio que no admite sustitutos en funcion a los requerimientos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, que convierten a la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. -EMILIMA- en proveedor unico del servicio requerido por el Ministerio; Que, de acuerdo al citado Informe Tecnico, el valor referencial para la contratacion del referido servicio asciende a la suma de S/. 99 120 00 (noventa y nueve mil ciento veinte y 00/100 nuevos soles) y su fuente de financiamiento se realizara con cargo a Recursos Ordinarios; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias aprobadas por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del MORDAZA de Adjudicacion Directa para la contratacion del servicio de arrendamiento de la playa de estacionamiento del MORDAZA de MORDAZA, perteneciente a la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA, con direccion en Av.

Petit Thouars Nº 651, Cercado de MORDAZA, hasta por un monto de S/. 99 200 00 (noventa y nueve mil doscientos y 00/100 nuevos soles). Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- La contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo a Recursos Ordinarios del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 4º.- El plazo de la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion sera por un ano, contado a partir de la suscripcion del respectivo contrato. Articulo 5º.- La presente Resolucion, asi como el Informe Tecnico Nº 018-2002-MTC/15.12.04 y el Informe Legal, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 12496

Aprueban Convenio de Cooperacion Interinstitucional de Consultas en Linea utilizando linea digital entre el RENIEC y el MTC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 406-2002-MTC/15.02 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, requiere contar con informacion relativa a la identidad de las personas que solicitan Licencias de Conducir; Que, el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil - RENIEC, es el organismo MORDAZA, encargado de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las personas naturales; Que, con el objeto de que el MTC cuente oportunamente con la informacion necesaria para cotejar la identidad y datos proporcionados por las personas naturales que solicitan Licencias de Conducir, es necesario contar con el servicio de Consultas en Linea, utilizando linea digital con el RENIEC; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al funcionario que firme el Convenio de Cooperacion Interinstitucional con el referido organismo, el mismo que no supone transferencia de recursos economicos entre MORDAZA instituciones; De conformidad a lo dispuesto con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Cooperacion Interinstitucional de Consultas en Linea, utilizando linea digital entre el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil - RENIEC y el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion - MTC. Articulo 2º.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de la MORDAZA Laca, Director General de la Direccion General de Circulacion Terrestre, a suscribir el Convenio a que se refiere el articulo anterior, en representacion del MTC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 12493

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