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Pág. 226350 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de julio de 2002 Autorizan viaje a inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 409-2002-MTC/15.02 Lima, 11 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públi- cos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que los viajes de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, se otorgarán mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002- MTC se exceptuó de los alcances del numeral 3.1 del Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectúen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050- 2001-MTC; Que, mediante Órdenes de Inspección Nºs. 0421- 2002-MTC/15.16.05.2 y 0422-2002-MTC/15.16.05.2, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil ha dispuesto que los inspectores Eugenio Neyra Luza y Luis Gonzáles Alva, respectiva- mente, efectúen inspección técnica, durante los días 9 al 16 de julio de 2002, a dos aeronaves DC10-30F de la compañía Cielos del Perú S.A. que se encuentran en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, en consideración a la importancia de las accio- nes que se realizarán para determinar la operatividad de las mencionadas naves en el transporte aéreo, resulta pertinente autorizar el viaje de los Inspectores de la Di- rección General de Aeronáutica Civil de este Ministerio; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Resolución Suprema Nº 015-2002- MTC y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Eu- genio Neyra Luza y Luis Gonzáles Alva, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 9 al 16 de julio de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El gasto que demante el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al Pre- supuesto del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, de acuerdo al siguien- te detalle: Viáticos US$ 3,520.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12494Modifican artículo de resolución que otorgó a L.C. Busre E.I.R.L. permiso de operación de aviación comercial - servi- cio de transporte aéreo nacional no re- gular de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 125-2002-MTC/15.16 Lima, 14 de junio del 2002 Vista la solicitud de L.C. BUSRE E.I.R.L., sobre Modi- ficación de Permiso de Operación de Aviación Comercial - Servicio de Transporte Aéreo Nacional No Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 079-2001- MTC/15.16 del 16 de mayo del 2001 se otorgó a L.C. BUSRE E.I.R.L., Permiso de Operación de Aviación Co- mercial - Servicio de Transporte Aéreo Nacional No Re- gular de pasajeros, carga y correo; Que, en el presente trámite de Modificación de Per- miso de Operación, L.C. BUSRE E.I.R.L. solicita incre- mentar las zonas de operación que fueran autorizadas por su respectivo Permiso de Operación; Que, según los términos del Memorándum Nº 128- 2002-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoría Legal; Memorándum Nº 602-2002-MTC/15.16.06, emiti- do por la Dirección de Seguridad Aérea; Memorándum Nº 757-2002-MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdirec- ción de Aeronavegabilidad; Memorándum Nº 634-2002- MTC/15.16.05.3, emitido por la Subdirección de Opera- ciones; Constancias de Inscripción, emitidas por la Ofici- na Registral de Lima y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposicio- nes legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura- das y la presentación de documentos por parte del inte- resado, tomándolos por ciertos, verificando posterior- mente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplificación administrativa, se considera pertinente pre- cisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeró- dromos privados podrán ser utilizadas previa autoriza- ción de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resol- viendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposi- ciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el Ar- tículo 1º de la Resolución Directoral Nº 079-2001-MTC/ 15.16 del 16 de mayo del 2001, que otorgó a L.C. BUS- RE E.I.R.L. Permiso de Operación de Aviación Comer- cial - Servicio de Transporte Aéreo Nacional No Regular de pasajeros, carga y correo, incorporando las siguien- tes zonas de operación, adicionales a las ya autoriza- das: "ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AE- ROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTOS: CAJAMARCA, AMAZONAS Y LAMBAYEQUE - Rodríguez de M endoza, Ciro Alegría.