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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2002 (13/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 77

Pág. 226359 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de julio de 2002 bre los ingresos y costos en Aduanas, circunstancias que han determinado la necesidad de generar la apli- cacion de las tasas correspondientes al Despacho Aduanero y a los Servicios Extraordinarios, encontrán- dose en trámite mediante Oficio Nº 232-2002-Aduanas ante el Ministerio de Economía y Finanzas para su aprobación e incorporación en el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2002-EF; Que, por las razones expuestas y a fin de evitar du- plicidad de tasas se ha visto por conveniente dejar sin efecto el pago de $ 6.00 correspondiente a la mencio- nada Resolución, y siendo de aplicación las disposi- ciones de la Ley Nº 27444 se requiere un Decreto Su- premo cuyo proyecto se encuentra en la actualidad en trámite ante el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio Nº 271-2002-Aduanas, por lo que se hace necesario ampliar la suspensión de la aplicación del pago referido en el primer considerando de la pre- sente resolución; y, Estando a la facultad conferida en el Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000226 de 15 de febrero de 2001, que aprueban la Ley Orgáncia y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Suspéndase hasta el 31 de octubre de 2002, el pago de US$ 6,00 a que se contrae el Artícu- lo 2º de la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000252 de 22 de febrero de 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO RAMÍREZ SALOMÓN Superintendente Nacional de Aduanas 12504 ESSALUD Aprueban inclusión y exclusión de di- versos procesos de selección en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes de ESSALUD correspondiente al año 2002 RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE LOGÍSTICA E INFRAESTRUCTURA Nº 000432-GCLI-ESSALUD-2002 Lima, 1 de julio del 2002CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entró en vigencia el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 081-GG-ESSALUD-2002, se aprobó el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones (PAAC) de ESSALUD co- rrespondiente al año 2002; Que, el Artículo 8º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones públicas, concursos públicos y adjudica- ciones directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser aprobadas por la máxima autoridad administrativa de la Entidad, para su inclusión en el mismo; Que, con la Resolución de Gerencia General Nº 323- GG-ESSALUD-2002, se ha delegado en el Gerente Central de Logística e Infraestructura la función de aprobar la inclusión de los procesos de selección - adjudicaciones directas - no contenidos en el Plan Anual de Adquisiones y Contrataciones de ESSALUD para el año 2002; Que, diversas circunstancias como el surgimiento de nuevos requerimientos, reformulación de los requerimien- tos y retraso en la adjudicación en los procesos de selec- ción centralizados, han dado origen a procesos de selec- ción no incluidos en el PAAC 2002, así como a la necesi- dad de excluir procesos del PAAC 2002; Que, en tal sentido son necesarias las inclusiones y exclusiones de procesos al PAAC 2002, de acuerdo al detalle de la relación del anexo adjunto; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1.- APROBAR la inclusión y exclusión de los procesos de selección que se detallan en el anexo de la presente resolución, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones de ESSALUD correspondiente al año 2002. 2.- DISPONER que la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo de la Gerencia Central de Logística e Infra- estructura informe de la presente resolución al Conse- jo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, dando cuenta al CONSUCODE dentro del plazo establecido por la ley. 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS BASADRE LA CUNZA Gerente Central de Logística e Infraestructura REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL