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Pág. 226994 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de julio de 2002 Prorrogan plazo para que el Banco San- tander Central Hispano - Perú proceda a enajenar bienes inmuebles adjudica- dos en pago de deudas RESOLUCIÓN SBS Nº 641-2002 Lima, 9 de julio de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNT O DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Santander Cen- tral Hispano - Perú de prórroga del plazo para la enajena- ción de los bienes adjudicados en cobro de acreencias que forman parte del Anexo de la presente resolución, conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda con- traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075- 2000 señalan que las solicitudes para prórroga del plazo establecido en el Artículo 215º de la Ley General, debe- rán ser presentadas con una anticipación de, por lo me- nos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso con- trario será rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular estable- ce adicionalmente que, para el caso de bienes inmue- bles, deberá adjuntarse a la solicitud de prórroga una va- luación del bien efectuada por un perito inscrito en el re- gistro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario será rechazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitución de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicación o recuperación de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudi- cados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmue- bles; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero “D” mediante Informe Nº DESF "D"-070-OT-2002 y con el visto bueno del Departa- mento Legal; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros, y sus modificatorias; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolu- ción SBS Nº 807-99; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo al que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Santander Central Hispano - Perú proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Santander Central Hispano - Perú deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las corres- pondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOP AR Superintendente Adjunto de BancaANEXO BIEN INMUEBLE ADJUDICADO POR OBLIGACIÓN DE DEUDOR SOBRE EL CUAL SE AUTORIZA PRÓRROGA PARA SU VENTA Tipo de Descripción / Ubicación Fecha de Valor Bien Adjudi- en Libros cación (en S/.) Inmueble Elias Aparicio N° 791 y Psje. Porto Bello 2001.06.30 589 771.64 N° 125 Urb. P. La Planicie, La Molina - Lima Inmueble Jr. Selva Alegre 211-215 y Junín 700- 2001.06.30 34 176.00 708 Juliaca, San Roman - Puno Inmueble Jr. Ayaviri s/n 1era cuadra Barrio 2001.06.30 12 881.84 Orkopata - Puno Inmueble Calle Mario Centore N° 1300, Parachico 2001.06.30 28 616.10 Mz. 14 LT 08 - Tacna Inmueble 31 Lotes en Urb. Comercial La Parada 2001.06.30 233 582.89 Chiclayo, Lambayeque Inmueble Parque Industrial Mz. D Lote 5A - Tacna 2001.06.30 76 481.56 Inmueble Av. La Paz 1073-1075-1069 LT 02 2001.06.30 50 605.36 Mz. 72 Urb. La Perla -Callao Inmueble Av. Paracas Lote 25 Urb. Paracas, 2001.06.30 591 281.64 Pisco - Ica (5 casas y 10 estacionamientos) Condominio Inmueble Av. Abraham Valdelomar Sub Lote 2001.06.30 83 180.81 N° 3 Pisco - Ica Inmueble Av. Javier Prado Este N° 2954 Mz E5 2001.06.30 600 902.18 LT 26 Urb. San Borja - Lima Inmueble Urb. Coop. Universitaria Mz. J Lote 14 2001.06.30 69 180.51 Dpto. 301 Estac. 1 y 3 - Arequipa Inmueble Calle Luis Felipe Villarán N° 1056 2001.06.30 157 914.56 Dpto. 201, San Isidro - Lima Inmueble Urb. Fray Martín Mza. L, Lote 5, Pasaje 2001.06.30 18 858.30 Alfonso Ugarte, Hunter - Arequipa 12990 Autorizan a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Ica S.A. el traslado de agencia ubicada en la provincia de Nas- ca, departamento de Ica RESOLUCIÓN SBS Nº 644-2002 Lima, 10 de julio de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito Ica S.A. para que se le autorice el traslado de su Agencia de Nasca ubicada en la calle Arica Nº 413, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica a la calle Grau Nº 250, distrito y provincia de Nasca y depar- tamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de Directorio de fecha 2002.5.23, la CMAC Ica aprobó el traslado de su Agen- cia de Nasca ubicada en la calle Arica Nº 413, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica a la calle Grau Nº 250, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica; Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado soli- citado; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero "F", mediante Informe DESF "F" Nº 192-OT/2002; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros; la Circular SBS Nº CM-184-