TEXTO PAGINA: 36
NORMAS LEGALESPág. 224794 Lima, domingo 16 de junio de 2002Comisión de Reestructuración Patrimonial Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Autoridad Recurso Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Apelación que resuelve de que Formales (Nota 1) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la y/o la Revisión resuelve la (Nota 2) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Adhesión Apelación Revisión 13. Certificado de Existencia de Proceso Concursal Vigente y Público 1Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de Personas Jurídicas se 2% UIT ü Secretaría No Comisión de No ————— No ————— deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4). Técnica Contemplado Reestructuración Contemplado Contemplado 2En caso de personas naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad de la Comisión Patrimonial Reestructuración Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Patrimonial (Sede Central) Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 Decreto Supremo Nº018-2001-PCM, publicado el 27 de febrero del 2001 14. Búsqueda de Información sobre Deudores Acogidos a la Ley A) Búsqueda por Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial 1% UIT ü Secretaría No ————— No ————— No ————— - Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Técnica de la Contemplado Contemplado Contemplado B) Búsqueda a Nivel Nacional 2% UIT Comisión de - Solicitud consignando datos de identificación y domicilio Reestructuración Patrimonial Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de del Indecopi Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 Decreto Supremo Nº018-2001-PCM, publicado el 27 de febrero del 2001 15. Procedimiento Transitorio - Solicitud de Reconocimiento de Créditos (Nota 3) 1 Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 1,50% del ü Fedatario No ———————- No ———————- No ———————- a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4). Crédito Contemplado Contemplado Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad. Invocado c. Sociedades Conyugales , ambos conyugues deberán presentar copia simple de su documento hasta de identidad 50% UIT Dicha Solicitud deberá consignar la Declaración Expresa e Indubitable de que el Solicitante se encuentra de acuerdo con el monto señalado por la Empresa Deudora como Crédito a su favor. (Los Créditos 2Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su Deudor, o, en Laborales están caso contrario, informar de la existencia de vinculación de éste, en cualquiera de los casos a que se exonerados de refiere el Artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial éste pago) 3 Adjuntar copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite correspondiente ante el Fedatario. (Nota 5) Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99, publicado el 1 de diciembre de 1999 16. Procedimiento Transitorio - Solicitud de Reconocimiento de Créditos Discrepantes (Nota 3) 1Solicitud dirigida al Fedatario consignando datos de identificación y domicilio e identificando a la 3% de la parte üFedatario 3% del Crédito Comisión Ad Hoc 3% del Comisión 3% del Sala de Empresa Deudora. Para el caso de: del Crédito 30 días Controvertido Crédito Delegada de Crédito Defensa a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4). Invocado sujeto hábiles hasta un máximo Invocado Reestructuración Controvertido de la b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad a Discrepancias de 10% UIT hasta un Patrimonial hasta un Competencia c. Sociedades Conyugales , ambos conyugues deberán presentar copia simple de su documento hasta un máximo Procede dentro máximo de máximo de de identidad de 50% UIT de los 5 días de 10% UIT 30% UIT Tribunal de 2Copia de la documentación que acredite la existencia, origen, legitimidad y cuantía de los Créditos, Notificada la Procede Procede Indecopi distinguiendo capital, intereses y gastos, y de ser el caso, la tasa de interés aplicada. (Los Créditos Resolución dentro de dentro de los 3Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su Deudor, o, en Laborales están (Nota 10) los 5 días de 5 días de caso contrario, informar de la existencia de vinculación con éste, en cualquiera de los que se refiere exonerados de Notificada la notificada la el Artículo 5 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial. éste pago) Resolución Resolución 4Adjuntar copia de toda la documentación presentada, a efectos de correr traslado a la otra parte, (Nota 5) (Nota 9) de ser el caso. 5Adjuntar Copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite correspondiente ante la Comisión Ad - Hoc. Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99, publicado el 1 de diciembre de 1999 17. Solicitud de Reconocimiento de Créditos en el Procedimiento de Declaración de Insolvencia originado en el Procedimiento Transitorio 1 Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 1.5% de la parte üSecretaría Técnica 3% del Crédito Secretario Técnico 3% del Crédito Comisión de 30% UIT Sala de a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4). del Crédito 30 días de la Comisión Controvertido o Controvertido Reestructuración Procede Defensa