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NORMAS LEGALES Pág. 224793Lima, domingo 16 de junio de 2002 Comisión de Reestructuración Patrimonial Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Autoridad Recurso Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Apelación que resuelve de que Formales (Nota 1) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la y/o la Revisión resuelve la (Nota 2) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Adhesión Apelación Revisión 4Información relativa a la Empresa, señalando su Nombre o Razón Social, su actividad económica, su domicilio legal y los domicilios y localidades en los que mantenga oficinas o realice actividades productivas. 5Relación detallada de sus Obligaciones, incluidas las laborales, precisando la identidad y domicilio de cada Acreedor, los montos adeudados por concepto de capital, intereses y gastos y la fecha de vencimiento de cada una de dichas obligaciones. 6Relación Detallada de sus Bienes Muebles e Inmuebles indicando los gravámenes que pesan sobre ellos. 7Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su Deudor, o, en caso contrario, informar de la existencia de vinculación con el Deudor, en cualquiera de los casos a se refiere el Artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial. Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 10. Procedimiento Simplificado - Solicitud de Registro de Créditos (Nota 3) 1Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 1,50% del ü Secretaria Técnica No Contemplado ———————- No ———————- No ———————- a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4). Crédito de la Comisión de Contemplado Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad. Invocado Delegada c. Sociedades Conyugales , ambos conyugues deberán presentar copia simple de su documento hasta Reestructuración de identidad 10% UIT Patrimonial Dicha Solicitud deberá consignar la Declaración Expresa e Indubitable de que el Solicitante se encuentra de acuerdo con el monto señalado por la Empresa Deudora como Crédito a su favor, a (Los Créditos partir de la Relación de Obligaciones presentada e identificar a la Empresa Deudora Laborales están 2Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su Deudor, o en exonerados de caso contrario, informar de la existencia de vinculación de éste, en cualquiera de los casos a que se éste pago) refiere el Artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial (Nota 5) 3Señalar el número del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite correspondiente. Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99, publicado el 1 de diciembre de 1999 11. Denuncia por Comisión de Actos Fraudulentos en Perjuicio de los Acreedores 1.Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 20% UIT üSecretaría 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4) 30 días Técnica Procede dentro Reestructuración Procede Defensa Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad hábiles de la Comisión de los 5 días de Patrimonial dentro de de la c. Sociedades Conyugales , ambos conyugues deberán presentar copia simple de su documento Reestructuración Notificada la los 5 días Competencia de identidad Patrimonial Resolución (Sede Central de 2Señalar los supuestos Actos Fraudulentos denunciados, así como la identidad de quienes los u (Nota 10) o Delegada) Notificada la Tribunal del cometieron. Oficina Resolución Indecopi 3Señalar el domicilio de los Denunciados. Descentralizada 4Ofrecer los medios probatorios correspondientes. 5Presentar copia de la documentación para la otra Parte. Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 12. Denuncia por Incumplimiento de Obligaciones de Entidad Registrada o Presidente de la Junta 1.Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 20% UIT üSecretaría 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4) 30 días Técnica Procede dentro Reestructuración Procede Defensa Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad hábiles de la Comisión de los 5 días de Patrimonial dentro de de la c. Sociedades Conyugales , ambos conyugues deberán presentar copia simple de su documento Reestructuración Notificada la los 5 días Competencia de identidad Patrimonial Resolución (Sede Central de 2Señalar las supuestas Infracciones denunciadas u (Nota 10) o Delegada) Notificada la Tribunal del 3Señalar el domicilio de los Denunciados. Oficina Resolución Indecopi 4Ofrecer los medios probatorios correspondientes. Descentralizada 5Presentar copia de la documentación para la otra Parte. Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999