Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2002 (27/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de junio de 2002

Que, mediante Ordenanza Nº 017-2000/MVMT se regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el ambito jurisdiccional del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; Que, se requiere contar con dispositivos que adecue el procedimiento de internamiento de los vehiculos menores al Deposito Municipal y que se origina como una sancion adicional a la aplicacion de la papeleta de infraccion, de acuerdo a lo establecido en la antedicha Ordenanza; Que, habiendose emitido el Informe Nº 073-2002-DITDSP/MVMT de la Jefatura de la Division de Transportes debidamente refrendados por la Direccion de Servicios Publicos, a traves del Proveido Nº 412-DSP-2002/MVMT; asi como Informe Nº 173-2002-OAL/MVMT de la Oficina de Asesoria Legal ; y contandose con el Proveido Nº 1265-02DM/MVMT de la Direccion Municipal; De conformidad con los Arts. 47º, Inc. 6), 109º y 111º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; Ley Nº 27181 - de Transporte Publico Especial de pasajeros en Vehiculos Menores; Decretos Supremos Nºs. 004-2000MTC y 009-2000-MTC; Ordenanza MORDAZA Nº 241 de MORDAZA Metropolitana y Ordenanza Nº 017-2000/MVMT; SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Procedimiento del Internamiento de los Vehiculos Menores en el Deposito Municipal - en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, el mismo que consta de 4 (cuatro) Titulos, 10 (diez) Articulos y 2 (dos) Disposiciones Finales que, en Anexo Nº 01, forma parte integrante del presente Dispositivo. Articulo Segundo.- APROBAR los Formularios de la Boleta de Internamiento y la Orden de Liberacion, con las especificaciones y caracteristicas contenidas en el modelo que, como Anexo Nº 02, forman parte constitutiva de este Decreto. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA

g) Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC. h) Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC. i) Decreto Legislativo Nº 420, Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial.

TITULO III DEL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO
Articulo 3º.- Las infracciones, denominadas con los codigos: VMC-07 y VMC-10, tendran como sancion adicional el internamiento del vehiculo en el Deposito Municipal de Vehiculos Menores de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Asi mismo se suscribira la Boleta de Internamiento al Deposito Municipal de vehiculos menores, para lo cual la distribucion de la misma se efectuara observando el siguiente detalle: la Original la poseera el Administrador del Deposito Municipal, la primera MORDAZA sera para el infractor, la MORDAZA MORDAZA para la Direccion de Servicios Publicos y la tercera MORDAZA para la Oficina de Rentas, dentro de las 24 horas. Articulo 4º.- Los vehiculos internados en el Deposito Municipal deben ser retirados por sus propietarios, quienes acreditaran tal condicion con la MORDAZA de los siguientes documentos: MORDAZA Fedateada de la Tarjeta de Propiedad (o Contrato de Compra - Venta Legalizado), MORDAZA de la Boleta de Internamiento y la Original de la Orden de Liberacion del Vehiculo Menor. La Orden de Liberacion del vehiculo menor debera ser firmada por el Director de Servicios Publicos, luego que los infractores presenten el recibo cancelado por concepto de Gastos Administrativos por el traslado del Vehiculo Menor al Deposito Municipal, costo diario por Guardiania y la multa de la Papeleta de Infraccion. Articulo 5º.- El Administrador del Deposito Municipal elevara a la Direccion de Servicios Publicos, informes sobre las Boletas de Internamiento y las Ordenes de Liberacion de los Vehiculos Menores; las copias informativas seran remitidas a la Division de Transporte. El informe recibido con la visacion respectiva de la Direccion de Servicios Publicos sera derivado a la Oficina de Rentas. Articulo 6º.- La Direccion de Servicios Publicos mantendra el archivo de las Boletas de Internamiento y las Ordenes de Liberacion de los Vehiculos Menores. Articulo 7º.- La Oficina de Rentas mantendra y custodiara las Boletas de Internamiento y las Ordenes de Liberacion de los Vehiculos Menores, para efectos de los tramites a que hubiese lugar, debiendose archivar los originales al concluir su tramite, para efectos de control y fiscalizacion, informando mensualmente a la Direccion Municipal. Articulo 8º.- La distribucion de la Orden de Liberacion del Vehiculo Menor se efectuara observando el siguiente detalle: la Original sera para el propietario del Vehiculo Menor, la primera MORDAZA para el Administrador del Deposito Municipal, la MORDAZA MORDAZA para la Direccion de Servicios Publicos y la tercera MORDAZA para la Oficina de Rentas. Articulo 9º.- El infractor debera acercarse a la Oficina de Rentas de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, para obtener la calificacion y orden de pago correspondientes. Articulo 10º.- El o los vehiculos internados en el Deposito Municipal deberan ser puestos a disposicion de la DIROVE o del Juzgado competente cuando MORDAZA solicitados, de conformidad a los procedimientos legales respectivos. Cuando el vehiculo internado permanezca mas de ciento ochenta (180) dias calendario en el Deposito Municipal sin ser reclamado por su propietario o sin que la DIROVE o el Juzgado competente soliciten se ponga a su disposicion, la Municipalidad Distrital procedera a venderlos mediante subasta publica, luego de dos dias consecutivos de publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de mayor circulacion solicitando que su propietario lo retire del Deposito Municipal de Vehiculos Menores, sin haberlo efectuado.

ANEXO Nº 01 REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DEL INTERNAMIENTO DE LOS VEHICULOS MENORES EN EL DEPOSITO MUNICIPAL TITULO I OBJETIVO
Articulo 1º.- El presente Reglamento tiene como objetivo ordenar el procedimiento para el Internamiento de los Vehiculos Menores en el Deposito Municipal como una sancion adicional a la aplicacion de la papeleta de infraccion que se origina por el incumplimiento de la Ordenanza Nº 017-2000/MVMT; garantizando el cumplimiento de los requisitos para el servicio y las condiciones de seguridad y calidad en beneficio de los usuarios.

TITULO II BASE LEGAL
Articulo 2º.- El presente Decreto de Alcaldia se sustenta en los siguientes dispositivos legales: a) Constitucion Politica del Peru, Inc. 4) del Art. 192º. b) Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, Inc. 5) del Art. 10º, Incs. 1) y 2) del Art. 69º. c) Ley Nº 27181 - General de Transporte y MORDAZA Terrestre. d) Ley Nº 27189 - de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores. e) Ordenanza Nº 241-99/MML - que regula el Servicio de Transportes de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. f) Ordenanza Nº 017-2000/MVMT - que regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo.

TITULO IV DISPOSICIONES FINALES
Primera.- El area destinada para el Deposito Municipal de Vehiculos Menores debera cumplir con las caracteristicas tecnicas respectivas; el local debera ser cerrado y con dispositivos de seguridad. Segunda.- Encargar a la Direccion de Servicios Publicos, a traves de sus Unidades Organicas, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia.

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