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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (27/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

Pág. 225413 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de junio de 2002 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Dictan normas complementarias para aplicación de ordenanza que aprobó be- neficio de regularización de deudas mu- nicipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06 Miraflores, 14 de junio de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, otorgan a las Municipalidades autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, mediante Ordenanza Nº 105, la Municipalidad de Miraflores aprobó el Beneficio de Regularización de Deu- das Municipales, siendo publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 8 de junio del 2002; Que, la Quinta Disposición Final de la citada Ordenanza concede la facultad al Alcalde de Municipalidad de dictar las medidas complementarias necesarias para la adecua- da aplicación de la Ordenanza; Que, atendiendo a tal fin es pertinente realizar precisio- nes para la adecuada aplicación del beneficio establecido; En ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: APROBAR LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 105 Artículo Primero.- Precisar que los Convenios de Frac- cionamiento que hubiesen perdido el beneficio o se encuen- tren en causal de pérdida, podrán acogerse a lo dispuesto en la Ordenanza, bajo la modalidad del pago al contado, eliminándose los intereses o reajustes que generó el con- venio. Queda entendido que el beneficio, no comprende el 10% de descuento. Artículo Segundo.- Precisar que tratándose de deu- das contenidas en un Convenio de Fraccionamiento vigen- te y que sea materia de ampliación, se realizará primera- mente la renuncia del mismo, a fin de incluir a la deuda origen pendiente de cancelación nuevas deudas. Artículo Tercero.- Precisar que tratándose de deudas que se encuentren en Cobranza Coactiva podrán acogerse a los beneficios establecidos, siempre que cancelen la deuda de un año o efectúen el pago total de la deuda contenida en el expediente. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JORGE DE ALBERTIS GONZALES DEL RIEGO Regidor Encargado de la Alcaldía 11347 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra- ma del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-2002 San Juan de Miraflores, 14 de junio del 2002EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 14 de junio del 2002, el Informe Nº 042-APVL-2002 de fe- cha 31 de mayo del 2002 del Administrador del Programa del Vaso de Leche, sobre Situación de Urgencia, Informe Nº 078-DA-MDSJM del 7.6.2002 de la Dirección de Admi- nistración, Informe Nº 235-OAJ-02-MDSJM de fecha 14 de junio del 2002 de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Informe Nº 042-APVL-2002 de fecha 31 de mayo del 2002 el Administrador del Programa del Vaso de Leche solicita al Director de Administración que a partir del 1 de junio adopte las medidas necesarias para proveer el abastecimiento de los insumos al Programa del Vaso de Leche y no dejar de atender a la población beneficiaria del Programa de nuestro distrito; Con Informe Nº 078-02-DA del Director de Adminis- tración informa que con fecha 31 de mayo del 2002, ha con- cluido la Addenda de Leche Evaporada Entera y Hojuela de Quinua sugiriendo se efectúe una ampliación a la situación de Urgencia, para la adquisición de insumos para el Pro- grama del Vaso de Leche; Mediante Informe Nº 235-OAJ-02-MDSJM la Oficina de Asesoría Jurídica señala que habiéndose declarado nulo el proceso de Licitación del Programa del Vaso de Leche me- diante Resolución de Alcaldía Nº 00605 de fecha 12 de ju- nio del 2002 y mientras se lleva a cabo un nuevo Proceso Licitario, se hace indispensable solicitar al Concejo Munici- pal una Situación de Urgencia del Programa del Vaso de Leche por el término de 70 días conforme a lo solicitado por el Administrador del Programa. La Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado en su Reglamento D.S. Nº 012-2001-PCM Artículos 19º, 20º, 210º y su Reglamento D.S. Nº 013-2001-PCM Artículo 118º, respectivamente se- ñala "que es facultad del Concejo Municipal otorgar Decla- ratoria de Urgencia por el tiempo y cantidad según sea el caso necesarios para llevar a cabo el Proceso de Selección que corresponda" Que debatido en el Pleno del Concejo, es necesario declarar la Urgencia a fin de que el Programa del Vaso de Leche no quede desabastecida de Insumos para la aten- ción de los beneficiarios, con el Voto Unánime de los seño- res Regidores, el Concejo Municipal de San Juan de Mira- flores, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de URGEN- CIA la Adquisición de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, por el término de 70 días, a partir de la fecha. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el presente Acuer- do de Concejo conforme a lo estipulado en el Artículo 115º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a Secretaría Gene- ral la notificación del presente Acuerdo de Concejo, a la Contraloría General de la República y a Consucode. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 11440 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban Reglamento para el Procedi- miento del Internamiento de los Vehícu- los Menores en el Depósito Municipal DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2002/MVM T EL ALCALDE DEL DISTRIT O DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO