Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2002 (27/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, jueves 27 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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MORDAZA Tecnicos, considerando la viabilidad de la MORDAZA, caracteristicas de las vias, estudio de zonificacion, la antiguedad de prestacion del servicio, extension de zonas y la demanda del publico usuario. 7. Organizar en coordinacion con la Comision Tecnica Mixta de Transporte, el Programa Anual de Educacion y Seguridad Vial, dirigidos a los conductores dedicados a la prestacion de servicio de Transporte Publico en vehiculos menores. 8. Imponer las sanciones por infracciones a la presente Ordenanza, en Concordancia a lo establecido en los Articulos 18º y 19º del Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC y a las condiciones de los permisos de operacion que podra llegar hasta a cancelacion de los mismos. 9. Autorizar la prestacion del servicio en vehiculos menores en determinadas zonas, teniendo en cuenta las caracteristicas y condiciones viales del Distrito, rutas de transporte MORDAZA masivo ya autorizadas por la Autoridad Provincial.

6. Las personas juridicas cuyos miembros MORDAZA preferentemente residentes del distrito, respetando la MORDAZA de trabajo. 7. Plan de propuestas para mejorar la calidad del servicio, en el respectivo cronograma de ejecucion. 8. Las demas que determine la Municipalidad de Independencia. Articulo 10º.- Los requisitos senalados en el Articulo Octavo seran presentados en la Subgerencia de Tramite Documentario de la Municipalidad Distrital; el Area de MORDAZA sera quien realizara la verificacion de la documentacion, las inspecciones tecnicas correspondientes de los paraderos propuestos y la revision de caracteristicas de los vehiculos menores de la persona juridica. Articulo 11º.- Una vez cumplido con los requisitos exigidos en el Articulo Octavo, el Area de MORDAZA en el plazo de Ley elevara el informe adjuntando el proyecto de Resolucion Gerencial para ser promulgado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de Independencia. Articulo 12º.- El permiso de operacion, que se otorga a la persona juridica, es de caracter institucional e intransferible, su vigencia es de tres anos, renovable automaticamente por periodos iguales a solicitud del interesado, siempre y cuando no atenten contra el interes colectivo, y que no medien observaciones de la Municipalidad Distrital de Independencia y tengan vigencia los requisitos que deben actualizarse. Articulo 13º.- La sola MORDAZA de la solicitud del permiso de operacion no autoriza a ejercer el servicio de Transporte Publico Especial, en Vehiculos Menores y Carga Domestica. Articulo 14º.- La persona juridica solo podra incrementar y/o modificar su flota vehicular, padron de conductores y paraderos, cundo el area respectiva de la Municipalidad Distrital de Independencia lo autorice, siempre y cuando el estudio tecnico presentado sea factible, para este efecto la persona juridica solicitara la respectiva autorizacion previo pago de los derechos de acuerdo al MORDAZA, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, resolvera en el plazo de Ley. Articulo 15º.- El permiso de operacion para el servicio publico de transporte de pasajeros y carga domestica en vehiculos menores sera otorgado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Independencia, mediante Resolucion Gerencial. Articulo 16º.- En el permiso de operacion para el servicio publico de transporte de pasajeros y carga domestica en vehiculos menores, estaran comprendidos la flota vehicular y los paraderos determinados, calificados y aprobados por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, previo informe tecnico del Area de Transito. Articulo 17º.- Los recursos impugnativos contra la Resolucion Gerencial que se expidan son: 1. Reconsideracion que sera resuelto por el mismo organo que dicto la Resolucion. 2. Apelacion que sera resuelto por el MORDAZA Distrital en MORDAZA instancia y MORDAZA quedando agotada la via administrativa. Articulo 18º.- El permiso de operacion sera anulado mediante Resolucion Gerencial (Gerencia de Desarrollo Urbano), o Resolucion de Alcaldia por: 1. Admitir y/o permitir la prestacion del servicio con vehiculos (s) robado (s) modificados o que atenten contra la seguridad de los pasajeros. 2. Hacer circular reincidentemente unidades que no cuenten con la placa de rodaje e identificacion Municipal (Sticker vehicular). 3. Permitir reiteradamente que la prestacion de servicios se realice por personas que no cuenten con licencia de conducir y/o credencial de conductor. 4. Incumplir con el pago de derechos administrativos segun el MORDAZA y/o infracciones y multas despues de vencido el plazo. 5. Por reincidente invasion de paraderos (3 veces en 6 meses) autorizados a otra persona juridica. 6. Abandonar o no prestar el servicio de transporte publico de pasajeros y carga domestica en Vehiculos menores por mas de diez (10) dias consecutivos en los paraderos autorizados. 7. Transferir a otra persona juridica la resolucion del permiso de operacion otorgado por la Municipalidad por acuerdo de sus asociados. 8. Cuando la persona juridica no informe por escrito del retiro del vehiculo menor autorizado, por acuerdo de sus asociados. Articulo 19º.- La renovacion del permiso de operacion sera otorgada previo informe tecnico del Area de MORDAZA,

TITULO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS CAPITULO I AUTORIZACIONES
Articulo 7º.- Para prestar el servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga Domestica en Vehiculos Menores motorizados y no motorizados en el distrito de Independencia, se requiere haber obtenido el permiso de operacion de la Municipalidad de Independencia, asi como las credenciales de los conductores y los stickers vehiculares. Articulo 8º.- Las personas juridicas para el servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga Domestica en vehiculos menores deberan realizar el tramite de registro y permiso de operacion cumpliendo los requisitos siguientes: 1. Solicitud bajo la forma de declaracion jurada, dirigida al Alcalde. 2. MORDAZA Literal de la Ficha Registral, donde este inscrita la persona juridica. 3. Relacion de la Junta Directiva, con la anotacion de nombres, apellidos, cargos, documentacion de identidad. 4. Padron de Asociados, Propietarios de vehiculos y de los conductores que contengan; nombres, apellidos, direccion, D.N.I. y Licencia de Conducir con la categoria correspondiente. 5. MORDAZA del Registro Unico de Contribuyente. 6. MORDAZA del Contrato de la Poliza de Seguros vigente. 7. Plano o croquis de ubicacion de paraderos y zonas de trabajo. 8. MORDAZA de su reglamento interno. 9. Declaracion Jurada simple de la persona juridica y del conductor comprometiendose a que en caso de accidente auxiliara en forma inmediata a los accidentados, asumiendo los gastos medicos de hospitalizacion, quirurgicos, farmaceuticos y de sepelio que requieran las victimas, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. 10. Fotocopia de la Tarjeta de propiedad de cada vehiculo. 11. Derechos Administrativos regulados en el TUPA. Todas las copias de los documentos presentados deben ser fedateados. Articulo 9º.- El permiso de operacion solo sera otorgado a personas juridicas legalmente constituidas e inscritas en los Registros Publicos bajo los terminos y condiciones establecidos en los Decretos Supremos Nºs. 004-2000-MTC, 009-2000-MTC y la presente ordenanza, para la correspondiente autorizacion e uso de las zonas de trabajo, la Municipalidad de Independencia, establecera criterios de igualdad de condiciones y de oportunidad. Cuando existan varios postores interesados en el uso de determinada MORDAZA y/ o paraderos, la Municipalidad Distrital tendra en cuenta los siguientes aspectos en el orden prioritario indicado: 1. Antiguedad debidamente acreditada en la prestacion de servicio. 2. Mejor cumplimiento y optimizacion de los requisitos y condiciones senalados en la presente Ordenanza. 3. Personas juridicas cuya mayoria de sus integrantes esten constituidos por personas naturales que acrediten ser propietarios conductores de los vehiculos menores. 4. Condiciones y caracteristicas de vehiculos y conductores que procuren una mejor calidad del servicio y seguridad de los pasajeros, no senaladas en la presente Ordenanza. 5. Que las personas juridicas no se encuentren prestando servicio o tengan su sede institucional en otro distrito.

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