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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (27/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 73

Pág. 225403 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de junio de 2002 fecha 31 de octubre de 2001, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211- 98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, el Artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, y modificado por Resolu- ción CONASEV Nº 059-2001-EF/94.10 de fecha 31 de oc- tubre de 2001, así como lo establecido en sesión del Direc- torio de CONASEV de fecha 24 de enero de 2000, de acuer- do a lo cual el Gerente de Emisores y Empresas de CONA- SEV, hoy Gerente de Mercados y Emisores, se encuentra facultado para aprobar el trámite anticipado de inscripción de valores y/o registro de prospectos de bonos de arrenda- miento financiero, bonos subordinados y otros que se emi- tan por oferta pública y tengan opinión favorable de la Superintendencia de Banca y Seguros, disponer el registro de los prospectos informativos, así como la inscripción de programas de emisión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el registro del Prospecto Marco correspondiente e inscribir el segundo programa de bonos de arrendamiento financiero de Crédito Leasing S.A. denominado "Segundo Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero CREDILEASING" hasta por la suma de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda nacional. Artículo 2º.- En tanto Crédito Leasing S.A. mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los instru- mentos representativos de deuda y el registro de los pros- pectos a utilizar en las ofertas públicas correspondientes se entenderán efectuados en la fecha de entrada en vigen- cia de la presente Resolución. En su defecto, la inscripción de los instrumentos representativos de deuda y el registro de dichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto en el Artí- culo 14º inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aproba- do mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La inscripción y registro a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución deberá aplicarse para los bonos de arrendamiento financiero de la emisión deno- minada "Primera Emisión del Segundo Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero CREDILEASING" hasta por un monto de US$ 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/ 100 dólares de los Estados Unidos de América), al encon- trarse a la fecha Crédito Leasing S.A. en situación de Enti- dad Calificada y cumplir dichos bonos de arrendamiento financiero con la condición de Valores Típicos de acuerdo a lo establecido en el Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Públicas Primarias de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11. Artículo 4º.- La oferta pública de los instrumentos re- presentativos de deuda a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y el emisor deberá cumplir con pre- sentar a CONASEV la documentación e información a que se refieren los Artículos 23º y 24º de dicho Reglamento. Artículo 5º.- La aprobación, la inscripción y el registro a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los va- lores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evalua- ción complementaria están a disposición de los interesa- dos en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a Cré- dito Leasing S.A.; al Banco de Crédito en calidad de enti- dad estructuradora; al Banco Sudamericano en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Credibolsa So- ciedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de agente colo- cador; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SALAZAR MARÍN Gerente de Mercados y Emisores (e) Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 11371Aprueban renovación de trámite anticipado y disponen registro de pros- pecto marco informativo del "Primer Programa de Bonos Southern Peru" en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 041-2002-EF/94.11 Lima, 19 de junio de 2002 VISTOS: El Expediente Nº 2000/00140 presentado por SOUT- HERN PERU COPPER CORPORATION y el Memorándum Nº 124-2002-EF/94.50 de fecha 18 de junio de 2002 de la Gerencia de Mercados y Emisores. CONSIDERANDO: Que, SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION es una sociedad constituida bajo las leyes del Estado de De- laware, de los Estados Unidos de América; Que, mediante Sesión de Directorio de SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION de fecha 31 de julio de 1998, ratificada por Sesión de Directorio de fecha 17 de diciembre de 1999, se acordó aprobar la emisión de bonos en el Perú, de hasta un total de doscientos millones y 00/ 100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 200 000 000,00), directamente o a través de su sucursal en el Perú, delegando facultades al Presidente, el Presidente y Funcionario Ejecutivo Principal y Vicepresidente, para es- tablecer las fechas, montos y demás términos y condicio- nes de las emisiones, así como otorgándoles la posibilidad de delegar estas facultades en terceras personas; Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 039- 2000-EF/94.11 de fecha 16 de junio de 2000 se aprobó el trámite anticipado y se dispuso el registro en el Registro Público del Mercado de Valores del prospecto marco co- rrespondiente al primer programa de emisión de bonos de- nominado "Primer Programa de Bonos SOUTHERN PERU" de SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, hasta por un monto máximo de doscientos millones y 00/100 Dóla- res de los Estados Unidos de América (US$ 200 000 000,00) o su equivalente en moneda nacional; Que, mediante Resolución Gerencia General CONASEV Nº 142-2001-EF/94.11 de fecha 30 de noviembre de 2001 se dispuso el registro de las variaciones fundamentales del prospecto marco registrado mediante Resolución Gerencia General Nº 039-2000-EF/94.11, correspondiente al primer programa de emisión de bonos denominado "Primer Pro- grama de Bonos SOUTHERN PERU", ampliándose el mon- to del programa hasta por un monto máximo de setecientos cincuenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 750 000 000,00) o su equivalente en la respectiva moneda de emisión, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, en mérito a las facultades que le fueron otorgadas y de acuerdo a lo dispuesto en el Contrato Marco de Emi- sión, el señor Óscar Gonzales Rocha, en su calidad de Pre- sidente de la sociedad, ha decido prorrogar el plazo de vi- gencia del referido programa por dos años adicionales, así como solicitar la renovación del trámite anticipado por dos años adicionales; Que, con fecha 24 de mayo de 2002, el señor Hans Al- bert Flury, ha solicitado a CONASEV la aprobación de la renovación del trámite anticipado correspondiente a la oferta pública primaria de bonos, y el registro del segundo pros- pecto marco correspondiente al "Primer Programa de Emi- sión de Bonos SOUTHERN PERU" en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pú- blica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Geren- cia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, el Artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se en-