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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2002 (07/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 218911 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de marzo de 2002 Ratifican Enmienda Número Uno al Convenio de Donación con los EE.UU. para mejorar la calidad de vida de los peruanos en Áreas Objetivo a lo largo de la Frontera Perú-Ecuador DECRETO SUPREMO Nº 021-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 27 de setiembre del año 2001, se sus- cribió en la ciudad de Lima, República del Perú la "En- mienda Número Uno al Convenio de Donación de Ob- jetivo Estratégico entre la República del Perú y los Es- tados Unidos de América para Mejorar la Calidad de Vida de los Peruanos en Áreas Objetivo a lo Largo de la Frontera Perú-Ecuador", Convenio de Donación de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Interna- cional (USAID); Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congre- so; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la "Enmienda Número Uno al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Mejorar la Calidad de Vida de los Peruanos en Áreas Objetivo a lo Largo de la Frontera Perú-Ecua- dor", Convenio de Donación de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), suscrita en la ciudad de Lima, República del Perú, el 27 de setiem- bre de 2001. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de marzo del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores Convenio de Donación de USAID Nº 598-0858 ENMIENDA NÚMERO UNO AL CONVENIO DE DONACIÓN DE OBJETIVO ESTRATÉGICO ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PARA MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LOS PERUANOS EN ÁREAS OBJETIVO A LO LARGO DE LA FRONTERA PERÚ-ECUADOR Fecha: 27.SET.2001 Codificación Contable:Budget Plan Code: BPC LES1-01-25527-KG12 Appropriation: 721/21037 ENMIENDA Nº UNO de fecha de del 2001, entre los Estados Unidos de América, representado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional ("US- AID") y la República del Perú ("Perú"): POR CUANTO, el Perú y la USAID celebraron un Convenio de Donación de Objetivo Estratégico el 27 de setiembre del 2000 para el Objetivo Estratégico Mejo- rar la Calidad de Vida de los Peruanos en Áreas Obje- tivo a lo Largo de la Frontera Perú-Ecuador (el "Objeti- vo"); POR CUANTO, USAID tiene la intención de donar al Perú la cantidad de Veinte Millones de Dólares de los Esta- dos Unidos (US$ 20,000,000) bajo los términos del Conve- nio; y POR CUANTO, el Perú y la USAID desean enmendar el Convenio para incrementar los fondos de la donación de USAID, obligando el monto adicional de Tres Millones Ciento Cuarentidós Mil Quinientos Dólares de los Estados Unidos (US$ 3,142,500), siendo el total de la contribución de US- AID con fondos de donación de Ocho Millones Seiscientos Cuarentidós Mil Quinientos Dólares de los Estados Unidos (US$ 8,642,500); POR LO TANTO, las Partes acuerdan que el Convenio sea enmendado como sigue: 1. La Sección 3.1(a) del Convenio se enmienda para que lea como sigue: (a) La Donación. Para ayudar a lograr el objetivo es- tablecido en este Convenio, USAID, de conformidad con la Ley de Ayuda al Exterior de 1961 y sus enmiendas, otorgó al Donatario bajo los términos del Convenio la suma de Cinco Millones Quinientos Mil Dólares Ameri- canos (US$ 5,500,000) y mediante la presente dona el monto adicional de Tres Millones Ciento Cuarentidós Mil Quinientos Dólares Americanos (US$ 3,142,500), sien- do el total de la contribución a la fecha de US$ 8,642,500, (la "Donación"). 2. El Plan Financiero Ilustrativo del Anexo 1 del Conve- nio de Objetivo Estratégico queda por la presente anulado y se sustituye por el Cuadro revisado adjunto a esta en- mienda. Excepto de lo enmendado o modificado aquí, el Conve- nio entre el Perú y la USAID permanece en plena fuerza y vigencia. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la República del Perú y los Estados Unidos de América, actuando cada uno a través de sus respectivos representantes debidamente autorizados, han suscrito esta Enmienda Nº Uno en sus nombres y la han otorgado en el día y el año que aparecen en el encabezamiento. REPUBLICA DEL PERÚ Firma: DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE Título: Ministro de Relaciones Exteriores UNITED STATES OF AMERICA Signature: THOMAS L. GEIGER Title: Mission Director USAID/Peru