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Pág. 218933 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de marzo de 2002 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la Nulidad del Proceso de Licitación Pública Nº 001-2002/MDCLR por la Adquisición de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, confor- me a los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici- pal, Dirección de Administración, Oficina de Asesoría Le- gal y Miembros del Comité Especial del Vaso de Leche, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 4521 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Autorizan a empresa ejecución de obras de la Habilitación Urbana Progresiva "La Estancia del Bosque - I Etapa" en el distrito de Callería RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 147-2002-MPCP Pucallpa, 25 de febrero de 2002 VISTOS; los Expedientes acumulados Nº 09823-00 y Nº 11448-01, tramitado por la CORPORACIÓN METRO CUADRADO S.A., de acuerdo a la Escritura Pública de Otorgamiento de Poderes Especiales Irrevocables Nº 509, inscrita en la Ficha Nº 643, Rubro A, Asiento 1 del Registro de Mandatos de la Oficina Registral Regional de Ucayali, representado por el señor PABLO TRELLES GALLO, so- bre revisión y aprobación del Proyecto de Habilitación Ur- bana Progresiva "La Estancia del Bosque - I Etapa"; para uso Residencial, considerado según el Plano de Zonifica- ción como Zona Residencial Densidad Media (R.D.M.), Corredor Comercial y de Servicios (C.S.C.) del terreno de 11 Has. 5,230 m2, constituido por los ex predios rústicos denominados "Dionicio " y "Santa Rosa” parcela Nº 01, ubicado en el distrito de Callería, provincia de Coronel Por- tillo, departamento y Región de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, don ADOLFO ROMEL OLIVEIRA SÁNCHEZ, doña BETTY MARGOT MEDINA CARDENAS DE OLIVEI- RA y la CORPORACIÓN METRO CUADRADO S.A., el 4/ 9/00, celebraron el Contrato de Asociación en Participa- ción, el mismo que fue elevado a escritura pública y regis- trado en la Ficha Nº 3603, Rubro C, Asiento 4 del registro Mercantil de la Oficina Registral Regional de Ucayali, para la ejecución por etapas del programa de viviendas unifami- liares denominado Urbanización "La Estancia del Bosque", a construirse sobre terrenos de propiedad de los primeros de los nombrados, ubicado en la ciudad de Pucallpa, distri- to de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento y Región de Ucayali, cuya superficie total es de 64.6810 Has.; Que, don Adolfo Romel Oliveira Sánchez y doña Betty Margot Medina Cárdenas de Oliveira, mediante Escritura Pública Nº 509 de fecha 7/9/00, otorgaron poder especial irrevocable de uso y de libre disponibilidad a favor de la CORPORACIÓN METRO CUADRADO S.A. sobre la par- cela Nº 1 de 11.4580 Has; el mismo que se encuentra ins- crito en la Ficha Nº 643, Rubro A, Asiento 1, del Registro de Mandatos de la Oficina Registral Regional de Ucayali; Que, al ex predio rústico denominado "Santa Rosa" parcela Nº 01, inscrito en la Ficha Nº 9869, de la Oficina Registral antes mencionada; sus propietarios don Adolfo Romel Oliveira Sánchez y doña Betty Margot Medina Cár- denas de Oliveira le han acumulado el ex predio "Dionicio" inscrito la Ficha Nº 9877, formando así una sola unidad inmobiliaria, con un área total de 64 Has. 6810 m2, cuyos linderos y medidas perimétricas se encuentran detallados en la referida Ficha Registral;Que, el Artículo Primero de la Resolución Directoral Re- gional Sectorial Nº 0312-2000-CTARU-DRSA, de fecha 30/ 11/00, resolvió: "Rectificar el área de los predios denomi- nados "ESTANCIA DEL BOSQUE I ETAP A ", de 11 Has. 4,580 m2 a 11 Has. 5,230 m2... ubicados en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, cuyos linderos y medidas perimétricas constan en el plano y memoria descriptiva...", el cual se encuentra re- gistrado en la Ficha Nº 000137-R de la Sección Especial de Predios Rurales del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Regional de Ucayali; Que, de conformidad con el Artículo 3º de la Ley Gene- ral de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, vigente desde el 21 de noviembre de 1997, corresponde a las Municipalida- des en el ámbito de su respectiva jurisdicción, conocer y aprobar la solicitud de Habilitación Urbana; Que, la Comisión Técnica de Habilitación y Subdivisión de Tierras, según Dictamen Nº 02, tomado en Sesión Nº 002-2000-CTHST de fecha 21/11/00, acordó por unanimi- dad la aprobación con observaciones del Proyecto de Ha- bilitación Urbana Progresiva "La Estancia del Bosque - I Etapa", los mismos que se encuentran expresamente de- tallados en dicho dictamen; Que, la mencionada Comisión Técnica, en Sesión Nº 005-2001-CTHST, de fecha 23/11/01, dio por absueltas las observaciones formuladas en la Sesión Nº 002-2000- CTHST, de fecha 21/11/00, ratificándose en el Dictamen Nº 02 de dicha sesión, aprobándose por UNANIMIDAD el proyecto antes mencionado, quedando con el siguiente cuadro de áreas: Área de Vivienda (298 lotes) 64,237.56 m2 55.75%. Área de Comercio 3,739.68 m2 3.24%. Área de Parques (ZR) (Mz. X, Y, Z, Z’, Z”) 9,920.57 m2 8.61%. Área de Educación (E) (Mz. V1) 2,386.20 m2 2.07%. Área de Vías 34,945.99 m2 30.33% ÁREA TOTAL 115,230. 00 m2 100.00% Que, la empresa recurrente solicita a esta Entidad Edil la aprobación del proyecto materia de estudio, la autoriza- ción para la ejecución de las obras de tipo progresivo y por etapas, la construcción simultánea de viviendas, la inscrip- ción preventiva de la habilitación mencionada; en cuanto se refiere al manzaneo y lotización por ante la Oficina Re- gistral Regional de Ucayali, autorización de venta garanti- zada de los inmuebles que conforma la referida habilita- ción y la incorporación de la Parcela Nº 3 de 38.9772 Has. destinada a la III y IV etapa de la urbanización dentro del casco urbano definido por el Plano Piloto de esta ciudad; en consecuencia, al momento de resolverse la solicitud de los recurrentes, mediante la presente resolución, la Enti- dad Edil se debe de pronunciar individualmente sobre cada uno de ellos; Que, con relación a la autorización de venta garantiza- da de lotes; el Jefe de Catastro de la Dirección de Desarro- llo Urbano, según Informe Nº 002-2002-MPCP-DGIDU- DDU-DC de fecha 7/1/02, ha determinado como garantía a favor de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo la cantidad de veintisiete (27) lotes que integran la totalidad de la manzana "U" de la habilitación tantas veces señala- da, sumando un área total de 5,522.21 m2 lo que constitu- ye el 9.06% del número total de lotes vendibles; las áreas individuales correspondientes a dichos lotes están esta- blecidas en el Plano de Lotización del Proyecto; Que, el Artículo 11º del Texto Único Ordenado del Re- glamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, textual- mente prescribe: "La solicitud podrá también referirse a la autorización para la ejecución de las obras, en cuyo caso se precisará si la ejecución será integral o progresiva… también podrá referirse a la autorización para celebrar con- tratos de venta garantizada …"; Que, por otro lado, el Artículo II-XVIII-4.5 del Reglamento Nacional de Construcciones, aprobado por D.S Nº 063-70- VI, literalmente expresa lo siguiente: "El plazo de ejecu- ción de obra será de dieciocho (18) meses. El Organismo de Control, a solicitud del interesado, podrá autorizar la ejecución de obras por etapas"; Que, los recurrentes, han cumplido con presentar to- dos los requisitos señalados en el Artículo 4º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, así como con las normas del Reglamento Nacional de Construcciones en lo referente a la aprobación de Habilitaciones Urbanas, en concordancia con el ítem 4.2.1 del Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos -TUPA 2000, aprobado median-