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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2002 (07/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 218931 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de marzo de 2002 Autorizan adquisición de combustibles para unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad median- te procedimiento de adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2002-MDSA Santa Anita, 27 de febrero de 2002 Visto, en Sesión de Concejo de fecha 27 de febrero de 2002, el Informe Nº 01-2002-CE/MDSA, mediante el cual el presidente del Comité Especial respectivo expone la necesidad de declarar en Situación de Urgencia, la Adqui- sición de Combustibles para las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad Distrital de Santa Anita; y, CONSIDERANDO: Que, el proceso de Licitación Pública Nº 001-2002-CE/ MDSA, convocado para adquirir combustibles para las uni- dades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipa- lidad Distrital de Santa Anita, ha sido declarado Desierto en su primera convocatoria por ausencia de postores, de conformidad con el Art. 32º del Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado; Que, estando próxima la conclusión del contrato vigen- te para el suministro de combustibles, y a efectos de evitar que se produzca el desabastecimiento de dicho suminis- tro, que ponga en riesgo el normal funcionamiento de las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Munici- palidad, se hace necesario declarar en Situación de Ur- gencia, la adquisición de combustibles, por el tiempo que dure la continuación y culminación del proceso de selec- ción antes citado, hasta la correspondiente suscripción del respectivo contrato; Que, el inciso c) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de Licitación, Concur- so Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las ad- quisiciones y contrataciones que se realicen en Situación de Urgencia, y el Art. 20º de la citada norma establece que las adquisiciones antes indicadas se realizarán mediante el pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso c) del Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, la exoneración de Licitación o Concurso Público debe ser aprobada por Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, y puesta en conocimiento de la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días calendario siguientes a su aprobación; Con el voto aprobatorio del Concejo Municipal, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Declárese en Situación de Urgen- cia la adquisición de combustibles para las unidades vehi- culares, maquinarias y equipos de la Municipalidad Distri- tal de Santa Anita, por el tiempo que dure la continuación y culminación del proceso de selección iniciado con la Lici- tación Pública Nº 001-2002-CE/MDSA convocada con di- cho fin, hasta la suscripción del respectivo contrato. Artículo Segundo.- Autorizar al Comité Especial, para que proceda a la adquisición de los Combustibles para las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Munici- palidad Distrital de Santa Anita, mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, en tanto dure la Situa- ción de Urgencia declarada en el artículo anterior. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo, de la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido para ello. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 4440MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Regulan compensación y transferencia tributaria automática ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000025 Callao, 20 de diciembre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 22 de agosto de 2001; aprobó la siguiente: OR- DENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO: Que, el Artículo 18º de la Ley Marco de la Inversión Privada, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 757, dispone que sólo podrán establecerse trámites o requisi- tos administrativos mediante Ordenanza Municipal cuando se trate de Gobiernos Municipales; Que, el Artículo 40º del Texto Único Ordenado del Códi- go Tributario, modificado por Ley Nº 27335, que dispone en el primer numeral que podrá realizarse la compensación automática, únicamente en los casos establecidos expre- samente por ley; Que, el Artículo 200º de la Constitución Política del Perú le otorga rango de Ley a las Ordenanzas Municipa- les, siendo el instrumento idóneo para dar efectivo cumpli- miento al principio de legalidad; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2000-MPC, contempla el procedimiento no contencioso de transferencia tributa- ria; Que, los procedimientos no contenciosos tributarios de compensación y transferencia tributaria, actualmente son un porcentaje considerable de la carga procesal de la Di- rección General de Administración Tributaria y Rentas; Que, el procedimiento automático de compensación y transferencias, es una forma viable de disminuir la carga de expedientes administrativos de la Dirección General de Administración Tributaria y Rentas generados por pagos indebidos o en exceso por tributos, sanciones e intereses, asimismo simplifica el trámite de los mismos aplicando celeridad y economía procesal para contribuir a un pronto y mejor servicio de atención al contribuyente; a fin de ir alcanzando paulatinamente la excelencia en el servicio de Administración Tributaria; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto MAYORITARIO del Cuerpo de Regidores del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y apro- bación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA COMPENSACIÓN Y TRANSFERENCIA TRIBUTARIA AUTOMÁTICA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- APROBACIÓN DE LA COMPENSACIÓN Y TRANSFERENCIA TRIBUTARIA AUTOMÁTICA.- Apruébase la compensación de deudas tributarias con los créditos por tributos, sanciones tributarias e intereses pagados en exceso o indebidamente y, transferencias que no sobrepasen el valor del veinte por ciento (20%) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del año en que se presenta la solicitud de compensación o transferencia. Artículo 2º.- DIRECCIÓN ENCARGADA DE LA COM- PENSACIÓN Y TRANSFERENCIA TRIBUTARIA AUTO- MÁTICA.- La Dirección de Administración Tributaria, dependiente de la Dirección General de Administración Tributaria y Ren-