Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2002 (07/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 7 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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Autorizan adquisicion de combustibles para unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad mediante procedimiento de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2002-MDSA MORDAZA MORDAZA, 27 de febrero de 2002 Visto, en Sesion de Concejo de fecha 27 de febrero de 2002, el Informe Nº 01-2002-CE/MDSA, mediante el cual el presidente del Comite Especial respectivo expone la necesidad de declarar en Situacion de Urgencia, la Adquisicion de Combustibles para las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita; y, CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2002-CE/ MDSA, convocado para adquirir combustibles para las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, ha sido declarado Desierto en su primera convocatoria por ausencia de postores, de conformidad con el Art. 32º del Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, estando proxima la conclusion del contrato vigente para el suministro de combustibles, y a efectos de evitar que se produzca el desabastecimiento de dicho suministro, que ponga en riesgo el normal funcionamiento de las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad, se hace necesario declarar en Situacion de Urgencia, la adquisicion de combustibles, por el tiempo que dure la continuacion y culminacion del MORDAZA de seleccion MORDAZA citado, hasta la correspondiente suscripcion del respectivo contrato; Que, el inciso c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Urgencia, y el Art. 20º de la citada MORDAZA establece que las adquisiciones MORDAZA indicadas se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso c) del Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, la exoneracion de Licitacion o Concurso Publico debe ser aprobada por Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, y puesta en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a su aprobacion; Con el MORDAZA aprobatorio del Concejo Municipal, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Declarese en Situacion de Urgencia la adquisicion de combustibles para las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, por el tiempo que dure la continuacion y culminacion del MORDAZA de seleccion iniciado con la Licitacion Publica Nº 001-2002-CE/MDSA convocada con dicho fin, hasta la suscripcion del respectivo contrato. Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial, para que proceda a la adquisicion de los Combustibles para las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, en tanto dure la Situacion de Urgencia declarada en el articulo anterior. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo, de la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido para ello. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4440

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Regulan compensacion y transferencia tributaria automatica
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000025 Callao, 20 de diciembre de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 22 de agosto de 2001; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 18º de la Ley MORDAZA de la Inversion Privada, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 757, dispone que solo podran establecerse tramites o requisitos administrativos mediante Ordenanza Municipal cuando se trate de Gobiernos Municipales; Que, el Articulo 40º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, modificado por Ley Nº 27335, que dispone en el primer numeral que podra realizarse la compensacion automatica, unicamente en los casos establecidos expresamente por ley; Que, el Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru le otorga rango de Ley a las Ordenanzas Municipales, siendo el instrumento idoneo para dar efectivo cumplimiento al MORDAZA de legalidad; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2000-MPC, contempla el procedimiento no contencioso de transferencia tributaria; Que, los procedimientos no contenciosos tributarios de compensacion y transferencia tributaria, actualmente son un porcentaje considerable de la carga procesal de la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas; Que, el procedimiento automatico de compensacion y transferencias, es una forma viable de disminuir la carga de expedientes administrativos de la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas generados por pagos indebidos o en exceso por tributos, sanciones e intereses, asimismo simplifica el tramite de los mismos aplicando celeridad y economia procesal para contribuir a un pronto y mejor servicio de atencion al contribuyente; a fin de ir alcanzando paulatinamente la excelencia en el servicio de Administracion Tributaria; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA MAYORITARIO del Cuerpo de Regidores del Concejo Municipal, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA COMPENSACION Y TRANSFERENCIA TRIBUTARIA AUTOMATICA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- APROBACION DE LA COMPENSACION Y TRANSFERENCIA TRIBUTARIA AUTOMATICA.Apruebase la compensacion de deudas tributarias con los creditos por tributos, sanciones tributarias e intereses pagados en exceso o indebidamente y, transferencias que no sobrepasen el valor del veinte por ciento (20%) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del ano en que se presenta la solicitud de compensacion o transferencia. Articulo 2º.- DIRECCION ENCARGADA DE LA COMPENSACION Y TRANSFERENCIA TRIBUTARIA AUTOMATICA.La Direccion de Administracion Tributaria, dependiente de la Direccion General de Administracion Tributaria y Ren-

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