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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2002 (23/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

Pág. 219808 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de marzo de 2002 Artículo Tercero.- PRECISAR, que el beneficio a que se refiere el Artículo Primero, incluye también aquellas multas administrativas que se encuentren en proceso de cobranza coactiva, en cuyo caso, deberá el contribuyente cancelar íntegramente las costas procesales y gastos ad- ministrativos correspondientes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Dirección de Ren- tas el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Comunicaciones, la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se publique registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 5514 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Disponen levantar temporalmente calificación de zonas rígidas en expla- nada de mercado para realización de la "Feria Escolar año 2002" ORDENANZA Nº 000002 Puente Piedra, 1 de marzo de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Visto, la Moción de Orden presentada, en Sesión Ordi- naria de Concejo, celebrada el día 28 de febrero del 2002; CONSIDERANDO: Que, encontrándonos próximos al inicio del año esco- lar 2002 y siendo de necesidad que los artículos y útiles escolares deben tener los costos relativamente bajos que faciliten a toda la población de bajos recursos económicos y así puedan adquirir con todo lo exigido por la autoridad escolar; La Municipalidad es la Entidad promotora de apoyo a la Micro y Pequeña Empresa y, permite la generación tempo- ral de puestos de trabajo, apoyando iniciativas en coordi- nación con la entidad privada; Para tal efecto, se hace imprescindible establecer un marco legal que sirva de base para el normal desenvolvi- miento comercial y a la vez contribuir a facilitar la oferta de útiles escolares a bajo costo que con carácter excepcional realizarán los comerciantes dentro del cercado, fomentado el desarrollo empresarial de los comerciantes residentes en el distrito de Puente Piedra que tenga que ver con la línea de librería; Y con el voto unánime de los once Regidores, previa deliberación del pleno y con las facultades que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE LEVANTA TEMPORALMENTE LA CALIFICACIÓN DE ZONAS RÍGIDAS EN TODA LA EXPLANADA DEL MERCADO Nº 2 ADYACENTE A LA MALLA, PARA LA FERIA ESCOLAR Artículo 1º.- Levantar la calificación de Zona Rígida por 75 días calendario desde el 1 de marzo al 15 de mayo del año 2002, en toda la explanada del Mercado Nº 2 adyacen- te a la malla; siendo la franja de 2.50 mts. de ancho. Artículo 2º.- La Dirección de Servicios Públicos, como órgano ejecutor coordinará con la Comisión Especial de la Feria Escolar que al término de la misma presentará un informe final para conocimiento del Concejo Municipal. Artículo 3º.- Autorizar la realización de la "Feria Esco- lar año 2002" en la zona de la explanada del Mercado Nº 2.Artículo 4º.- Aprobar el plano de demarcación y ubica- ción de los puestos de venta-stand que forma parte del presente dispositivo. Artículo 5º.- Disponer que la realización de la Feria Escolar, esté conformado por los comerciantes que figu- ran en el padrón calificado por la Comisión Especial de la Feria Escolar que forma parte de la presente Ordenanza, considerando su condición de residentes del distrito de Puente Piedra, y previo pago por derechos, cancelados en la Unidad de Tesorería de la Municipalidad de Puente Pie- dra. Artículo 6º.- Establecer la dimensión de cada stand de 3 x 2.50 mts. y el costo por derecho de limpieza pública y seguridad será de S/. 250.00 nuevos soles por campaña. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MILTON F. JIMÉNEZ SALAZAR Alcalde 4625 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Cancelan licitación para la adquisición de suministro de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 328 San Juan de Lurigancho, 18 de marzo de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1303 de fecha 19 de diciembre de 2001, se aprueba el inicio del proceso de selección de la Licitación Pública Nº 005- 2001-CE/MDSJL para la Adquisición de Suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho; Que, con Resolución Directoral Nº 051 del 21 de di- ciembre de 2001, se aprobaron las bases administrativas del acotado proceso de selección; Que, con fecha 1 de enero del 2002, se efectuó la publi- cación de la convocatoria a proceso de selección con arre- glo a lo dispuesto en el Artículo 50º del D.S. Nº 012-2001- PCM – Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; en concordancia con el Artí- culo 76º del D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 093 del 1 de febrero del 2002, y en virtud de las observaciones planteadas por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, fueron mo- dificados el número correlativo del proceso de selec- ción, entendiéndose el mismo, a partir de esa fecha, como Licitación Pública Nacional Nº 001-2002-CE/ MDSJL; así como el cronograma primigenio consigna- do en la convocatoria; Que, con Resolución Directoral Nº 013 del 26 de fe- brero de 2002, atendiendo al Pronunciamiento Nº 008 –2002(GTN) y Oficio Nº 100-2002-DG-CENAN/INS, se modificaron las Bases Administrativas a efectos de ade- cuarlas a lo dispuesto por la Ley Nº 27470; modificán- dose además el calendario del mencionado proceso de selección; fijándose para el día 8 de marzo del 2002 el acto de apertura de sobres y verificación de conformi- dad, y para el 12 de marzo de 2002 el otorgamiento de la buena pro; efectuándose la publicación correspon- diente; Que, el día programado para el acto público, miembros de la Organización Distrital del Programa del Vaso de Le- che de San Juan de Lurigancho formularon observaciones en cuanto a la cantidad de producto a adquirir, así como a la sustancial reducción de beneficiarios que implicaba la