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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2002 (26/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 219930 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de marzo de 2002 2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudi- caciones Directas las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de Urgencia declarada conforme a Ley; Que, los Artículos 105º, 108º punto 2; 113º y 116º del D.S. Nº 013-2001-PCM Reglamento de la Ley de Contrata- ciones del Estado establecen los procedimientos que de- ben someterse tales exoneraciones; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y el Esta- tuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Re- solución Nº 022-2001-AMAG-CD, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones; y con car- go a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proce- so de selección la contratación del servicio de mensajería a partir del 1 al 21 de marzo de 2002, de conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por el monto de S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 nuevos soles) mensuales. Artículo Segundo.- La Oficina de Logística se encar- gará de llevar a cabo las acciones inmediatas para la for- malización de esta contratación, respetándose lo previsto en las normas sobre las facultades para la suscripción del contrato, contenidas en el Título III de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaría Adminis- trativa remita copia de la presente Resolución y de los In- formes que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELCIRA VÁSQUEZ CORTEZ Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 5662 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 023-2002-AMAG-CD/P Mediante Oficio Nº 069-2002-AMAG/SA, la Academia de la Magistratura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 023-2002-AMAG-CD/P, publicada en la edi- ción del 14 de marzo de 2002, en la página 219264. En el Cuarto párrafo del Considerando: DICE: ... SERVICIO DE MENSAJERÍA ... DEBE DECIR: ... SERVICIO DE ALQUILER DE CINCO AULAS Y DOS AMBIENTES (SALA DE PROFESORES Y COOR- DINACIÓN LOCAL) ... 5653 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador formular o ges- tionar denuncia constitucional contra ex ministros del Interior por presunta comisión de delitos RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 051-2002-CG Lima, 22 de marzo de 2002dispuso por esta Presidencia y estando a lo dispuesto en el segundo considerando de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER la permanencia jurisdic- cional del doctor RODOLFO MOISÉS NEYRA ROJAS, como Juez Suplente del Décimo Primer Juzgado Penal de Lima, estando a la promoción del doctor Alexis López Alia- ga Vargas. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Conse- jo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, Supervisión de Personal del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Oficina de Administración Distrital y del magistrado para los fines correspondientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 5663 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de mensa- jería RESOLUCIÓN Nº 024-2002-AMAG-CD/P Jesús María, 13 de marzo de 2002 VISTO: El Informe de Dirección General Nº 128-2002-AMAG/ DG, sobre la necesidad de proveer del servicio de mensa- jería a la Academia de la Magistratura, de acuerdo con los informes del Área de Logística Nº 062-2002-LOG-AMAG, y de Asesoría Legal Nº 039-2002-AL-AMAG; y, CONSIDERANDO: Que, el Proceso de Selección convocado para la contra- tación del servicio de Mensajería fue declarado desierto estando en proceso la segunda convocatoria, la misma que cuenta con plazos perentorios de estricto cumplimiento por el que dejará a la Academia de la Magistratura sin este servicio contratado por el lapso aproximado de treinta días, generando la ausencia extraordinaria del servicio de men- sajería; Que habiendo concluido el plazo contractual ampliado al día 28 de febrero de 2002, la Academia de la Magis- tratura se encuentra en la necesidad de contar con este servicio que compromete directamente la continuidad, (de parte), del proceso regular para la prestación de sus servi- cios; Que en tanto continúe el proceso de selección, cuya primera convocatoria fue declarada desierta, es necesario contar con el aprovisionamiento de este servicio; Que el Artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado prevé que se encuentran exonerados de los procesos de selección, las adquisiciones y contrataciones que se reali- cen en situación de Urgencia declarada de conformidad a la Ley; Que, el Informe Nº 062-2002-LOG-AMAG de la Oficina de Logística da cuenta de la necesidad de contar con este servicio y concluye que se ha generado un hecho extraor- dinario que necesita de atención inmediata en tanto dure el proceso de selección regular; Que, el Informe de Asesoría Legal Nº 039-2002-AL- AMAG concluye que es necesaria la declaración de Ur- gencia a fin de poder realizar la contratación del servicio de mensajería exonerado del proceso de selección nor- mal, en tanto dure el proceso de selección regular que se viene realizando; Que, en virtud del literal c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-