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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (08/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 232792 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de noviembre de 2002 RESOLUCIÓN Nº 727-2002-JNE Lima, 5 de noviembre de 2002 VISTA: La solicitud de inscripción de la encuestadora denomi- nada Cadena Radial Sur Peruana S.A. en el Registro Elec- toral de Encuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones, presentada por la señora Ana María Dias de Rondinel; CONSIDERANDO: Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electorales elaboradas por las personas o instituciones que estén debidamente inscritas ante el Jurado Nacional de Eleccio- nes, de conformidad con lo establecido en el artículo 18º de la Ley Nº 27369; Que la solicitud presentada cumple con los requisitos lega- les de inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras creado por el Jurado Nacional de Elecciones mediante Resolu- ción Nº 142-2001-JNE; por lo que procede su inscripción, asig- nándose un número de registro y abriéndose la partida corres- pondiente, de conformidad con lo señalado en el artículo 5º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras; Que la publicación o difusión de encuestas electora- les y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resultado de las elecciones regionales y municipales del año 2002, sólo podrá realizarse en los medios de comuni- cación hasta el domingo anterior al día de las eleccio- nes, incluyéndose el uso de las páginas Web que man- tengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de televisión y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el artículo 191º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la encuestadora denominada Cadena Radial Sur Peruana S.A. debiendo sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las nor- mas electorales pertinentes. Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada Cadena Radial Sur Peruana S.A., en el Registro Electoral de Encuestadoras, asignándole el Registro Nº 0067-REE/JNE como código de identificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 19676 RESOLUCIÓN Nº 729-2002-JNE Lima, 5 de noviembre de 2002 VISTA: La solicitud de inscripción de la encuestadora denomi- nada Asociación Radio Cultural Amauta en el Registro Elec- toral de Encuestadoras del Jurado Nacional de Eleccio- nes, presentada por el señor Fernando Quilcaña Avilés; CONSIDERANDO: Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electo- rales elaboradas por las personas o instituciones que estén debidamente inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el ar- tículo 18º de la Ley Nº 27369; Que la solicitud presentada cumple con los requisitoslegales de inscripción en el Registro Electoral de Encues- tadoras creado por el Jurado Nacional de Elecciones me- diante Resolución Nº 142-2001-JNE; por lo que procede su inscripción, asignándose un número de registro y abrién- dose la partida correspondiente, de conformidad con lo señalado en el artículo 5º del Reglamento del Registro Elec- toral de Encuestadoras; Que la publicación o difusión de encuestas electorales y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resultado de las elecciones regionales y municipales del año 2002, sólo podrá realizarse en los medios de comunicación has- ta el domingo anterior al día de las elecciones, incluyéndo- se el uso de las páginas Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de televisión y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el artículo 191º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la encuestadora denominada Asociación Radio Cultural Amauta debiendo sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las nor- mas electorales pertinentes. Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada Asociación Radio Cul- tural Amauta, en el Registro Electoral de Encuestadoras, asignándole el Registro Nº 0069-REE/JNE como código de identificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 19677 Reconocen a candidato proclamado como alcalde del Concejo Distrital de Samegua RESOLUCIÓN Nº 730-2002-JNE Lima, 5 de noviembre de 2002 VISTO, el Oficio Nº 456-2002/CR/MDS recibido el 4 de noviembre del 2002, remitido por don Marcial Mandamiento, Regidor del Concejo Distrital de Samegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, por el que co- munica su designación como Alcalde del citado concejo; CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 704-2002-JNE de fecha 24 de octubre del 2002, el Jurado Nacional de Elecciones dispu- so que el Concejo Distrital de Samegua mediante Acuerdo de Concejo determine al Regidor que asumirá el cargo de Alcalde del citado concejo, para su reconocimiento y en- trega de credencial; Que el Concejo Distrital de Samegua integrado por seis miembros, en sesión extraordinaria de fecha 29 de octubre del 2002, acordó con el voto aprobatorio de cuatro miem- bros designar a don Marcial Mandamiento para que asuma el cargo de Alcalde del citado concejo; según se aprecia del acta que en copia obra a fojas 78 y 79, expidiéndose el Acuerdo de Concejo Nº 06-2002-MDS de fojas 76; siendo procedente su reconocimiento y entrega de credencial res- pectiva; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Reconocer a don Marcial Manda- miento, candidato proclamado de la lista independiente Alianza por el Desarrollo de Samegua, como Alcalde del