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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (08/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

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Pág. 232798 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de noviembre de 2002 Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funcio- nes de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 011-89-VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Índi- ces que se apliquen, serán a la fecha en que debe ser pagada la valorización, de acuerdo al plazo legal o con- tractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se con- sidera necesaria la publicación de aquellos índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-10-2002-DTIE, referido a los Índices Unificados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográficas, correspondientes al mes de octubre del 2002 y con la aprobación de la Comisión Téc- nica del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geo- gráficas, correspondientes al mes de octubre del 2002; en la forma que a continuación se detalla: ÍNDICE OCTUBRE 2002 CÓDIGO 30 381,29 34 346,17 39 288,50 47 281,72 49 290,27 53 449,03 Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 19706 INFES Encargan Jefatura de la Oficina de Informática del INFES INSTITUTO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y DE SALUD RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 105-2002-INFES-VIVIENDA Lima, 6 de noviembre del año 2002 Vista la carta de fecha 12 de agosto del 2002, presen- tada por el Ing. Juan Luis Grados Poma, Jefe de la Oficina de Informática del Instituto Nacional de Infraestructura Edu- cativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de la Presidencia de Consejo Di- rectivo Nº 021-2002-ME INFES, de fecha 4 de julio del 2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 5 de julio del 2002, se designó al Ing. Juan Luis Grados Poma en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Informática del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594 y los artículos 18º y 19º inciso b) del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir de la fe- cha de la presente Resolución, la designación del Ing. Juan Luis Grados Poma en el cargo de confianza de Jefe de laOficina de Informática del Instituto Nacional de Infraes- tructura Educativa y de Salud - INFES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar, a partir de la fecha de la presente Resolución, la Jefatura de la Oficina de Informáti- ca del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, al Ing. Jorge Gaspar Honores Moreno, hasta que se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ÁVALOS SORIA Presidente del Consejo Directivo 19704 SUNARP Aprueban el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Registro Pre- dial Urbano para el período octubre- diciembre de 2002 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 511-2002-SUNARP/SN Lima, 4 de noviembre de 2002 Visto, el Oficio Nº 366-2002-SUNARP-RPU/JEF, me- diante el cual se solicita la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Registro Predial Urba- no, órgano desconcentrado de la Superintendencia Nacio- nal de los Registros Públicos - SUNARP; y, CONSIDERANDO Que el artículo 3º de la Ley Nº 27755, establece que el Registro Predial Urbano es un órgano desconcentrado de competencia nacional, con autonomía registral, económica y administrativa que depende de la SUNARP; Que, el Registro Predial Urbano se encontraba excep- tuado de la aplicación de la normatividad general de las contrataciones y adquisiciones públicas en virtud de la Pri- mera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y formalizada a través de las Resoluciones Ministe- riales Nºs. 456-98-MTC/15.01 y 095-2001-JUS; Que, mediante Oficio Nº 1039-2002-SUNARP-GAF/SN del 1 de agosto del año en curso, el Superintendente Na- cional de los Registros Públicos, acorde con la entrada en vigencia de la Ley Nº 27755, dispuso que a partir de la fecha el Registro Predial Urbano se encuentra sujeto a las disposiciones del TUO y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en ese sentido, el artículo 7º del TUO y los artícu- los 5º, 6º y 7º del Reglamento del TUO establecen que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones, el mismo que deberá prever el tipo de bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio del Año Fiscal, y determinar la modalidad de adquisición, en concordancia con lo establecido por la Ley Nº 27573 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002; Que, la Administración de Servicios y Logística del Registro Predial Urbano ha propuesto a la Gerencia de Administración de Recursos, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Registro Predial Urbano para el pe- ríodo de octubre a diciembre del 2002, en base al presu- puesto institucional y las necesidades de las unidades or- gánicas de dicho órgano desconcentrado; Que, estando a lo establecido en el artículo 7º del TUO y el inciso Nº 1 del artículo 7º de su Reglamento, el Titular del Pliego o máxima autoridad administrativa es el funcio- nario que aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones del Registro Predial Urbano; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Regla- mento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM y el artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS;