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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (08/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 232802 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de noviembre de 2002 Exoneran al CTAR La Libertad de proce- sos de selección para adquisición de bienes y contratación de servicios desti- nados a prevenir y mitigar daños del Fenómeno "El Niño" CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL "LA LIBERTAD" RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL EJECUTIVA Nº 779-2002-CTAR-LL Trujillo, 18 de octubre del 2002 VISTA: La situación de emergencia declarada a través del Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM, y el Oficio Nº 1238- 2002-ST-GRO del 15 de octubre del 2002; CONSIDERANDO: Que, el Comité Multisectorial del Estudio Nacional de Fenómeno del Niño (ENFEN) y la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), ha emitido diversos documentos científicos que confirman la alta probabilidad de ocurren- cia del Fenómeno de “El Niño” durante el próximo verano 2003; Que de acuerdo al “Mapa Preliminar de Zonas Afec- tadas por Lluvias en Años Niño”, elaborado por el Servi- cio Nacional de Meteorología e Hidrografía (SENAMHI) detallado en el “Mapa Preliminar de Escenario de Afecta- ción de Niño 2002 – 2003” elaborado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), las precipitaciones pluviales afectarían principalmente a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Ancash, Lima, Ica y San Martín; Que, con la finalidad de evitar la pérdida de vidas hu- manas y la generación de pérdidas económicas para el Estado, se deben adoptar acciones inmediatas para con- trarrestar los efectos desastrosos del Fenómeno “El Niño”; Que, en este sentido mediante Decreto Supremo Nº 088- 2002-PCM, de fecha 4 de setiembre del 2002 y de confor- midad con lo dispuesto en el Art. 22º de Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, se declaró en Estado de Emergencia ante la inmi- nencia del Fenómeno de “El Niño” y por el plazo de sesen- ta (60) días, a los departamentos de Tumbes, Piura, Lam- bayeque, La Libertad, Cajamarca, Ancash, Lima, Ica y San Martín, a efectos que entre otras entidades el Consejo Tran- sitorio de Administración Regional La Libertad, puedan eje- cutar obras y acciones de prevención y mitigación de da- ños, previamente sustentadas por las instancias del Siste- ma Nacional de Defensa Civil y priorizadas por la Comi- sión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres; Que, mediante el Decreto de Urgencia, Nº 048-2002, de fecha 18 de setiembre del 2002, se suspendió, durante el Ejercicio Presupuestal 2002, la aplicación de lo dispues- to en los artículos 6° y 10° de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, respecto al cumplimiento del Ciclo del Proyecto, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública, aprobados en el marco del “Programa de Prevención, ante la eventual ocurrencia del Fenómeno El Niño 2002 – 2003”, dejándose sin efecto el Artículo 2º. del Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM; Que, mediante Resolución Directoral Nº 008-2002-EF/ 68.01, de fecha 23 de setiembre del 2002, se aprobó la Directiva Nº 003-2002-EF/68.01 “Directiva del Programa de Prevención ante la eventual ocurrencia del Fenómeno El Niño 2002 – 2003”, que establece el procedimiento espe- cial aplicable a los Proyectos de Inversión Pública a ejecu- tarse en el marco del mencionado Programa; Que, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, la exoneración de procesos de selección por la causal de situación de emergencia se aprueba de conformidad con el procedi- miento dispuesto en el artículo 20º de la Ley; Que, el literal a) del artículo 20º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, dispone que todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del artículo 19º se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Que, por lo expuesto, corresponde exonerar al Pliego 451 Consejo Transitorio de Administración Regional – La Libertad, del Proceso de Licitación Pública, Concurso Pú- blico y Adquisición Directa, para la adquisición de bienes y la contratación de servicio y obras, con el objeto de preve- nir y mitigar los daños que pueda ocasionar el Fenómeno “El Niño”; Que, de otro lado, resulta necesario autorizar la Adqui- sición y Contratación de Bienes y Servicios mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de confor- midad con el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones con el Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Que, de acuerdo con el inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y estando a las atribuciones conferidas a la Presidencia del Consejo Transitorio de Administra- ción Regional La Libertad por el Decreto Supremo Nº 010- 98-PRES y estando a lo establecido por la Tercera Dispo- sición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar al Pliego 451 Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad, de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa, para la Adquisición de Bienes y la Contratación de Servicios y Obras hasta por un monto de S/. 6'085,000.00 (SEIS MILLONES OCHENTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), con el objeto de preve- nir y mitigar los daños que pueda ocasionar el Fenómeno “El Niño”, en estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 048-2002 y la Resolución Direc- toral Nº 008-2002-EF/68.01. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia Regional de Administración y a la Gerencia Regional de Operacio- nes según corresponda a realizar las adquisiciones y con- trataciones indicadas en el Artículo Primero de la presente Resolución a través del Proceso de Adjudicación de Me- nor Cuantía. Artículo Tercero.- La presente Resolución será trans- crita a la Contraloría General de la República, Dirección Nacional de Presupuesto Público y a las unidades orgáni- cas del Consejo Transitorio de Administración Regional – La Libertad. Regístrese, comuníquese y publiquese. HENRY F. CÚNEO MORALES Presidente Ejecutivo 19627 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT para el Ejer- cicio Fiscal 2002 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUClÓN DE GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Nº 03-05-00000017 Lima, 5 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia de Adminis- tración Nº 0019-02-SAT/03 del 12 de marzo de 2002 se