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Pág. 232813 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de noviembre de 2002 cancelados sin moras los arbitrios correspondientes al 1er. y 2do. trimestre del año 2002 así como las deudas pen- dientes de pago por tasa a la licencia de funcionamiento; asimismo se otorgó la exoneración del 50% de las deudas pendientes de pago por concepto de multas administrati- vas impuestas hasta el 30/6/02. Siendo efectivo tal bene- ficio sólo por pago al contado de la misma, exonerándose además el 50% del monto insoluto y el pago de moras a los contribuyentes que tuvieran deudas pendientes por con- cepto de multas tributarias impuestas hasta el 30/6/02, sólo por pago al contado de la misma; Que, los beneficios detallados en la precitada Orde- nanza alcanzaron a las cobranzas que por los mismos con- ceptos se encontraban en la vía coactiva, exonerándose además del pago de las costas y gastos procesales, sien- do otorgado sólo por el pago total de la deuda al contado, quedando suspendidas las medidas de embargo durante la vigencia de dicha Ordenanza; en cuanto a los contribu- yentes que mantengan convenios de fraccionamiento de deuda o pagos a cuenta con saldos pendientes a la fecha de la mencionada Ordenanza, cancelarán el saldo de los mismos sin intereses, no siendo sujeto de devolución o compensación en ningún caso si existiese un monto en exceso; Que, mediante Ordenanza Nº 061-MDR de fecha 8 de agosto del 2002, se amplió los alcances de la Ordenanza Nº 058-MDR de fecha 5 de julio del 2002, hasta el 30 de setiembre del presente año y mediante Ordenanza Nº 067- MDR de fecha 24 de setiembre del 2002, se amplió el pla- zo establecido en dicha Ordenanza hasta el 31 de octubre del presente año; Que, a fin de dar al vecino rimense las facilidades del caso para que puedan cumplir con el pago oportuno de sus deudas tributaria y administrativa, es necesario am- pliar el plazo del beneficio otorgado mediante Ordenanza Nº 058-MDR de fecha 5 de julio del 2002; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del trámite de la lectura y apro- bación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AMPLIAR hasta el 31 de diciembre del 2002, el plazo de la Amnistía General otorgada me- diante Ordenanza Nº 058-MDR de fecha 5 de julio del 2002, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici- pal, Dirección de Administración Tributaria, y Ejecutoría Co- activa el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Imagen Ins- titucional y Comunicaciones y División de Participación Vecinal la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 19724 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Subsanan omisión advertida de dere- cho de pago por concepto de ficha téc- nica en el TUPA de la municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000047 San Juan, 14 de setiembre del 2002 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, Visto; el Informe Nº 316-DOPHCU-MDSJM-2002 de la División de Obras Privadas, el cual informa que ha- biéndose detectado en el TUPA institucional aprobado me- diante Ordenanza Municipal Nº 12-2-2001 publicada confecha 18 de marzo del 2002, se ha observado en el docu- mento mencionado lo siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, establece que la Municipalidad de San Juan de Miraflo- res, es un órgano de gobierno local con autonomía polí- tica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, con fecha 18 de marzo del 2002 mediante Orde- nanza Municipal Nº 0012-2001 se publicó el Texto Único de Procedimiento Administrativo de la Municipalidad Dis- trital de San Juan de Miraflores en la que se establecen el procedimiento y el derecho de pago por los servicios públi- cos que presta la Municipalidad a los contribuyentes del distrito de San Juan de Miraflores. Que, en la página Nº 219511 (Normas Legales del Dia- rio Oficial El Peruano), en el numeral 30, donde se deno- mina el concepto de FICHA TÉCNICA: NO aparece el de- recho de pago por este concepto, el que corresponde S/. 4.00 X M2 de área techada con material noble, similar o equivalente y S/. 1.00 X M2 de área techada con estructu- ra liviana, por lo que la División de Obras Privadas reco- mienda se subsane esta Omisión, para los efectos que la entidad Municipal no sea perjudicada en su economía pre- supuestal. Que, en estricta aplicación del artículo 38º numeral 38.5) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA toda modificación que no implique la creación de nuevos pro- cedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía o por Resolución del titular del Organismo autónomo conforme a la Constitución según el nivel del Gobierno respectivo. En uso de las atribuciones conferidas al señor Alcal- de por el artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE DECRETA: Artículo 1º.- Subsanar la omisión en la página 219511 numeral 30 del TUPA Institucional aprobado con Ordenan- za Municipal Nº 012-2001, el concepto de Ficha Técnica Normas Legales, debiéndose incluir el derecho de pago por ficha técnica de S/. 4.00 nuevos soles por M2 de área techada con material noble, similar o equivalente y de S/. 1.00 nuevo sol por M2 de área techada con estructura sim- ple en la Jurisdicción del distrito de San Juan de Miraflo- res. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Rentas, Direc- ción de Administración y a las Oficinas que competan el fiel cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO PABLO MEDINA PÉREZ Alcalde 19728 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLOMÉ Requieren a empresa para que señale domicilio procesal en el distrito bajo apercibimiento de tenerse por no pre- sentada solicitud de reconsideración RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 048-02-MDSB San Bartolomé, 23 de octubre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 274 presentado por TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., por el cual interpone recurso de reconsidera- ción contra la Resolución de Alcaldía Nº 039-02-MDSB-H, por la que se ha aplicado una multa de carácter administra- tiva de S/. 316,400.00 por la Infracción de "haber instalado