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Pág. 232989 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de noviembre de 2002 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 103-2002-MDSB-A Mediante Oficio Nº 539-2002-MDSB-A la Municipalidad de San Bartolo solicita se publique Fe de Erratas de la Re- solución de Alcaldía Nº 103-2002-MDSB-A publicada en la edición del 6 de noviembre de 2002, en la página 232724. En el Cuarto Párrafo del Considerando DICE: Decreto Legislativo Nº 070-85-PCM, DEBE DECIR: Decreto Supremo Nº 070-85-PCM, 19860 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban plano de replanteo reajusta- do de trazado y lotización y la recep- ción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 001185 San Juan de Miraflores, 4 de octubre de 2002 VISTO el expediente Nº 220-00 de fecha 6 de enero del 2000 seguido por la Cooperativa de Vivienda de “URAN- MARCA” Ltda.; sobre Regularización de Habilitación Urba- na y Recepción de Obras Ejecutadas para Uso de Vivienda y Equipamiento Educativo (E-1) de Uso residencial “R-4” del terreno de 153, 371.86 m2 ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por la Resolución de Alcaldía Nº 433 de fecha 9 de febrero de 1983 la Municipalidad Metropolitana de lima aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para uso de vivienda (R-4) y Equipamiento Educativo (E-1) del terreno eriazo de ciento cincuentitrés mil cuatrocientos cincuenta metros cuadrados (A= 153,450.00 m2 ) de pro- piedad de la Cooperativa de Vivienda “Uranmarca Ltda.”, ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima; cuyos proyectos definitivos de la citada habilitación urbana deberán ser elaborados en base al plano signado con el Nº 25-83-DGOP-DU-DRD-MLM; Que, por informe Nº 005-JCL-DOPHCU-DDU-2001, de fecha 8.3.2001 del área técnica de la División de Obras Privadas Habilitación y Control Urbano, se concluye que las modificaciones realizadas en las áreas destinadas a re- creación publica y para educación, discrepan con el uso expresado en el plano trazado y cotización conformante de los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana, aproba- dos por Resolución de Alcadía Nº 433 del 9 de febrero de 1983; Que, mediante Informe Nº 179-DC-DDU-02 de fecha 1.6.2001, de la División de Catastro de la Dirección de De- sarrollo Urbano, se señala que las modificaciones de las áreas de Recreación Publica y de Educación ya han sido ejecutadas, producidas debido a la carencia de terrenos para destinarlos a fines de vivienda en beneficio de sus asociados, así como por la necesidad de contar con un lo- cal donde se desarrollen las actividades sociales de la ins- titución y de poseer un ambiente adecuado para la practica de culto y actividades religiosas; opinando dicha oficina por la procedencia del cambio de uso de las áreas menciona-das de acuerdo a lo indicado en el plano de replanteo de trazado y lotización adjunto; Que, la División de Obras Privadas Habilitación y Con- trol Urbano, mediante Informe Nº 142-DOPHCU-DDU-2002, de fecha 6.3.2002, luego de esbozar un detalle de las mo- dificaciones efectuadas al plano original que fuera aproba- do por la Municipalidad de Lima Metropolitana en la etapa de Estudios y Proyectos, considera que el expediente pre- sentado contiene la documentación requerida para este tipo de proceso de Regularización de Habilitación Urbana; Que, mediante Dictamen Nº 001-CTHU de fecha 26.8.2002, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas hace mención de que en la Inspección Técnica practicada en campo ha sido verificado que las obras sanitarias de agua potable y alcantarillado, electrificación y pavimenta- ción se encuentran ejecutadas; asimismo, las aceras, cal- zadas y la ornamentación de los parques se están ejecu- tando en forma progresiva, concluyendo dicha Comisión en que el Plano de Replanteo de Trazado y Lotización reajus- tado, así como las obras de agua potable y alcantarillado, electrificación y pavimentación se encuentran conformes; Que, la Cooperativa de Vivienda recurrente, ha cumpli- do con presentar la documentación necesaria de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-98-MTC,TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urba- nas, ley Nº 26878; asimismo, con Recibo Nº 61982 de fe- cha 19.7.2002 emitido por la Tesorería de esta Municipali- dad, acredita haber efectuado la cancelación de los dere- chos por déficit de aportes de recreación publica, tal como también lo establece la morma mencionada; Estando a los fundamentos expuestos, de conformidad con lo previsto por los artículos 17º, 18º y 19º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC,TUO, el Reglamento de la Ley General de Ha- bilitaciones Urbanas, Ley Nº 26878, con la opinión favorable de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas; Y, en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plano de Replanteo Re- ajustado de Trazado y Lotización de la COOPERATIVA DE VIVIENDA “URANMARCA” LTDA.” Signado por el Nº 001- CTHU-MDSJM-2002, así como la recepción de Obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo del terreno de 153,731.86 m2 (Ciento Cincuenta y Tres Mil Setecientos Treintiuno y 86 m 2), ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, en sustitu- ción de lo aprobado por resolución de Alcaldía Nº 433 de fecha 9.2.1983 expedida por la Municipalidad de Lima Me- tropolitana, en adjudicación de los lotes que la constituyen, excepto los lotes de aportes reglamentados. El área bruta de 153, 731.86 m2, se encuentra distribui- da en las siguientes manzanas: MZ LOTES ÁREA A Del 1 al 38 6015.90 B Del 1 al 44 8109.00 C Del 1 al 33 6052.60 D Del 1 al 32 4953.80 E Del 1 al 28 (Lote 28 Local Comunal) 4854.40 F Del 1 al 32 5032.40 G Del 1 al 32 4754.60 H Del 1 al 50 7337.80 I Del 1 al 28 4326.00 J Del 1 al 29 4590.20 K Del 1 al 50 8674.00 L Del 1 al 30 5209.00 LL Del 1 al 35 6182.50 M Del 1 al 11 1517.70 N Del 1 al 11 (Lote 11, parque) 3241.95 O Del 1 (parque), Lote 2 (capilla) 4515.84 TOTAL 485 85,367.69 La diferencia del área correspondiente a vías 43,247.17 m 2 Ministerio de Educación 17,606.00 m 2 y Parque 7,511.00 m 2. Artículo Segundo.- DECLARESE a la presente Habili- tación Urbana de tipo Progresivo, dejándose diferidas las obras de calzadas y aceras, ornamentación y sembrío de parques, para ser ejecutadas por los adjudicatarios de los lotes en un plazo máximo de 05 (cinco) años a partir de la Notificación de la presente Resolución.