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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (22/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 231766 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de octubre de 2002 Artículo 52º.- Del período de las Sesiones. Las sesiones del Consejo Directivo se llevan a cabo conforme se establezca en el Reglamento del CPJ. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Primera.- La Comisión Transitoria de la Comisión Na- cional de la Juventud- CNJ, constituida por Resolución Su- prema Nº 361-2002-PCM, a cargo de la Primera Vicepresi- dencia de la República es la encargada por esta única vez, hasta el 31 de diciembre de 2002, de orientar e impulsar el proceso de elección democrática - funcional de la repre- sentación juvenil ante el Primer Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, en estrecha coordinación con las or- ganizaciones no gubernamentales, las organizaciones in- termedias de la sociedad; las organizaciones juveniles de los diversos estamentos representativos y las instituciones públicas vinculadas a los respectivos estamentos. Segunda .- Los representantes de la juventud ante el Primer Consejo de Participación de la Juventud – CPJ, son elegidos por el período de un año. Cada represen- tante titular tiene un representante accesitario. En el primer año de funcionamiento del CONAJU, el período de gestión de los representantes del CPJ ante el Comité de Coordinación es de un año. Tercera. - El proceso de elección se llevará a cabo dentro de los 45 días naturales a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. Los pro- cesos eleccionarios de los diferentes estamentos a los que se refiere el Art. 40º se efectuarán mediante regla- mentos específicos contando con el apoyo logístico de los sectores vinculados según sea el caso. Una vez elegidos deberán ser acreditados ante el Pre- sidente de la Comisión Transitoria del CNJ- CONAJU, quien a su vez expide la credencial correspondiente. Los Partidos Políticos con representación parlamen- taria en el Congreso de la República, acreditarán a un representante de la juventud de su organización política al Primer Consejo de Participación de la Juventud. Dicha acreditación se efectuará a través del Presidente de la Comisión Transitoria de la CNJ-CONAJU. Cuarta.- En caso que alguno de los estamentos no hubiera podido acreditar a sus representantes, por razo- nes de fuerza mayor, en el plazo previsto en la Tercera Disposición Transitoria podrá hacerlo en un plazo adicio- nal improrrogable de diez 10 días hábiles. Quinta.- El quórum requerido para la instalación e ini- cio de funciones del Primer Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, es de la mitad más uno de sus miem- bros acreditados al momento de la instalación. Sexta.- La CNJ promoverá la suscripción de conve- nios con los Gobiernos Locales y Regionales a fin que los jóvenes de cada departamento, impulsen la constitu- ción de órganos encargados de la promoción, asesoría y consulta en materia de juventud. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Dentro de los 15 días de funcionamiento del CONAJU, el Ministerio de la Mujer y de Desarrollo Social – MINDES, transferirá a la Comisión Nacional de la Juventud – CNJ, todo el acervo documentario de la ex Oficina de Juventud del ex Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano - PROMUDEH. Segunda.- El presente reglamento entrará en vigen- cia a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el diario oficial. 18631 Autorizan viaje de Ministro de Relacio- nes Exteriores a México para participar en eventos organizados por APEC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 459-2002-PCM Lima, 21 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que la XIV Reunión Ministerial Conjunta de APEC (AMM) y la X Cumbre de Líderes APEC (AELM) se lleva- rán a cabo en la ciudad de Los Cabos, Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 27 de octubre de 2002;Que en la Reunión Ministerial Conjunta (AMM) se evaluarán temas sustantivos vinculados con la Agen- da de Desarrollo de Doha de la Organización Mundial del Comercio, las medidas contra el terrorismo y sus implicancias en la facilitación del comercio e inversio- nes en la región APEC, asimismo la contribución de las actividades de cooperación económica y técnica para la reducción de la brecha existente y arribar com- petitivamente al libre comercio e inversiones en el 2020; Que en la X Cumbre de Líderes APEC se analizarán los efectos económicos de la lucha contra el terrorismo y se adoptarán los lineamientos necesarios tendientes a que los beneficios de la globalización alcancen a toda la población de la región; Que la activa participación del Perú en estas instan- cias permitirá identificar oportunidades de cooperación para nuestro país; Que en consecuencia es necesario autorizar el viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a los mencionados eventos; De conformidad con el inciso b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996, el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de di- ciembre de 1992, la Ley Nº 27619, de 21 de diciembre del 2001 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decre- to de Urgencia Nº 030-2002, de 20 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador Allan Wagner Tizón, para participar en la XIV Reunión Ministerial Conjunta de APEC (AMM) y la X Cumbre de Líderes APEC (AELM), que se llevarán a cabo en la ciudad de Los Cabos, Esta- dos Unidos Mexicanos, del 23 al 27 de octubre de 2002. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución por concepto de pa- sajes US$ 2,854.00, viáticos US$ 1,320.00 y tarifa de uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, de- biendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da de- recho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 18632 Encargan Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al Presidente del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 460-2002-PCM Lima, 21 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Relaciones Exteriores, Embaja- dor Allan Wagner Tizón, se ausentará del país del 23 al 27 de octubre del año 2002 para participar en la XIV Re- unión Ministerial Conjunta de APEC (AMM) y la X Cum- bre de Líderes APEC (AELM), que se llevarán a cabo en la ciudad de Los Cabos, Estados Unidos Mexicanos; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado;