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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (22/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 231768 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de octubre de 2002 un documento que contiene información, texto o gráfico de cualquier tipo en el anverso o reverso de la hoja, am- bas caras deberán encontrarse numeradas. Esta dispo- sición incluye los índices, páginas de títulos y páginas de separación o en blanco"; Que, la empresa impugnante manifiesta como parte de su Recurso de Apelación que se han incumplido las dispo- siciones anteriormente señaladas de las Bases Administra- tivas en los siguientes aspectos, por lo tanto solicita la des- calificación del postor ganador de la buena pro y otorgarla a la empresa Guerra SAC: (a) foliación de forma manuscrita, (b) foliación sólo en el anverso de la propuesta; y, c) la no inclusión del índice en la propuesta económica; Que, en su absolución de traslado, el postor Pedro Barrios Tavara Ingenieros SRL indica que; (a) efectiva- mente la foliación fue realizada de forma manuscrita y que no existe ninguna disposición que la invalide, (b) que la foliación efectivamente se hizo en el anverso de las hojas por cuanto el numeral 10.04.5 mantiene una con- tradicción; y, (c) en relación al hecho de que omitieron incluir el índice de los documentos, manifiestan que esto debió ser comunicado por los miembros del Comité Es- pecial, a fin de que sea subsanada dicha omisión de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 59º del Reglamen- to de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de la evaluación realizada a las Bases Adminis- trativas se desprende que éstas disponían que todos los documentos debían encontrarse debidamente foliados tan- to en el anverso como en el reverso de cada hoja, aunque no se indicaba la obligación por parte del postor de que esta foliación debiera realizarse en forma mecánica; Que, asimismo las Bases Administrativas señalaban la obligatoriedad de que los postores presentaran dentro de su propuesta económica, el índice de la misma, siendo inaplicable a las propuestas económicas lo estipulado en el artículo 59º del Reglamento de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el cual dispone que cuando existieran defectos de forma que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial otorgarán un plazo máximo de dos (2) días; sin embargo, también esti- pula que para los errores u omisiones cometidas en las propuestas económicas no cabe subsanación alguna; Que, de la revisión de la propuesta técnico-económica del postor Pedro Barrios Tavara Ingenieros SRL, se ha comprobado que efectivamente no presenta una foliación por el anverso y reverso de las hojas tal y como lo solicita- ban las Bases Administrativas en su ítem 10.04.5 situa- ción que no fue advertida de modo alguno por ninguno de los miembros del Comité en su debida oportunidad; Que, asimismo, el postor adjudicado con la buena pro no presentó su índice en su propuesta económica, lo que no es posible que sea subsanado de acuerdo a lo que estipu- la el artículo 59º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, al evaluarse la apelación se advirtió que el Comi- té Especial cometió errores en la evaluación de las propues- tas, calificando como aptas propuestas técnicas que no cumplían los requisitos de forma que disponían las Bases Administrativas y por tanto ingresaron al sorteo postores que debieron ser descalificados en la parte técnica, lo cual deriva a que el sorteo sea declarado inválido; Con las visaciones del Subjefe y de los Directores Generales de l as Oficinas de Administración y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar fundado en parte el recurso de impugnación interpuesto por el postor Guerra SAC y decla- rar la Nulidad Parcial del Proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 009-2002-INRENA - Ejecución de obra para la ampliación del edificio de las Instalaciones del INRENA. Artículo 2º.- Retrotraer el proceso hasta el momento de la evaluación y calificación de las propuestas. Artículo 3º.- Requerir al Comité Especial nombrado por Resolución Jefatural Nº 310-2002-INRENA, una nueva eva- luación y calificación de propuestas, la que se efectuará de acuerdo a lo indicado en las Bases Administrativas de la Adjudicación Directiva Pública Nº 009-2002-INRENA. Regístrese, comuníquese y publíquese. MATÍAS PRIETO CELI Jefe del INRENA 18622MINCETUR Autorizan viaje de funcionarias de PROMPERÚ a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-2002-MINCETUR/DM Lima, 18 de octubre de 2002 Vista la Carta Nº C.733.2002/PP.SE de la Secretaria Eje- cutiva de la Comisión de Promoción del Perú -PROMPERÚ-; CONSIDERANDO: Que, el 24 de octubre del 2002, en la ciudad de Toronto, Canadá, se llevará a cabo el "Workshop - Canadá", evento organizado por la Comisión de Promoción del Perú - Prom- Perú-, cuyo objeto es promocionar los atractivos turísticos del Perú y motivar la venta de paquetes turísticos, lo cual resulta concordante con la función de PromPerú, orientada a reforzar el posicionamiento de nuestro país en uno de los principales mercados prioritarios; Que, los workshops constituyen uno de los más im- portantes canales de distribución para la promoción fo- calizada a los profesionales turísticos del país-mercado, ya que se trata de eventos exclusivamente dirigidos a los tours operadores mayoristas y minoristas; Que, resulta indispensable la designación de dos repre- sentantes especializadas de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, quienes tendrán a su cargo los aspectos inherentes a la logística y coordinación del evento, así como la exposición del Producto Turístico Peruano, levantamiento de información y atención a la prensa especializada; Que, el inciso b) del literal 3.1. del Artículo 3º del De- creto de Urgencia Nº 030-2002 establece medidas com- plementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año 2002 y señala que se puede autorizar viajes al exterior con cargo a recursos públicos cuando los viajes tienen por finalidad efectuar acciones de pro- moción de importancia para el Perú; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María del Pilar Lazarte Conroy, Subgerente de Turismo y de la señora Ibeth Acuña Escobar, Jefa del Área de Turismo Receptivo de la Co- misión de Promoción del Perú - PromPerú, a la ciudad de To- ronto, Canadá, del 22 al 25 de octubre del 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo del Presupues- to de la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerd o al siguiente detalle: Señora María del Pilar Lazarte Conroy - Viáticos :US$ 660.00 - Pasajes :US$ 807.72 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Señora Ibeth Acuña Escobar - Viáticos :US$ 660.00 - Pasajes :US$ 807.72 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes de efectuado el viaje, las funcionarias desig- nadas deberán presentar al Directorio de PromPerú, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y logros obtenidos durante el evento, conjuntamente con la entrega de la rendición de cuentas correspondientes a los viáticos entregados debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18660