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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (25/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G33/G31/G39/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 25 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-97-PCM, se estableció que los servidores del Sector Público tendránderecho a solicitar que sus cotizaciones gremiales o aso-ciativas sean descontadas por planilla, teniendo la autori-zación de descuento una vigencia anual, la que debe deser renovada al final de cada período; Que, ello supone la formalización anual de la voluntad de cada servidor, que en muchos casos, puede más bieninducirse efectivamente a partir de su actuación particularen el gremio o entidad asociativa; Que, la representación del servidor en el plano laboral o extralaboral es asumido por el gremio o por la entidad asociativa correspondiente, desde el momento en que aquel cumpla con afiliarse sin tener que mediar necesariamentealguna formalidad especial para efectos de hacer valer losderechos del servidor en particular; Que, se deben prescindir de trámites innecesarios que obstaculicen tales derechos, por lo que debe facilitarse la extensión de la autorización más allá de una declaración de voluntad expresa y de un espacio temporal determinado,presuponiéndose ésta cuando no haya una voluntad decla-rada específica en contrario; Que, es necesario viabilizar los mecanismos legales para el logro de tal finalidad, dejando sin efecto legal las normas que no coadyuven a tal objetivo en la parte en que ellas colisionen con el mismo; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Derogación del Decreto Supremo Nº 044- 97-PCM. Deróguese el Decreto Supremo Nº 044-97-PCM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente norma, así como toda otra norma o disposición particularque se oponga al presente Decreto. Artículo 2º.- Plazo de la autorización de descuento. La autorización expresa, que al amparo del artículo 46.1 de la Ley Nº 27209 realicen los trabajadores a efectos deimplementar los descuentos por planilla de sus cotizacio-nes gremiales o asociativas, deberá entenderse otorgadapor plazo indeterminado, salvo declaración expresa en con-trario del trabajador. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Traba-jo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 18860 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G2D /G6D/GED/G61/G20/G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G61/G20 /G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 471-2002-PCM Lima, 23 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Corporación Andina de Fomento (CAF) invita al señor Ministro de Economía y Finanzas, doctor Javier SilvaRuete, para que asista a la CXI reunión del Directorio, quese llevará a cabo el día 29 de octubre de 2002 en la sedede la institución, en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, así como para sostener una reunión de coordi- nación con la CAF; Que, en tal sentido es necesario autorizar el viaje en misión Oficial, cuyos gastos no cubiertos por la Corpora-ción Andina de Fomento (CAF), serán con cargo al presu-puesto de la Unidad Ejecutora 001 Administración Generaldel Pliego Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27619 y Decreto Su-premo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión oficial del se- ñor Ministro de Economía y Finanzas, al doctor Javier Silva Ruete, a la ciudad de Caracas, República de Venezuela, del 28 al 30 de octubre de 2002, para los fines expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, no cubiertos por la Corporación Andinade Fomento (CAF), serán con cargo al presupuesto de la Uni- dad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministe- rio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 25,00 Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y Finan- zas al señor Jaime Quijandría Salmón, Ministro de Energíay Minas, a partir del 28 de octubre de 2002 y mientras durela ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cual- quier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 18928 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6A/G65/G72/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G44/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G65/G2D/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G66/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6F/G6C/G65/G73/G2D /G63/G65/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 472-2002-PCM Lima, 23 de octubre de 2002 Vistos el Facsímil (SME) Nº 68 de fecha 9 de octubre de 2002, de la Coordinadora Nacional de la Cumbre Iberoame-ricana de Jefes de Estado y de Gobierno; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos la Coordinadora Nacional de la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estadoy de Gobierno, comunica que el Presidente de la RepúblicaDominicana ha cursado invitación al Perú para participar en la IV Conferencia Iberoamericana de Ministras, Minis- tros y Altos Responsables de la Infancia y Adolescencia acelebrarse en la ciudad de Santo Domingo, República Do-minicana, del 29 al 31 de octubre de 2002; Que, resulta necesaria la participación de la señora Mi- nistra de Estado en el Sector Mujer y Desarrollo Social en el citado evento, teniendo en cuenta que entre otros temas, se tratará la propuesta de implementación de la Agenda yPlan de Acción Iberoamericano para la Infancia, en conse-cuencia debe autorizarse el viaje de la señor Ministra de laMujer y Desarrollo Social; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tari- fa CORPAC serán asumidos por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;