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Pág. 232162 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de octubre de 2002 a.Organizar, programar y ejecutar los procesos que per- mitan obtener información financiera para la toma de decisiones; b.Ejecutar la política y el procedimiento del control pre- vio para todas las operaciones que afecten los fon- dos de la institución, de acuerdo a las normas de control gubernamental; c.Ejecutar la política y el procedimiento de integra- ción contable, supervisar y controlar las operacio- nes contables y financieras en los libros corres- pondientes, mediante el Sistema Integrado de Ad- ministración Financiera - SIAF, verificando la sus- tentación; d.Formular la confrontación mensual de gastos, efec- tuando su conciliación con saldos del balance; e.Formular y suscribir los Estados Financieros y Pre- supuestales mensuales y anuales de acuerdo a ley; f.Mantener actualizado el control financiero de los ac- tivos fijos, así como su valuación, depreciación y su conciliación con Control Patrimonial; g.Efectuar conciliaciones bancarias y verificar los do- cumentos sustentatorios del gasto, así como los com- probantes de pago; h.Elaboración de los estados financieros y presupues- tarios conciliados para ser presentados a la Conta- duría Pública de la Nación; i.Revisar, controlar y contabilizar las rendiciones efec- tuadas por los Jurados Electorales Especiales, en aplicación de la normatividad vigente como sustento de gasto; j.Revisar la documentación sustentatoria de los pro- cesos de adquisiciones de bienes y contratación de servicios; k.Revisar la documentación que sustente los gastos y conciliaciones que emitan las unidades orgánicas uti- lizando fondos del Estado; l.Emitir informe u observaciones sobre presuntas irre- gularidades de las unidades orgánicas de su compe- tencia; m.Velar por el cumplimiento de las normas y procedi- mientos que regulan las actividades a su cargo; n.Realizar arqueos de fondos y valores de la institu- ción; o.Conciliar e informar los gastos generados por el Ju- rado, en el Sistema Integrado de Administración Fi- nanciera - SIAF, por las diferentes fuentes de finan- ciamiento; p.Proporcionar la información necesaria para la elabo- ración y pagos de los tributos y contribuciones; q.Elaborar el informe de gestión económico-financiero del Pliego; r.Organizar y registrar información de gastos; s.Proponer y actualizar los manuales y normas admi- nistrativas que se requieran para el mejor desempe- ño de sus funciones; t.Otras funciones afines al cargo que le asigne el Ge- rente de Administración y Finanzas. CAPÍTULO XVI OFICINA DE TESORERÍA Artículo 73º.- La Oficina de Tesorería, es el órgano de apoyo que depende de la Gerencia de Administración y Finanzas. Encargada de efectuar los pagos comprometi- dos, recaudar, depositar, conciliar y custodiar los valores de la institución. Artículo 74º.- La Oficina de Tesorería estará a cargo de un Contador Público Colegiado o profesional universita- rio, funcionario con el nivel de Jefe de Oficina. Artículo 75º.- Son funciones de la Oficina de Tesorería: a.Ejecutar los pagos comprometidos y controlar los fon- dos y valores de la institución; b.Efectuar pagos de acuerdo al Calendario de compro- misos y mantener actualizada la información de los encargos internos;c.Llenar los formularios de las declaraciones y realizar los pagos de los tributos y contribuciones; d.Mantener actualizada la información de pagos y sal- dos; e.Llevar el control, registro y custodia de los valores, cartas fianza u otros documentos de contenido mo- netario; f.Recaudar, depositar, conciliar e informar sobre los ingresos generados por la institución; g.Coordinar con la Oficina de Contabilidad, para el uso y registro de los libros auxiliares, para que el área contable realice la conciliación bancaria y contable; h.Proponer y actualizar los manuales y normas admi- nistrativas que se requieran para el mejor desempe- ño de sus funciones; i.Otras funciones afines al cargo que le asigne el Ge- rente de Administración y Finanzas. CAPÍTULO XVII OFICINA DE ABASTECIMIENTO Artículo 76º.- La Oficina de Abastecimiento es el órgano de apoyo que depende de la Gerencia de Administración y Finanzas. Encargada de programar, adquirir y almace- nar y distribuir los bienes y servicios de la institución. Artículo 77º.- La Oficina de Abastecimiento estará a cargo de un profesional en Administración u otra especialidad universitaria afín, funcionario con el nivel de Jefe de Ofi- cina. Artículo 78º.- Son funciones de la Oficina de Abasteci- miento: a.Consolidar, formular y ejecutar el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de la institución; b.Formular, coordinar, consolidar y evaluar el presu- puesto de abastecimiento de la institución; c.Ejecutar y controlar la programación y adquisición de bienes y servicios en términos de calidad, canti- dad, especificaciones técnicas, en forma oportuna y empleando los criterios de austeridad, prioridad y racionalidad, acordes al presupuesto aprobado, en coordinación con los entes evaluadores de las ad- quisiciones, establecidas en las normas legales; d.Coordinar la formulación del Calendario de Compro- misos, conforme a la programación de bienes y ser- vicios; e.Controlar las etapas del proceso de adquisiciones según sus diversas modalidades; f.Ejecutar y supervisar los procesos técnicos de re- gistro, recepción, almacenamiento y distribución, manteniendo los registros respectivos; g.Elaborar estadísticas de logística, que permitan co- nocer las necesidades históricas de bienes y servi- cios de la institución; h.Contratar y mantener vigentes las Pólizas de Segu- ros necesarias para los bienes, inmuebles, muebles y personas según corresponda; i.Programar, ejecutar y controlar la aplicación de los procesos técnicos del sistema de abastecimiento; j.Coordinar, supervisar y controlar todos los servicios que sean brindados a la institución; kCoordinar acciones con la Oficina de Informática e Imagen Institucional, para publicitar las adquisicio- nes a través de la pagina Web del JNE; l.Proponer y actualizar los manuales y normas admi- nistrativas que se requieran para el mejor desempe- ño de sus funciones; y, m.Coordinar con el Comité Especial Permanente de Adquisiciones del JNE, los procesos de selección a llevarse a cabo, así como ejecutar las acciones dispuestas por dicho comité; n.Publicar los procesos de convocatoria y selección de proveedores, para la adquisición de bienes y/o con- tratación de servicios, así como la difusión de los resultados a través de la pagina web de la institu- ción;