Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

Articulo Primero.- Declarar infundado el pedido de suspension del cargo de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Concejo Distrital de Quellouno, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, quien continua ejerciendo el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Quellouno, provincia de La Convencion, departamento de Cusco. Articulo Segundo.- Solicitar al Juzgado Mixto de La Convencion - Quillabamba informe si en el MORDAZA Nº 2412002-100809JP01, el mandato de comparecencia dictado a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA por resolucion de fecha 13 de agosto de 2002, ha quedado firme. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 19007

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Disponen inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores Interfondo Plus FMIV en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 080-2002-EF/94.11
MORDAZA, 22 de octubre de 2002 VISTOS: El expediente Nº 2002/11302 iniciado por Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos, asi como el Informe Nº 0150-2002-EF/94.55 de fecha 17 de octubre de 2002 presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 163-95-EF/ 94.10, publicada el 5 de MORDAZA de 1995 se autorizo el funcionamiento de la Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores Interfondos S.A., hoy Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos, para administrar fondos mutuos de inversion en valores; Que, mediante escrito de fecha 17 de setiembre de 2002, Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicita la inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores denominado Interfondo Plus FMIV en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de conformidad con la documentacion presentada, Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con lo previsto en el articulo 24º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10 y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 11º inciso l) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, a lo dispuesto en el articulo 241º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861; y en aplicacion de las facultades delegadas al Gerente General mediante acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Institucion reunido en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 1999;

Articulo 1º.- Disponer la inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores denominado Interfondo Plus FMIV en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- El Reglamento de Participacion y los modelos de contratos a suscribir con los participes contienen las disposiciones aplicables al funcionamiento del fondo mutuo de inversion en valores denominado Interfondo Plus FMIV, asi como a las operaciones del mismo y se encuentran a disposicion del publico en general en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- La publicidad que realice Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar el mencionado fondo mutuo no debe inducir a error o confusion y debera sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras. Articulo 4º.- La inscripcion a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la suscripcion de cuotas del mencionado fondo mutuo u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Articulo 5º.- Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos debera remitir a CONASEV dos (2) ejemplares del Reglamento de Participacion y modelos de los contratos a suscribir con los participes del fondo mutuo de inversion en valores a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion, en el plazo de quince (15) dias habiles siguientes de notificada la presente resolucion. Articulo 6º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su notificacion. Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al Banco Internacional del Peru S.A.A.- Interbank. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA POMAREDA Gerente General 18835

SUNARP
Autorizan realizacion del MORDAZA taller "Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras: Importancia para el desarrollo local", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 489 -2002-SUNARP/SN
MORDAZA, 24 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, es politica de la institucion, facilitar el acceso de los ciudadanos al servicio registral, apoyar el desarrollo de la actividad economica nacional y promover la desconcentracion de los servicios en beneficio de la poblacion del interior del pais. Que, en tal sentido, conforme a las Resoluciones Nºs. 452-2002-SUNARP/SN y 453-2002-SUNARP/SN, se ha creado el Registro de Embarcaciones Pesqueras en las ciudades de MORDAZA e Ilo, los que entraran en funcionamiento el proximo mes de noviembre, tal como viene ocurriendo desde el mes de MORDAZA ultimo en la MORDAZA de Chimbote, conforme a la Resolucion Nº 284-2002-SUNARP/SN; Que, asimismo, a efectos de modernizar la legislacion sobre la materia, de gran importancia para la economia del MORDAZA, mediante Resolucion Nº 479-2002-SUNARP/SN de 17 de octubre del presente ano, se ha aprobado un MORDAZA Reglamento del Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras; Que, es conveniente realizar acciones de capacitacion para la difusion de los alcances de este MORDAZA cuerpo normativo, asi como para uniformizar criterios de calificacion entre los Registradores que se haran cargo de este Registro en las distintas sedes en donde se viene implementando; Estando a lo que antecede y, de conformidad con las facultades conferidas en el articulo 7º inciso v) del Estatuto

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