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Pág. 232155 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de octubre de 2002 n.Establecer el número de adherentes que deban pre- sentar las organizaciones políticas que deseen par- ticipar en los procesos electorales; o.Establecer disposiciones sobre fiscalización electo- ral de cómputo de resultados en los procesos electo- rales; p.Reglamentar la difusión y control de la propaganda electoral, durante los procesos electorales; Funciones administrativas q.Determinar las circunscripciones electorales; r.Inscribir a los observadores electorales, nacionales e internacionales; s.Mantener y custodiar el Registro de Organizacio- nes Políticas, que comprende: registrar, cancelar y modificar las inscripciones; t.Coordinar con los organismos del Sistema Electo- ral; u.Recibir y admitir las credenciales de los personeros de las organizaciones políticas; v.Ejercitar iniciativa en la formación de leyes en ma- teria electoral; w.Presentar al Poder Ejecutivo, el proyecto de Presu- puesto del Sistema Electoral, que incluye por sepa- rado cada entidad del sistema electoral. Lo susten- ta en esa instancia y ante el Congreso de la Repú- blica del Perú; x.Registrar a toda persona o institución que realice encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de naturaleza electoral, para su difusión; y.Las demás funciones de su competencia, conforme a su Ley Orgánica y a la Legislación Electoral vi- gente. Artículo 9º.- ESTRUCTURA ORGÁNICA Los niveles jerárquicos de la estructura orgánica del Ju- rado Nacional de Elecciones es la siguiente: -1er. Nivel Pleno del JNE - Presidencia del JNE -2do. Nivel Secretaría General -3er. Nivel Gerencia -4to. Nivel Oficina -5to. Nivel División La estructura orgánica del Jurado Nacional de Eleccio- nes agrupada por órganos, es la siguiente: Órganos de Alta Dirección -Pleno del Jurado Nacional de Elecciones -Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones -Secretaría General . Equipo de Abogados . Archivo y sala de Abogados . Dispensas . Enlace con los JEE (Órgano temporal) Órganos Consultivos -Comité de Coordinación Electoral -Comité de Coordinación Jurisdiccional -Comité de Coordinación Administrativa Órgano de Control -Oficina de Control Interno Órganos de Asesoramiento -Oficina de Cooperación Técnica Internacional -Procuraduría Pública del JNE -Gerencia Legal -Gerencia de Planeamiento y Presupuesto . División de Planeamiento . División de Presupuesto . División de Organización . División de Proyectos y Estadística Órganos de Apoyo -Oficina de Imagen Institucional -Oficina de Trámite Documentario-Gerencia de Administración y Finanzas . Oficina de Contabilidad . Oficina de Tesorería . Oficina de Abastecimiento . Oficina de Servicios y Seguridad . Oficina de Personal . Oficina de Informática . Control Patrimonial . Comité de Gestión Patrimonial Órganos de Línea (Ejecución Jurisdiccional) -Oficina de Registro de Organizaciones Políticas -Gerencia de Fiscalización Electoral . División de Desarrollo . División de Gestión . División de Soporte -Gerencia de Educación Electoral . Centro de Documentación e Información Electoral . Centro de Investigaciones Electorales y Municipales . Proyectos Desconcentrados de Educación Electoral (Zona, región u otro). -Jurados Electorales Especiales (Órganos de Función Temporal). Artículo 10º.- FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS Las funciones generales de los órganos del Jurado Na- cional de Elecciones, son las siguientes: ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN Artículo 11º .- La Alta Dirección del Jurado Nacional de Elecciones está conformada por el Pleno, la Presidencia y la Secretaría General. CAPÍTULO I PLENO DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Artículo 12º. - El Pleno del Jurado Nacional de Eleccio- nes es un órgano de alta dirección colegiado. Está com- puesto por cinco miembros elegidos de conformidad con la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica. Es la más alta autoridad jurisdiccional del Jurado Nacional de Elecciones. Tiene competencia nacional y su sede se encuentra ubicada en la capital de la República. Artículo 13º .- El Pleno está conformado por cinco Miem- bros con rango de Ministro de Estado y conforme a ley gozan de los mismos honores, preeminencia y remune- raciones de los Vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo 14º.- Son funciones del Pleno del Jurado Nacio- nal de Elecciones las enumeradas en el artículo 8º del presente Reglamento y además las siguientes: a.Realizar sesiones ordinarias y extraordinarias y to- mar los acuerdos que correspondan; b.Resolver en última instancia expedientes para apro- bar o rechazar tachas formuladas contra la inscrip- ción de candidatos, organizaciones políticas u opciones; c.Recibir y admitir las credenciales de los personeros de las organizaciones políticas; d.Denunciar a las personas, autoridades, funcionarios y servidores públicos que cometan infracciones pe- nales previstas en la ley; e.Revisar y velar por el cumplimiento de las leyes, re- soluciones y directivas del JNE; f.Dictar las resoluciones y la reglamentación necesa- ria para el funcionamiento del JNE; g.Revisar, aprobar y controlar los gastos que efectúen los Jurados Electorales Especiales, de acuerdo con los respectivos presupuestos; h.Designar y cesar al Secretario General del Jurado Nacional de Elecciones, a propuesta del Presidente del Jurado;