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Pág. 232156 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de octubre de 2002 i.Aprobar el Reglamento de Organización y Funcio- nes (ROF) del JNE; j.Aprobar la política institucional y velar por el cumpli- miento de los fines y objetivos de la institución; k.Delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de sus funciones. l.Otras funciones que le asignen la Constitución y las leyes. DESPACHO DE LOS MIEMBROS DEL PLENO Artículo 15º. - El Despacho de los Miembros del Pleno está integrado por un Magistrado Miembro del Pleno del JNE y el personal de apoyo requerido. Artículo 16º .- El Jurado Nacional de Elecciones cuenta con cuatro Despachos correspondientes a cada uno de los siguientes Miembros del Pleno del JNE: a.Despacho de Miembro del Pleno elegido por la Junta de Fiscales Supremos b.Despacho de Miembro del Pleno elegido por el Cole- gio de Abogados de Lima c.Despacho de Miembro del Pleno elegido por los De- canos de las Facultades de Derecho de las Universi- dades Públicas. d.Despacho de Miembro del Pleno elegido por los De- canos de las Facultades de Derecho de las Universi- dades Privadas. Artículo 17º.- Son funciones de los Miembros del Pleno del JNE, las siguientes: a.Concurrir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno; b.Revisar y velar por el cumplimiento de las leyes, re- soluciones y directivas del JNE; c.Revisar, analizar y evaluar expedientes jurisdiccio- nales para administrar justicia en materia electoral; d.Asistir a las audiencias públicas, para resolver y tra- tar asuntos jurisdiccionales; e.Informar y/o Absolver consultas de índole jurisdic- cional y/o administrativo que le encargue el Pleno o la Presidencia; f.Informar sobre los encargos, acuerdos o avances de trabajo personal o de comisiones asignadas por el Pleno o la Presidencia; g.Asistir a reuniones de trabajo, exposiciones e invita- ciones efectuadas por instituciones públicas, priva- das, académicas, nacionales y extranjeras, encarga- das por el Pleno o Presidente; h.Proponer las resoluciones y la reglamentación nece- saria para el funcionamiento del JNE; i.Proponer al Pleno las denuncias a las personas, au- toridades, funcionarios y servidores públicos que co- metan infracciones penales previstas en la ley; j.Revisar los gastos efectuados por los Jurados Elec- torales Especiales, de acuerdo con los respectivos presupuestos; k.Votar para la designación o cese del Secretario Ge- neral del Jurado Nacional de Elecciones, a propues- ta del Presidente del Jurado; l.Proporcionar información respecto a los asuntos con- sultados; m.Otras funciones afines al cargo que le sean asigna- das por el Presidente o el Pleno. CAPÍTULO II PRESIDENCIA DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Artículo 18º .- La Presidencia del Jurado Nacional de Elec- ciones, es el órgano de Alta Dirección encargado de eje- cutar los acuerdos del Pleno y de conducir la institución. Artículo 19º .- El Presidente del Jurado Nacional de Elec- ciones, es su representante oficial y es el Titular del Pliego.Artículo 20º .- En caso de ausencia o impedimento tem- poral, d el Presidente del Jurado Nacional de Eleccio- nes, sus funciones serán desempeñadas por un miem- bro titular del Pleno, siguiendo el orden establecido en el Artículo 10º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 21º .- Son funciones del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones: a.Representar al Jurado Nacional de Elecciones en to- dos sus actos; b.Convocar y presidir las sesiones del Pleno, dirigir los debates, conservar el orden durante los mismos y hacer cumplir sus acuerdos; c.Ejercer la Titularidad del Pliego y del Programa Pre- supuestal del Jurado Nacional de Elecciones; d.Expedir resoluciones en los asuntos de su compe- tencia; e.Designar y contratar a los funcionarios y trabajado- res del Jurado Nacional de Elecciones; así como determinar los cargos de confianza de la institución; f.Delegar las facultades administrativas cuando sea procedente conforme a ley; g.Presentar al Poder Ejecutivo el Proyecto de Presu- puesto del Sistema Electoral que incluye por separa- do los presupuestos de cada organismo del Sistema Electoral. Lo sustenta ante esa instancia y ante el Congreso de la Republica; h.Juramentar a los miembros del Pleno del Jurado Na- cional de Elecciones; i.Coordinar con los Jefes de los Organismos del Sis- tema Electoral las actividades pertinentes; j.Evaluar y suscribir convenios de capacitación, fisca- lización y otros, con organismos públicos o privados, nacionales o internacionales de cooperación técnica internacional, sobre asuntos institucionales; k.Designar a los Miembros del Comité de Coordina- ción Electoral, al amparo del artículo 76º de la Ley Nº 26859 Ley Orgánica de Elecciones; l.Otras funciones afines al cargo que le sean asigna- das por el Pleno. Artículo 22º .- La Presidencia contará con un Gabinete de Asesores que se encargaran de efectuar análisis, estudios, informes, dictámenes y otras actividades que se le encomiende, relacionadas con la política institu- cional. Artículo 23º .- La Presidencia para el cumplimiento de sus funciones, tendrá a su cargo los siguientes órganos: -La Secretaría General. -La Oficina de Control Interno. -La Oficina de Imagen Institucional. -La Oficina de Cooperación Técnica Internacional. -La Procuraduría Publica del JNE. CAPÍTULO III SECRETARÍA GENERAL Artículo 24º.- La Secretaría General es el órgano de Alta Dirección, dependiente de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones. Encargada de coordinar y reali- zar actividades de apoyo jurisdiccional y administrativo del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 25º.- La Secretaría General está a cargo de un funcionario abogado, con el nivel de Secretario General, con no menos de diez años de experiencia, designado por acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Eleccio- nes. Es el funcionario de mayor jerarquía administrativa del JNE, interviene en las deliberaciones del Pleno con voz pero sin voto y coordina la ejecución de las decisio- nes del Pleno y de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 26º.- Son funciones del Secretario General: