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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (05/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 229459 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de setiembre de 2002 Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli- miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 15782 Confirman resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos del Partido Perú Posible para el Concejo Distrital de Lurigancho, provincia de Lima RESOLUCIÓN Nº 322-2002-JNE Lima, 2 de setiembre de 2002 VISTO, el expediente Nº 808-2002, conteniendo el re- curso de apelación interpuesto por don Henry Mendoza Puerta, personero legal alterno del Partido Perú Posible, contra la Resolución Nº 0052-2002-JEELE emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Este, el 23 de agosto del año 2002, que declara improcedente su solicitud de ins- cripción de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Lurigancho; CONSIDERANDO: Que el día 19 de agosto del presente año en que venció el plazo para la presentación de listas de candidatos para participar en las elecciones municipales convocadas para el 17 de noviembre próximo; de conformidad con lo previs- to en el artículo 10º de la ley de Elecciones Municipales Nº 26864, la organización política nacional Partido Perú Posi- ble presentó ante el Jurado Electoral Especial de Lima Este su lista de candidatos para el Concejo Distrital de Lurigan- cho, integrada por el candidato a la alcaldía y diez candida- tos para los cargos de regidor; Que el número legal de regidores que le corresponde a dicho distrito en proporción a su población, tal como fue establecido en el literal b) del artículo cuarto de la Resolu- ción Nº 089-2002-JNE de fecha 19 de marzo del año 2002, es de once (11) cargos a regidor; Que mediante Resolución Nº 186-2002, publicada el 13 de junio del presente año, el Jurado Nacional de Eleccio- nes estableció el mínimo de candidatos varones o mujeres que deben integrar las listas de candidatos a regidores en los concejos municipales provinciales y distritales de la República para las elecciones municipales del año 2002, disponiéndose como mínimo de candidatos varones o mu- jeres para el caso de los concejos con once (11) regidores la cantidad de cuatro (4); Que la lista de candidatos presentada por el Partido Perú Posible para el Concejo Distrital de Lurigancho, sola- mente incluía a diez candidatos a regidores y entre ellos sólo a dos candidatas mujeres al cargo de regidor; incum- pliéndose lo previsto en el artículo 115º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, que establece que cada organi- zación política sólo puede inscribir una lista de candidatos ante el Jurado Electoral Especial correspondiente, equiva- lente al número de cargos previsto a elegir, requisito que, además de la cuota de género, no se ha cumplido en el presente caso; Que el numeral 2) del artículo II del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, prevé que los procedimientos especiales creados y regu- lados como tales por ley expresa, atendiendo a la singula- ridad de la materia, se rigen supletoriamente por dicha leyen aquellos aspectos no previstos y en los que no son tra- tados expresamente de modo distinto; principio que no es de aplicación al trámite de solicitud de inscripción de la lista de candidatos a los cargos de alcaldes y regidores, pues los requisitos formales para su presentación se en- cuentran previstos taxativamente en el artículo 10º de la Ley de Elecciones Municipales acotada; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones en segunda y última instancia; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por don Henry Mendoza Puerta, per- sonero legal alterno del Partido Perú Posible; y, en conse- cuencia confirmar la Resolución Nº 0052-2002-JEELE de fecha 23 de agosto del año 2002, que declaró improceden- te su solicitud de inscripción la lista de candidatos para el Concejo Distrital Lurigancho. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Electoral Especial de Lima Este, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y de la parte interesada, el conteni- do de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 15783 Confirman resolución que declaró váli- da inscripción de listas de candidatos del Partido Aprista Peruano para parti- cipar en Elecciones Regionales y Muni- cipales en el departamento de Ucayali RESOLUCIÓN Nº 323-2002-JNE Lima, 2 de setiembre de 2002 VISTO: El recurso de apelación interpuesto por el señor Ángel Romero Díaz, Personero Legal Titular del Partido Aprista Peruano, contra la Resolución Nº 186-2002-JNECP, de fe- cha 23 de agosto de 2002, emitida por el Jurado Electoral de Coronel Portillo; CONSIDERANDO: Que corresponde al Jurado Nacional de Elecciones, como máximo órgano en materia electoral, garantizar y fa- cilitar la participación política ciudadana, respetando para ello los derechos adquiridos por los ciudadanos en el ejer- cicio de los mismos ante la autoridad electoral; Que el personero legal titular local del Partido Aprista Peruano, señor Víctor Teddy López Panaifo, acreditado ante el Jurado Electoral de Coronel Portillo por el personero le- gal titular nacional señor Ángel Romero Díaz, presentó con fecha 19 de agosto a las 06.00 p.m. la solicitud de inscrip- ción de candidatos para participar en las Elecciones Re- gionales en el departamento de Ucayali y las elecciones Municipales de la provincia de Coronel Portillo y Padre Abad y Purús y los distritos de Yarina Cocha, Campo Verde, Ipa- ría, Masisea, Irazola y Curimaná; Que el personero legal titular nacional señor Ángel Romero Díaz el mismo día a las 11:08 p.m., remitió vía fax al Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo nue- vas solicitudes de inscripción de candidatos para parti- cipar en las Elecciones Regionales en el departamento de Ucayali y las elecciones Municipales de la provincia