Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2002 (05/09/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 229450

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de setiembre de 2002

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 25 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., autorizacion para efectuar el aumento de la capacidad de operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, instalada en su establecimiento industrial, ubicado a la altura del Km. 56 de la carretera a Sechura, en la MORDAZA de Bayovar, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad: Congelado: de 100 t/dia a 126 t/dia Articulo 2º.- CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. debera efectuar el aumento de capacidad de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, con sujecion al ordenamiento juridico pesquero nacional, asi como los relativos a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion Nacional de Medio Ambiente, segun el Certificado Ambiental Nº 021-2002-PE/DINAMA del 9 de MORDAZA del 2002. Articulo 3º.- Otorgar a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa MORDAZA de la informacion relativa al avance de obra e inversion sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalacion del aumento de capacidad de su planta de congelado de productos hidrobiologicos. Previo al inicio de su actividad productiva y dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha del vencimiento del plazo de la autorizacion o de su renovacion, de ser el caso, debera solicitar la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de la capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operacion. Articulo 4º.- El incumplimiento de la normativa administrativa pesquera y de las condiciones establecidas en la presente Resolucion seran causales de caducidad del derecho otorgado y/o de la aplicacion de las demas sanciones que resulten aplicables. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 15769

SIETE MARES S.A.C, representante legal en el Peru de los armadores japoneses WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, KABUSHIKI KAISHA USHIO, YOSHIHIRO OZAKI y KABUSHIKI KAISHA FUKUSHIMA GYOGYO. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 202-2002-PE, del 12 de junio del 2002, se autorizo la convocatoria a Concurso Publico de Oferta de Precios Nº 01-2002-PE, para el otorgamiento de permisos de pesca y licencia de procesamiento a bordo, cuando corresponda, para la operacion de barcos calamareros de bandera extranjera; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 225-2002-PE, del 25 de junio del 2002, se conformo la Comision encargada de llevar a cabo el Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, autorizado por Resolucion Ministerial Nº 202-2002-PE, otorgandole las facultades de establecer las Bases Administrativas del citado Concurso, formular los avisos de convocatoria y el cronograma del MORDAZA, absolver por escrito las consultas presentadas por los postores relacionadas al ambito de su competencia funcional, incluyendo las referidas a los alcances del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, las Bases Administrativas y las demas normas aplicables, asi como las de establecer el orden de meritos y prelacion y comunicar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero los resultados de dicho Concurso; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 239-2002-PE, del 9 de MORDAZA del 2002, se aprobo el Reglamento del Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, como MORDAZA legal para el desarrollo del MORDAZA y para la elaboracion de las correspondientes bases administrativas; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 2422002-PE, del 10 de MORDAZA del 2002, se aprobaron las Bases Administrativas del Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, para otorgar permisos de pesca de calamar gigante o pota para la operacion de barcos calamareros de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas; Que con fecha 31 de MORDAZA del presente ano se llevo a cabo el acto de MORDAZA de propuestas y apertura de sobres del Concurso de Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, para el otorgamiento de permisos de pesca de calamar gigante o pota para la operacion de barcos calamareros de bandera extranjera, resultando ganador el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA TALAVERA MORDAZA, representante legal en el MORDAZA de la empresa KYUNG YANG CORPORATION, con la embarcacion calamarera "Nº 11 KYUNG YANG" de 191 TN, con una oferta de US$ 523 por unidad de TN; opcion a la que renuncia posteriormente mediante Carta Notarial de registro Nº 00385003, del 16 de agosto del presente ano, incumpliendo las obligaciones establecidas en el Reglamento del Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 239-2002-PE; Que ante el incumplimiento del armador ganador de la buena pro otorgada, mediante Oficio Nº 026-2002-CCPCG/PRES, del 20 de agosto del 2002, el Presidente de la Comision del Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, constituida por Resolucion Ministerial Nº 2252002-PE, notifico a los postores ubicados en los puestos inmediatos inferiores para la adjudicacion del correspondiente permiso de pesca, debiendo cumplir, de ser el caso, los requisitos exigidos en un plazo adicional de cinco (5) dias utiles, respetando el valor por unidad de esfuerzo pesquero ofrecido del postor ganador, de conformidad al articulo 14º del Reglamento del Concurso Publico de Oferta de Precios; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras calamareras denominadas "WAKASHIO MARU Nº 81", "WAKASHIO MARU Nº 85", "WAKASHIO MARU Nº 87", "HOSEI MARU Nº 13", "HOSEI MARU Nº 23" y "SOHO MARU Nº 58" de 306, 328, 335, 328, 330 y 336 de Tonelaje Neto, respectivamente, en la extraccion del recurso cala-

Otorgan a Siete Mares S.A.C. y Gyoren del Peru S.A.C. permisos de pesca para operar embarcaciones de bandera japonesa en la extraccion del recurso calamar gigante
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 040-2002-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 29 de agosto del 2002 Visto el expediente con escrito de registro Nº CE00393002, del 26 de agosto de 2002, presentado por

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.