Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2002 (05/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 5 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DIRECTORAL Nº 041-2002-PRODUCE/DNEPP

mar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas, y licencia para la operacion de la planta de procesamiento (congelado) a bordo de la misma; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 023-2002PRODUCE/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; las Resoluciones Ministeriales Nºs. 202-2002-PE, 225-2002PE, 239-2002-PE y 242-2002-PE; el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru de los armadores japoneses WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, KABUSHIKI KAISHA USHIO, YOSHIHIRO OZAKI y KABUSHIKI KAISHA FUKUSHIMA GYOGYO, permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de bandera japonesa cuyas caracteristicas se indican a continuacion, en la extraccion del recurso calamar gigante o Pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la linea de costa, asi como licencia para la operacion de sus respectivas plantas de congelado a bordo, con vigencia del 30 de agosto al 30 de noviembre del 2002. Los permisos de pesca otorgados venceran al cumplirse el plazo fijado o, de ser el caso, una vez alcanzada la cuota adjudicada de 7,806.07 TM de captura nominal del calamar gigante o pota.
EMBARCACION TN CAPAC. ALMAC. 967.14 850.18 1,152.05 1,025.00 1,014.00 1,015.63 CAPAC. INSTAL. 72.40 74.62 81.00 82.00 85.00 91.80 INDICATIVO INTERNAC. JGPA JCJJ JHNL JJUY JJJF JMWH SISTEMA DE PRESERV. CONGELADO CONGELADO CONGELADO CONGELADO CONGELADO CONGELADO ARTE DE PESCA POTERA POTERA POTERA POTERA POTERA POTERA

MORDAZA, 29 de agosto del 2002 Visto el expediente con escrito de registro Nº CE00394002, del 27 de agosto de 2002, presentado por GYOREN DEL PERU S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones KABUSHIKI KAISHA YAMAYO. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 202-2002-PE, del 12 de junio del 2002, se autorizo la convocatoria a Concurso Publico de Oferta de Precios Nº 01-2002-PE, para el otorgamiento de permisos de pesca y licencia de procesamiento a bordo, cuando corresponda, para la operacion de barcos calamareros de bandera extranjera; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 225-2002-PE, del 25 de junio del 2002, se conformo la Comision encargada de llevar a cabo el Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, autorizado por Resolucion Ministerial Nº 2022002-PE, otorgandole las facultades de establecer las Bases Administrativas del citado Concurso, formular los avisos de convocatoria y el cronograma del MORDAZA, absolver por escrito las consultas presentadas por los postores relacionadas al ambito de su competencia funcional, incluyendo las referidas a los alcances del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, las Bases Administrativas y las demas normas aplicables, asi como las de establecer el orden de meritos y prelacion y comunicar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero los resultados de dicho Concurso; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 239-2002-PE, del 9 de MORDAZA del 2002, se aprobo el Reglamento del Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, como MORDAZA legal para el desarrollo del MORDAZA y para la elaboracion de las correspondientes bases administrativas; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 242-2002PE, del 10 de MORDAZA del 2002, se aprobaron las Bases Administrativas del Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, para otorgar permisos de pesca de calamar gigante o pota para la operacion de barcos calamareros de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas; Que con fecha 31 de MORDAZA del presente ano se llevo a cabo el acto de MORDAZA de propuestas y apertura de sobres del Concurso de Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, para el otorgamiento de permisos de pesca de calamar gigante o pota para la operacion de barcos calamareros de bandera extranjera, resultando ganador el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA TALAVERA MORDAZA, representante legal en el MORDAZA de la empresa KYUNG YANG CORPORATION, con la embarcacion calamarera "Nº 11 KYUNG YANG" de 191 TN, con un una oferta de US$ 523 por unidad de TN; opcion a la que renuncia posteriormente mediante Carta Notarial de registro Nº 00385003, del 16 de agosto del presente ano, incumpliendo las obligaciones establecidas en el Reglamento del Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002-PE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 239-2002-PE; Que ante el incumplimiento del armador ganador de la buena pro otorgada, mediante Oficio Nº 026-2002-CCPCG/ PRES, del 20 de agosto del 2002, el Presidente de la Comision del Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2002PE, constituida por Resolucion Ministerial Nº 225-2002-PE, notifico a los postores ubicados en los puestos inmediatos inferiores para la adjudicacion del correspondiente permiso de pesca, debiendo cumplir, de ser el caso, los requisitos exigidos en un plazo adicional de cinco (5) dias utiles, respetando el valor por unidad de esfuerzo pesquero ofrecido del postor ganador, de conformidad al articulo 14º del Reglamento del Concurso Publico de Oferta de Precios; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera calamarera denominada "KIKU MARU Nº 58" de 295 de Tonelaje Neto, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas y licencia para la operacion de la planta de procesamiento (congelado) a bordo de la misma;

WAKASHIO MARU Nº 81 WAKASHIO MARU Nº 85 WAKASHIO MARU Nº 87 HOSEI MARU Nº 13 HOSEI MARU Nº 23 SOHO MARU Nº 58

306 328 335 328 330 336

Articulo 2º.- El permiso de pesca y la licencia para la operacion de la planta de congelado a bordo se encuentran sujetos al ordenamiento juridico pesquero nacional, asi como a las normas que rigen la preservacion del medio ambiente, sanidad, higiene y seguridad industrial, que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Articulo 3º.- La eficacia de la presente Resolucion y el inicio de las operaciones de pesca y procesamiento pesquero a bordo, estan condicionadas a la entrada en vigencia del permiso de pesca y la licencia de operacion de la planta de procesamiento a bordo, asi como a la comunicacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, despues de la Inspeccion Tecnica Sanitaria e instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT a bordo de la embarcacion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 15771

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