NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (10/09/2002)
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Pág. 229717 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de setiembre de 2002 trica con la Línea de Transmisión 220 kV S.E. Oroya Nue- va - S.E. Pachachaca (S.E. Arapa), y se aprobó el Con- trato de Concesión Definitiva Nº 182-2001; Mediante Resolución Suprema Nº 073-2001-EM, de fecha 19 de abril de 2001, se aprobó la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de trans- misión de energía eléctrica en la línea de transmisión S.E. Oroya Nueva - Pachachaca (S.E. Arapa) en 220 kV de tensión a favor de Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A.; Que, mediante el documento con Registro Nº 1345137, presentado el 6 de diciembre de 2001, Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A. solicitó la modi- ficación del Contrato de Concesión Nº 182-2001, te- niendo como sustento que el financiamiento del pro- yecto está siendo negociado con International Finan- ce Corporation (IFC), organización que forma parte del grupo del Banco Mundial y, como resultado del proce- so de revisión del proyecto, IFC ha sugerido la inclu- sión de ciertas modificaciones y aclaraciones al texto del Contrato de Concesión Nº 182-2001; Que, habiendo sido analizadas las modificaciones propuestas, se ha concluido que éstas no desvirtúan el referido Contrato ni ponen en riesgo el Servicio Público de Electricidad, procediendo a aprobar el Addendum Nº 182-2001-1 del citado Contrato, el que deberá ser eleva- do a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotación de los Servicios Públi- cos del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, de con- formidad con los artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artí- culo 53º y en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Addendum Nº 182-2001-1 que modifica las Cláusulas Quinta, Octava, Décimo Tercera, Décimo Cuarta e incluye la Cláusula Décimo Novena al Contrato de Concesión Nº 182-2001. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad para que suscriba, en nombre del Estado, el Adden- dum Nº 182-2001-1 al Contrato de Concesión Nº 182- 2001, con la empresa concesionaria Interconexión Eléc- trica ISA Perú S.A. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Su- prema deberá ser incorporado en la Escritura Pública que dé origen el Addendum Nº 182-2001-1 referido en el artí- culo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 16244 Otorgan a Petro-Tech Peruana S.A. con- cesión de distribución de gas natural por red de ductos en la provincia de Paita RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2002-EM Lima, 9 de setiembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 1317129, formado por la empresa Petro Tech Peruana S.A., persona jurídica debi- damente inscrita en la partida electrónica Nº 0022576 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Regis- tral de Lima y Callao de los Registros Públicos, para el otorgamiento de Concesión de Distribución de Gas Na- tural por Red de Ductos, de conformidad con las disposi- ciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 042-99-EM, norma que aprueba el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos;CONSIDERANDO: Que, estando a las normas de los artículos 79º y 80º de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, la distribución de gas natural por red de ductos constituye un servicio público, siendo obligación del Ministerio de Energía y Minas regular este servicio; Que, en aplicación de las disposiciones a las que se hace alusión en el párrafo precedente, los artículos 15º y siguientes del Reglamento de Distribución de Gas Natu- ral por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM, establecen el procedimiento que debe seguirse para el otorgamiento de Concesión de Distribu- ción de Gas Natural por Red de Ductos a solicitud de parte; Que, la solicitud presentada por la empresa Petro-Tech Peruana S.A. se ha efectuado en el marco de las normas contenidas en el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos y que se encuentran recogi- das en el rubro CH 01, caso C, del Texto Único de Proce- dimientos Administrativos aprobado por Decreto Supre- mo Nº 033-2001-EM; Que, la solicitud tiene como objetivo obtener la autori- zación para suscribir el correspondiente Contrato de Con- cesión de Distribución del Gas Natural por Red de Duc- tos en la zona de Paita; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 15º y artículo 33º del Decreto Supremo Nº 042- 99-EM; Con la opinión favorable del Director General de Hi- drocarburos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa Petro-Tech Perua- na S.A. la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la provincia de Paita, en los términos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2º de la presente Resolu- ción Suprema. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la pro- vincia de Paita, el mismo que será suscrito entre el Mi- nisterio de Energía y Minas y la empresa Petro-Tech Pe- ruana S.A., que consta de veinte (20) cláusulas y trece (13) anexos. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Hidro- carburos del Ministerio de Energía y Minas para suscri- bir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión a que se refiere el artículo 2º de la presente Resolución Supre- ma. Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución Su- prema deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión referido en el artículo 2º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 16245 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 024-2002-EM Mediante Oficio Nº 764-2002-EM/SG el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 024-2002-EM, publicado en la edi- ción del 26 de agosto de 2002, en la página 228853. Artículo Vigésimo.- DICE: La Junta General de Accionistas de PETROPERU S.A. está conformada por los representantes del Estado, designados por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, con indica-