NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (10/09/2002)
CANTIDAD DE PAGINAS: 36
TEXTO PAGINA: 17
Pág. 229719 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de setiembre de 2002 DICE: "... Dirección General de Niñas, Niños y Adolescen- cia; y, ..." DEBE DECIR: "... Dirección General de Niñas, Niños y Adolescen- tes; y, ..." Cuarta Disposición Complementaria DICE: "Transfiérase la Dirección de Inversión Económica y Social - DIES, con recursos financieros y humanos ..." DEBE DECIR: "Transfiérase la Dirección de Inversión Económica y Social - DIES - PRIES, con recursos financieros, huma- nos y materiales ..." Décima Disposición Complementaria DICE: "Constitúyase una Comisión de Transferencia ..., la que presentará el plazo de 30 días útiles, ..." DEBE DECIR: "Constitúyase una Comisión de Transferencia ..., la que presentará en el plazo de 30 días útiles, ..." 16202 INTERIOR Aceptan renuncia de representante del Ministerio e integrante del FEDADOI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1651-2002-IN Lima, 6 de setiembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, don Carlos BASOMBRÍO IGLESIAS ha formu- lado renuncia como representante del Ministerio del Inte- rior e integrante del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado (FEDADOI), creado por Decreto de Urgencia Nº 122-2001, al que fue designado mediante Resolución Ministerial Nº 1402-2001-IN de fecha 08NOV2001; De conformidad con lo establecido en la Ley del Po- der Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, concordante con la Ley Orgánica del Ministerio del Interior - Decreto Legislativo Nº 370, y lo dispuesto en la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos - Ley Nº 27594, concordante con el Decreto de Urgencia Nº 122-2001 modificado por los Decretos de Urgencia Nº 125-2001, Nº 139-2001 y Nº 025-2002; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Carlos BASOMBRÍO IGLESIAS, como represen- tante del Ministerio del Interior e integrante del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícita- mente en perjuicio del Estado (FEDADOI); dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Na- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 16187Designan representante del Ministerio e integrante del FEDADOI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1652-2002-IN Lima, 6 de setiembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 122-2001 se crea el Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado (FEDADOI), cuyo Artículo 2º establece que estará integrado por un repre- sentante de los Ministerios de Justicia, Interior y Econo- mía y Finanzas, designados mediante Resolución Minis- terial de sus respectivos Sectores; Que, se encuentra vacante la representación del Mi- nisterio del Interior ante el FEDADOI, por lo que es nece- sario designar al funcionario del Sector que integrará el Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado; De conformidad con lo establecido en la Ley del Po- der Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, concordante con la Ley Orgánica del Ministerio del Interior - Decreto Legislativo Nº 370, y lo dispuesto en la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos - Ley Nº 27594, concordante con el Decreto de Urgencia Nº 122-2001 modificado por los Decretos de Urgencia Nº 125-2001, Nº 139-2001 y Nº 025-2002; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor José Carlos BUS- TAMANTE JARA, como representante del Ministerio del Interior e integrante del Fondo Especial de Administra- ción del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado (FEDADOI), para los fines a que se contrae el Decreto de Urgencia Nº 122-2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 16188 JUSTICIA Conceden derecho de gracia por razo- nes humanitarias a procesados interna- dos en establecimientos penitenciarios del Callao y Socabaya RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 180-2002-JUS Lima, 5 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 1º de la Constitu- ción Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la socie- dad y del Estado; Que Daniel VALENTE OSVALDO o Félix María CO- RREA CRUZ, se encuentra interno en calidad de proce- sado en el Establecimiento Penitenciario del Callao; Que de acuerdo al Resumen de Historia Clínica de fecha 19 de junio de 2002, de la Unidad de Infectología del Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión, el citado interno ha sido diagnosticado con una enfermedad en fase terminal, indicando que es factible tenerlo en cuenta para que se le otorgue el indulto humanitario; Que considerando que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilita- ción y reincorporación del penado a la sociedad; Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades graves, la continuidad de la ejecución de la pena y la prisión pierde todo sentido jurídico y moral;