Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2002 (12/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 12 de setiembre de 2002

debera sujetarse a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 5º de las Normas Complementarias en Materia de Interconexion aprobadas por Resolucion de Consejo Directivo Nº 014-99-CD/OSIPTEL y modificadas mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 070-2000-CD/OSIPTEL; por lo que en virtud de dicha MORDAZA legal, la provision del referido servicio de transporte conmutado local generara un cargo cuando la llamada es originada o terminada en una tercera red, a excepcion que la central de conmutacion, asociada al punto de interconexion, del operador que brinda el transporte conmutado local cumpla a la vez la funcion de central de conmutacion asociada a la tercera red con la que se pretende interconectar; Que teniendo en cuenta que las partes no han presentado una solicitud de confidencialidad respecto de su Acuerdo de Interconexion referido en la seccion de VISTOS, y considerando que la informacion contenida en el mismo, no constituye informacion que revele secretos comerciales o la estrategia comercial de las empresas o cuya difusion genere perjuicio alguno para las mismas o para el MORDAZA, se dispone la inclusion automatica de dicho documento contractual, en su integridad, en el Registro de Contratos de Interconexion, conforme a lo dispuesto en el tercer parrafo del Articulo 45º del Reglamento de Interconexion; En aplicacion de las atribuciones que corresponden a esta Gerencia General en virtud de lo establecido en el Articulo 49º del Reglamento de Interconexion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Acuerdo de Interconexion suscrito con fecha 1 de agosto entre las empresas BellSouth Peru S.A. y Telefonica del Peru S.A.A. - Addendum al Contrato de Interconexion vigente entre MORDAZA empresas que fue aprobado por Resolucion de Gerencia General Nº 04299-GG/OSIPTEL-, mediante el cual se incluye al departamento de MORDAZA como area a interconectarse dentro de su relacion de interconexion, y se establecen las condiciones especificas aplicables; de conformidad y en los terminos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los terminos del Acuerdo de Interconexion que se aprueba mediante la presente Resolucion, se ejecutaran sujetandose a los principios de neutralidad, no discriminacion e igualdad de acceso, asi como a las disposiciones en materia de interconexion que son aprobadas por OSIPTEL. Articulo 3º.- Disponer que el Acuerdo de Interconexion a que se hace referencia en el Articulo 1º de la presente Resolucion se incluya, en su integridad, en el Registro de Contratos de Interconexion de OSIPTEL, el mismo que sera de acceso publico. Articulo 4º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su notificacion a las empresas concesionarias que suscriben el Acuerdo de Interconexion, y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA V. DE MORDAZA Gerente General 16348

Que, mediante Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo Nº 010-2002-PD-OSITRAN de fecha 1 de MORDAZA de 2002 se aprobo la modificacion del Plan de Adquisiciones y Contrataciones del OSITRAN para el ejercicio 2002, considerando las reformulaciones de las partidas de Egresos de Operacion y la de Gastos de Capital; Que, el ultimo parrafo del numeral 4 del Articulo 7º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 7º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las licitaciones, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deberan ser aprobadas por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 52º del Reglamento General del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM, el titular del pliego presupuestario es el Presidente del Consejo Directivo; De conformidad con lo establecido en el Articulo 52º del Reglamento General del OSITRAN; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN, correspondiente al ejercicio presupuestal del ano 2002, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion, se informe al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de emitida la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer que, las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion se comuniquen a la Comision de Promocion de la Pequena Empresa-PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de emitida la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Autorizar la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion, se ponga a disposicion del publico en la Gerencia de Administracion y Finanzas y en la pagina Web de OSITRAN, una vez que MORDAZA sido publicada en el mencionado diario. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIANG Presidente 16299

OSITRAN
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del OSITRAN para el ano 2002
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 024-2002-PD-OSITRAN MORDAZA, 29 de agosto de 2002 VISTO: El Informe Nº 023-02-GAF-OSITRAN, de la Gerencia de Administracion y Finanzas de fecha 29 de agosto de 2002.

SUNAT
Autorizan participacion de la SUNAT en forma conjunta con el fondo de Empleados en el "Primer Programa de pago de Acreencias con Dacion en Pago de Activos Fijos y Cartera de Creditos del Banco Republica en Liquidacion"
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 124-2002/SUNAT MORDAZA, 11 de setiembre de 2002

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