NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (12/09/2002)
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TEXTO PAGINA: 50
Pág. 229856 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de setiembre de 2002 ficado de Zonificación y Vías para la regularización de ha- bilitaciones urbanas, así de conformidad con el Plano de Sistema vial Metropolitano de Lima, aprobado por Orde- nanza Nº 341-01/MML de fecha 6 de diciembre de 2001, el terreno deberá respetar las vías establecidas en el Siste- ma Vial Metropolitano: Nombre de la vía Calificación Sección Ancho de Vía AV. UNIVERSITARIA VIA ARTERIAL A-160 66.00 ml Que, por Ordenanza Nº 292-MML, en su texto corregi- do y ordenado en su Art. 4º, dispone el Cuadro de Aportes Reglamentarios, en la provincia de Lima. Que el presente Proyecto de Habilitación Urbana está sujeto a lo dispuesto en la Sexta Disposición complemen- taria de la Ley Nº 26878 y la Segunda Disposición Comple- mentaria del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Estando al Informe Nº 026-2002-DIDUR/MDC., de fe- cha 12 de febrero de 2002, de la Dirección de Infraestruc- tura y Desarrollo Urbano Rural y con opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 011-098- MTC; SE RESUELVE : Artículo Primero.- APROBAR los proyectos de Habili- tación Urbana Vía Regularización para uso de Vivienda R- 4 del terreno de 35,000.00 m2 de propiedad de la EMPRE- SA PROMOTORA DE VIVIENDA "ATLÁNTIDA" S.R. LTDA. de acuerdo al Plano signado con el Nº 004-2001-DIDUR/ MDC constituida por la Parcela Nº 201 del exFundo Caudi- villa, Huacoy y Punchauca, ubicado en el distrito de Cara- bayllo provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana de tipo Progresivo, dejando diferida las Obras de pavimentación de Pistas, Construcción de Veredas y sardineles ornamentación de Parques, muretes de señalización y rampas de min- usválidos, a la EMPRESA PROMOTORA DE VIVIEN- DA "ATLÁNTIDA" S.R. LTDA, para que ejecute en el pla- zo de veinticuatro (24) meses, las obras de Energía Eléctrica, Agua Potable y Alcantarillado del terreno de TREINTICINCO MIL METROS CUADRADOS (35,000.00 m2), cuyos proyectos se aprueban debien- do sujetarse dichos trabajos a los planos firmados y sellados, teniendo en cuenta lo siguiente: ÁREA BRUTA 35,000.00 m2 ÁREA DE VÍA METROPOLITANA 7,003.15 m2 ÁREA OU (TREN ELÉCTRICO) 2,599.00 m2 ÁREA AFECTA A APORTES 25,397.85 m2 ÁREA DE VÍAS 5,691.24 m2 ÁREA DE COMPENSACIÓN 1,543.75 m2 APORTES NORMATIVO PROYECTO DÉFICIT Recreación Pública 10% 2,539.79 702.29 1,837.50 m2 Serpar 2% 507.95 ——— 507.95 m2 M. Educación 2% 507.95 500.00 7.95 m2 El Déficit de aportes será redimido en dinero de acuer- do al Reglamento Nacional de Construcciones y la Orde- nanza Nº 292-MML. El aporte para Recreación Pública, con un área de 702.29 m2., se encuentra ubicado en la manzana I. El aporte para Ministerio de Educación se encuentra en la Manzana I, Lote 04 y tiene un área de 500.00 m2. Obras Sanitarias .- Serán ejecutadas de conformidad con proyectos de agua potable y alcantarillado aprobados por SEDAPAL. Electricidad .- Los interesados deberán poner en cono- cimiento de la Empresa Concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, debiendo ejecutar las obras de acuer- do con los Proyectos Aprobados por EDELNOR. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, Inscripción Provisio- nal Individualizada de lotes del terreno de 35,000.00 m2 constituido por la parcela Nº 201 del ex Fundo CaudivillaHuacoy y Punchauca, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; de acuerdo al siguiente detalle: Manzana Número lotes Numeración Area (m2) B 26 01 al 26 3,715.90 C 25 01 al 25 3,758.24 D 08 01 al 08 1,109.27 E 15 1 al 7 y 12 al 19 2,077.85 F 18 01 al 18 2,340.83 G 16 01 al 16 2,259.49 H 04 34 al 37 528.00 I 03 01 al 03 495.00 J 04 01 al 04 466.00 C´ 01 36 210.00 Total 120 16,960.58 m2 Artículo Cuarto.- DEBERÁ, Inscribirse en forma pre- ventiva El aporte reglamentario par Recreación Pública con un área de 702.26 m2, y el área de aporte reglamentario para el Ministerio de Educación con un área de 500.00 m2 ubicado en el Lote 04 manzana I. Artículo Quinto.- DISPONER que en garantía del pago de las liquidaciones de los derechos de trámite de Habilitaciones Urbanas pendiente de pago, queda- rán gravados a favor de la Municipalidad el Lote 04 de la Manzana J, otorgándoles un plazo de pago de 120 días, a partir de la firma de la presente, antes de ejecu- tar la garantía. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, el mismo que estará a cargo de los interesados. Artículo Sétimo.- Transcríbase a la Oficina del Regis- tro Predial de Lima, para la inscripción correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimien- to y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO TAPIA ZEGARRA Alcalde 16319 Modifican artículo de resolución que aprobó habilitación urbana para uso de vivienda de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 095-2002/MDC Carabayllo, 25 de marzo de 2002 VISTO; El expediente Nº 01845-02-P del 06-03-02, se- guido por la Promotora de Vivienda "ATLÁNTIDA" S.R. LTDA., donde solicitan la rectificación de la Resolución de Alcaldía Nº 055-2002/MDC. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 055-2002/ MDC, se aprobó la Habilitación Urbana Vía Regularización para uso de vivienda R-4 del terreno de 35,000.00 m2. de propiedad de Promotora de Vivienda "Atlántida" SR. LTDA., de acuerdo al Plano signado con el número 004-2001-DI- DUR/MDC, constituida por la parcela Nº 201 del ex fundo Caudivilla, Huacoy y Punchauca, ubicada en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; Que, habiendo detectado un error involuntario en la Resolución antes citada, en el Artículo Cuarto donde dice "con un área de 702.26 m2", y debe decir "con un área de 702.29 m2"; Estando a lo Informado por la Dirección de Infraestruc- tura y Desarrollo urbano - Rural, mediante informe Nº 044- 2002-DIDUR/MDC, y con opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Ley General de Habilitaciones Urbana Nº 26878 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 011-098-MTC;