Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2002 (14/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 14 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO
DEFENSA
Nombran Agregado de Defensa Adjunto a la Embajada del Peru en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1335-DE/MGP
MORDAZA, 16 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, por razones del servicio es necesario nombrar a un Oficial Superior para que se desempene como Agregado de Defensa Adjunto a la Embajada del Peru en Francia; Que, el Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reune los requisitos para ocupar el cargo mencionado en el considerando precedente; Que, el nombramiento referido en los considerandos anteriores, asi como las funciones inherentes al mismo, redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucional; Que, la Ley Nº 27619 concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG, de fecha 4 diciembre 1987 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG, de fecha 21 junio 2001; asi como con el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002 y la Resolucion Suprema Nº 141 DE/SG, de fecha 24 de MORDAZA 2002, regulan los viajes al exterior; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en mision diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CIP 00748754, como Agregado de Defensa Adjunto a la Embajada del Peru en MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 enero 2003. Articulo 2º.- El citado Oficial Superior pasara a revistar a ordenes de la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara el pago que corresponda, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Articulo 4º.- El Comandante General de la MORDAZA queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la mision diplomatica, sin exceder el periodo total establecido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 16538

matica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al MORDAZA Art. EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 1 de febrero del 2002 al 31 de enero de 2003, para ocupar el cargo de Adjunto al Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en la Federacion Rusa; Que, el reglamento de los Agregados Castrenses a las Embajadas del Peru acreditadas en el extranjero, RFA 03-08, capitulo 8, parrafo 8.d establece: "Cuando en un MORDAZA se encuentran acreditados dos o mas Agregados Castrenses, el mas antiguo asumira la representacion del sector Defensa"; Que, habiendo sido nombrado como Agregado MORDAZA un Oficial Superior del Ejercito mas antiguo que el MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha expedido la Resolucion Ministerial Nº 1006-DE/EP-CP-JAPE 1b. del 56-2002, que modifica el nombramiento del MORDAZA Art. EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, designandolo como Agregado de Defensa en la Federacion Rusa, en consecuencia el MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quedaria solamente como Agregado Aereo en dicho MORDAZA, manteniendo la Agregaduria de Defensa Concurrente en Belarus; Que, la Ley Nº 27619 del 4 de enero de 2002, en su Articulo 1º prescribe que las autorizaciones de viaje al extranjero otorgadas al Personal Militar que irroguen gastos al Estado seran aprobadas por Resolucion Ministerial; y, Estando a lo opinado por el Comandante de Personal, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 345 DE/FAP-CP de fecha 13 de febrero del 2002, en el sentido que se considere al MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Agregado Aereo a la Embajada del Peru en la Federacion Rusa y Agregado de Defensa Concurrente a la Embajada del Peru en la Republica de Belarus, a merito de lo expuesto en la parte considerativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 16447

Autorizan viaje de oficiales de la FAP a EE.UU. para efectuar visitas a centro de investigacion y prevencion de accidentes y ala de entrenamiento para pilotos de helicopteros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1472-DE/FAP-CP
MORDAZA, 5 de setiembre de 2002

Modifican articulo de resolucion sobre designacion de Agregado Aereo a la Embajada del Peru en la Federacion Rusa y Agregado de Defensa Concurrente en la Republica de Belarus
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1469-DE/FAP-CP
MORDAZA, 5 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, segun Resolucion Ministerial Nº 345-DE/FAP-CP de fecha 13 de febrero del 2002, se nombro en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 1 de febrero al 31 de diciembre del 2002, para ocupar los cargos de Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en la Federacion Rusa y Agregado de Defensa Concurrente a la Embajada del Peru en la Republica de Belarus; Que, con Resolucion Ministerial Nº 359-DE/EP-CP-JAPE de fecha 18 de febrero de 2002, se nombro en Mision Diplo-

Visto el oficio V-55-SGFA-EMOP-Nº 1517 de fecha 2 de MORDAZA de 2002 del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru y mensajes EMOP-081240R y 091155R julio-2002 del Jefe del Estado Mayor General; referentes al nombramiento en Comision del Servicio en el extranjero del Personal de la Fuerza Aerea que se indica; CONSIDERANDO: Que, el Personal que se indica en la parte resolutiva fue propuesto para ser nombrado en Comision del Servicio a los Estados Unidos de MORDAZA, del 21 al 25 de MORDAZA de 2002, con la finalidad de realizar una visita al Centro de Investigacion y Prevencion de Accidentes de la Fuerza Aerea del mencionado MORDAZA y al Ala de Entrenamiento para Pilotos de Helicopteros Especializados en Busqueda y Rescate en la Base Aerea de Kirtland; Que, la mencionada visita brindo al indicado Personal conocimientos teoricos y practicos asi como experiencias en el area de Prevencion de Accidentes y Operaciones de Salvamento y Rescate en provecho y beneficio de la Institucion; Que, los gastos por concepto de transporte aereo, alojamiento y alimentacion del Personal designado, fueron sufragados por el gobierno de los Estados Unidos de America;

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