NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (14/09/2002)
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Pág. 229967 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de setiembre de 2002 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Ordenan reanudar las labores paralizadas con ocasión de la huelga desarrollada por el Sindicato de Empleados de Shougang Hierro Perú S.A.A. y disponen se dé solución al pliego de reclamos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2002-TR Lima, 13 de setiembre de 2002 VISTA: La Huelga general e indefinida iniciada por el Sindicato de Empleados de Shougang Hierro Perú S.A.A. y teniendo en consideración lo regulado en el artículo 68º del Decreto Ley Nº 25593, Ley de Relaciones Colectivas, que faculta al Poder Ejecutivo a ordenar la inmediata sus- pensión de la paralización de las labores y a convocar a una junta de conciliación; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 68º del Decreto Ley Nº 25593, Ley de Relaciones Colectivas, cuando una huelga se prolongue excesivamente en el tiempo, comprometiendo gravemente a una empresa o sector productivo, o derive en actos de violencia o, de cual- quier manera asuma características graves por su mag- nitud o consecuencias, el Poder Ejecutivo podrá inter- venir ordenando mediante Resolución Suprema fundamentada, la inmediata reanudación de labores, sin perjuicio de promover el arreglo directo u otras formas de solución pacífica; Que, en ese sentido, es de apreciarse que los trabaja- dores afiliados al Sindicato de Empleados de Shougang Hierro Perú S.A.A. vienen realizando una huelga desde el día 3 de setiembre de presente año, la misma que tiene como objetivo la solución de la negociación colectiva co- rrespondiente al período 2002-2003 materia del expedien- te Nº 008-02-SD-NC-RGP-ICA; Que, es de apreciarse que la paralización realizada por los trabajadores viene comprometiendo gravemen- te el normal desenvolvimiento de las actividades del sector minero, tan fundamental para el desarrollo na- cional; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y los artículos 68º y 85º del Decreto Ley Nº 25593, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ordenar la inmediata reanudación de las labores de la actividad minera paralizada con ocasión de la huelga desarrollada por el Sindicato de Empleados de Shougang Hierro Perú S.A.A., notificándose a sus afilia- dos para que se reincorporen a sus labores habituales a partir del día siguiente de publicada la presente Resolu- ción Suprema. Artículo 2º.- Disponer que, dentro del plazo del ter- cer día de publicada la presente, las partes den solu- ción al pliego presentado por la parte laboral, bajo apercibimiento que la Autoridad Administrativa de Tra- bajo resuelva de manera definitiva dicho petitorio, con- forme al Artículo 68º del Decreto Ley Nº 25593, Ley de Relaciones Colectivas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 16605TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan representante del Ministro ante el Directorio de la Comisión Na- cional para el Desarrollo y Vida sin Dro- gas - DEVIDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 523-2002-MTC/15.01 Lima, 11 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 824, modificado por la Ley Nº 27629, la Comisión de Lucha con- tra el Consumo de Drogas - CONTRADROGAS, es un or- ganismo público descentralizado comprendido en el Sec- tor Presidencia del Consejo de Ministros, la misma que cuenta con un Directorio, el cual está conformado, entre otros, por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción o su representante; Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 032-2002- PCM, de fecha 11 de mayo de 2002, la Comisión de Lucha Contra el Consumo de Drogas -CONTRADROGAS- crea- da por el Artículo Primero del Decreto Legislativo Nº 824, modificado por la Ley Nº 27629, se denominará Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 096-2002- MTC/15.01 se designó al señor Gustavo Guerra García Picasso como representante del Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción ante el Directo- rio de la referida Comisión; Que, mediante Resolución Suprema Nº 018-2002-MTC se aceptó la renuncia formulada por el señor Gustavo Gue- rra García Picasso en el cargo de Viceministro de Trans- portes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, resulta necesario designar al representante del Ministro ante el referido Directorio; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 824 y las Leyes Nºs. 27629, 27779 y 27791; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al doctor Alberto M. Sanabria Ortiz, Viceministro de Transportes, como representante del Ministro de Transportes y Comunicaciones ante el Directo- rio de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -DEVIDA-. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER EDMUNDO REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16463 Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. y Chile, en comisión de servi- cios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 531-2002-MTC/15.02 Lima, 13 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-MTC se exceptuó de lo establecido en el numeral 3.1 del artícu- lo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectúen los Inspectores de la Dirección Ge- neral de Aeronáutica Civil con cargo a recursos públicos en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-