Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2002 (14/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 14 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Ordenan reanudar las labores paralizadas con ocasion de la huelga desarrollada por el Sindicato de Empleados de Shougang Hierro Peru S.A.A. y disponen se de solucion al pliego de reclamos
RESOLUCION SUPREMA Nº 023-2002-TR
MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 VISTA: La Huelga general e indefinida iniciada por el Sindicato de Empleados de Shougang Hierro Peru S.A.A. y teniendo en consideracion lo regulado en el articulo 68º del Decreto Ley Nº 25593, Ley de Relaciones Colectivas, que faculta al Poder Ejecutivo a ordenar la inmediata suspension de la paralizacion de las labores y a convocar a una junta de conciliacion; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 68º del Decreto Ley Nº 25593, Ley de Relaciones Colectivas, cuando una huelga se prolongue excesivamente en el tiempo, comprometiendo gravemente a una empresa o sector productivo, o derive en actos de violencia o, de cualquier manera asuma caracteristicas graves por su magnitud o consecuencias, el Poder Ejecutivo podra intervenir ordenando mediante Resolucion Suprema fundamentada, la inmediata reanudacion de labores, sin perjuicio de promover el arreglo directo u otras formas de solucion pacifica; Que, en ese sentido, es de apreciarse que los trabajadores afiliados al Sindicato de Empleados de Shougang Hierro Peru S.A.A. vienen realizando una huelga desde el dia 3 de setiembre de presente ano, la misma que tiene como objetivo la solucion de la negociacion colectiva correspondiente al periodo 2002-2003 materia del expediente Nº 008-02-SD-NC-RGP-ICA; Que, es de apreciarse que la paralizacion realizada por los trabajadores viene comprometiendo gravemente el normal desenvolvimiento de las actividades del sector minero, tan fundamental para el desarrollo nacional; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Organica del Poder Ejecutivo y los articulos 68º y 85º del Decreto Ley Nº 25593, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ordenar la inmediata reanudacion de las labores de la actividad minera paralizada con ocasion de la huelga desarrollada por el Sindicato de Empleados de Shougang Hierro Peru S.A.A., notificandose a sus afiliados para que se reincorporen a sus labores habituales a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Disponer que, dentro del plazo del tercer dia de publicada la presente, las partes den solucion al pliego presentado por la parte laboral, bajo apercibimiento que la Autoridad Administrativa de Trabajo resuelva de manera definitiva dicho petitorio, conforme al Articulo 68º del Decreto Ley Nº 25593, Ley de Relaciones Colectivas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 16605

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan representante del Ministro ante el Directorio de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 523-2002-MTC/15.01
MORDAZA, 11 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 824, modificado por la Ley Nº 27629, la Comision de Lucha contra el Consumo de Drogas - CONTRADROGAS, es un organismo publico descentralizado comprendido en el Sector Presidencia del Consejo de Ministros, la misma que cuenta con un Directorio, el cual esta conformado, entre otros, por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion o su representante; Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 032-2002PCM, de fecha 11 de MORDAZA de 2002, la Comision de Lucha Contra el Consumo de Drogas -CONTRADROGAS- creada por el Articulo Primero del Decreto Legislativo Nº 824, modificado por la Ley Nº 27629, se denominara Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 096-2002MTC/15.01 se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Picasso como representante del Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ante el Directorio de la referida Comision; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 018-2002-MTC se acepto la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Picasso en el cargo de Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, resulta necesario designar al representante del Ministro ante el referido Directorio; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 824 y las Leyes Nºs. 27629, 27779 y 27791; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al doctor MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Transportes, como representante del Ministro de Transportes y Comunicaciones ante el Directorio de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas -DEVIDA-. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 16463

Autorizan viaje de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU. y MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 531-2002-MTC/15.02
MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 015-2002-MTC se exceptuo de lo establecido en el numeral 3.1 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectuen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil con cargo a recursos publicos en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejer-

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