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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (14/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 229970 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de setiembre de 2002 el artículo 21º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Tercero.- Encargar la ejecución y control de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Cir- culación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LINO DE LA BARRERA L. Director General Dirección General de Circulación Terrestre 16465 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 801-2002-MTC/15.18. Lima, 5 de setiembre de 2002 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 0463606, 0911405, 0343906, 0490304, 0457406, 0526606, 0416406, 1595105, 0481806, 0504806, 0175206, 0472106, 0463706, 0501206, 0476506, 0462006, 0443306, 0451206, 0498706, 0468106, 0451106, 0494806, 0451006, 0444506, 0501106, 0911005, 0369206, 0418806, 0517106 y 0500806 sobre infracción al Reglamento Nacional de Tránsito, los infor- mes Nºs. 677 y 678-2002-MTC/15.18.05.03.AA. elaborado por el Área de Antecedentes de la Subdirección de Otor- gamiento de Licencias de Conducir y los memorandos Nºs. 940 y 939-2002-MTC/15.18.05. de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarías de la Policía Nacional del Perú han remitido a la Dirección de Parque Automotor y Circula- ción Vial, las licencias de conducir retenidas a sus titulares por haber infringido el Reglamento Nacional de Tránsito, al conducir vehículos con licencias de conducir cuya catego- ría no corresponde al vehículo que conducen, siendo es- tas las siguientes: Nº APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIA FECHA 1 ALVIZURI LIZANA, Nílton Carter Q-417552/A-I 28.05.02 2 AMARILLO GRAJEDA, Juan Jesús Q-334675/A-I 10.05.02 3 BARDÓN RAMOS, Mario Francisco Q-366353/A-I 06.07.02 4 CAMPOS POMA, Huilmer Hidalgo Q-427893/A-I 22.06.02 5 CANCHO CANALES, Pascual Junior Q-411908/A-I 20.07.02 6 CÁRDENAS HIDALGO, Juan Carlos Q-354344/A-I 07.06.02 7 CAVERO PINCHE, Édwin Isaac G-333108/2B1 25.10.01 8 CUADROS BLANCAS, Luis Enrique Q-047637/A-I 03.07.02 9 CUEVA MUÑOZ, Valentín Fausto Q-490803/A-I 16.07.02 10 DELGADO IDROGO, Miguel Ángel Q-408791/A-I 13.03.02 11 DÍAZ ROJAS, Alex Q-404305/A-I 05.07.02 12 FERNÁNDEZ CHILLITUPA, Jhon Alexánder Q-471479/A-I 29.06.02 13 FLORES NÚÑEZ, Raúl Elivio Q-367328/A-I 13.07.02 14 GAVINO CARRILLO, Manuel Leodan Q-350673/A-I 09.07.02 15 MANTILLA RIVERA, Dante Q-332400/A-I 03.07.02 16 MOSCOSO JAIME, Wiliams Héctor Q-301136/A-I 29.06.02 17 NAPÁN LEÓN, Pedro Jesús Q-212466/A-I 26.06.02 18 PADILLA PACO, Raúl Brian Q-489979/A-I 09.07.02 19 QUINTANA VEGA, Miguel Ángel Q-485866/A-I 13.07.02 20 RAMÍREZ CAYCHO, César Ricardo Q-301516/A-I 04.07.02 21 ROSARIO FLORES, César Q-413372/A-I 02.07.02 22 SONDOR ZAVÁLA, Miguel Isaías Q-434910/A-I 12.07.02 23 URCUHUARANGA LAZO, Miguel Ángel Q-295372/A-I 02.07.02 24 VELA REYMUNDO, Róger Julio Q-471697/A-I 22.06.02 25 VILLALOBOS ANCAJIMA, Édgard Joe Q-429408/A-I 07.07.02 26 ACOSTA AGUIRRE, Luis David M-018031/2B1 26.06.02 27 ESPINOZA ESPINOZA, Eusebio F-037354/2B2 12.06.02 28 GUILLÉN PARIAMACHI, Eleazar Javier F-516589/2B1 14.07.02 29 MATA YAURI, Richard Hugo F-039522/2B2 14.07.02 Que, los conductores indicados precedentemente, han infringido lo dispuesto en el literal F-2 del Artículo 296º del Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, al conducir vehículos con li- cencia de conducir cuya clase o categoría no corres- ponde al vehículo que conducen ; por lo tanto son pasi- bles a la sanción administrativa establecida en el literal F-2 del artículo 314º del Reglamento acotado. Que, la Dirección General de Circulación Terrestre, de conformidad con lo dispuesto en el Título VII, Capítulo III,Sección II del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, es autoridad competente para sancionar a aquellos titulares de licen- cias de conducir y conductores que han infringido el Re- glamento acotado. Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en los memorandos Nº 940 y 939-2002-MTC/15.18.05. y de Asesoría Legal en el infor- me Nº 901-2002-MTC/15.18.01 ambas dependencias de la Dirección General de Circulación Terrestre. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Tránsito, la Ley Nº 27444 y el Decreto Ley Nº 25862. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolución, con la SUSPEN- SIÓN de sus licencias de conducir por el período de un (1) año, computado a partir de la fecha de la ocurrencia de la infracción o la fecha de la remisión de los oficios por parte de las Comisa- rías de la Policía Nacional del Perú, según corresponda. Artículo Segundo.- Sin perjuicio de la publicación de la presente resolución la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial se encargará de notificar en forma perso- nal a los infractores señalados en la parte considerativa de esta resolución de conformidad con lo dispuest o en el artículo 21º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Tercero.- Encargar la ejecución y control de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Cir- culación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LINO DE LA BARRERA L. Director General Dirección General de Circulación Terrestre 16466 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Aprueban exclusiones e inclusión de procesos de selección en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio fiscal 2002 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 070-2002-P-CNM San Isidro, 10 de setiembre de 2002 VISTOS: Los informes Nº 128-2002-GL-CNM, de fecha 9 de sep- tiembre de 2002 de la Gerencia de Asuntos Legales, y Nº 122 -2002-GAF-CNM, de fecha 04 de septiembre y Nº 126- 2002-GAF-CNM de fecha 09 septiembre de 2002, de la Gerencia de Administración y Finanzas; CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Nº 008 -2002-P-CNM, de fecha 21 de enero de 2002, el Titular de Pliego aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Conse- jo Nacional de la Magistratura, para el ejercicio fiscal 2002; Que, mediante Resolución Nº 053-2002-P-CNM, se apro- bó la inclusión del Concurso Público Nacional Nº 0002-2002- CNM, sobre el Programa de Seguro Médico Familiar para los trabajadores del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, asimismo mediante los documentos de vistos, se solicita la exclusión de dos procesos de selección del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Na- cional de la Magistratura del año 2002, debido en uno de los casos que la necesidad de contar con el servicio ha desaparecido y en el otro no se cuenta con la disponibili- dad presupuestal;