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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (22/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

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Pág. 230348 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de setiembre de 2002 Que, la Dirección Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores solicita mediante Oficio Nº 1788-2002-DE/ DEEI, la ampliación, a nivel nacional, del plazo para la presentación de la "Encuesta Económica Anual 2001 de la Estadística Económica Financiera de Universidades No Estatales", fijado en la R.J. Nº 227-2002-INEI, en ra- zón a que diversas universidades han manifestado que no les ha sido posible entregar los formularios electróni- cos de la referida Encuesta debidamente diligenciados en el plazo establecido; Que, en este sentido es necesario ampliar el plazo establecido en el Art. 4º de la mencionada Resolución Jefatural, a fin de que los informantes cumplan con la presentación de los formularios diligenciados de la En- cuesta y evitar las sanciones contempladas en el Artícu- lo 87º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º, 87º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Re- glamento de Organización y Funciones del INEI; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; Ley de Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar, a nivel nacional, hasta el 18 de octubre del 2002, el plazo para la presentación de los for- mularios electrónicos debidamente diligenciados de la "En- cuesta Económica Anual 2001 de la Estadística Económi- ca y Financiera de Universidades No Estatales", a que se refiere el Artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 227-2002- INEI, los mismos que podrán ser entregados en la Direc- ción de Estadística e Informática de la Asamblea Nacional de Rectores, sito en calle Las Aldabas Nº 337 Urb. Las Gardenias, distrito de Surco en la ciudad de Lima. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 16970 Amplían plazo para la presentación de formularios de la "Estadística Pesque- ra Anual 2001" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 282-2002-INEI Lima, 19 de setiembre del 2002 Visto el Oficio Nº 174-2002-PRODUCE/OGIE de la Ofi- cina de Estadística e Informática del Ministerio de la Pro- ducción, solicitando la ampliación del plazo fijado en la R.J. Nº 230-2002-INEI. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Esta- dística e Informática", el INEI es el ente rector de los Siste- mas de Estadística e Informática y tiene entre sus funcio- nes, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimien- tos y técnicas estadísticas, utilizados por sus órganos para la producción de las Estadísticas Básicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Oficina de Estadística e Informática del Minis- terio de la Producción, con el Oficio Nº 174-2002-PRO- DUCE/OGEI, solicita la ampliación del plazo para la pre- sentación de la "Estadística Pesquera Anual 2001", a ni- vel nacional, fijado en la R.J. Nº 230-2002-INEI, en razón a la petición de diversas personas naturales y jurídicas seleccionadas que no les ha sido posible diligenciar los formularios electrónicos de la referida Encuesta; Que, en este sentido es necesario ampliar el plazo establecido en el Art. 4º de la mencionada Resolución Jefatural, a fin de que los informantes cumplan con la presentación de los formularios diligenciados de la En- cuesta y evitar las sanciones contempladas en el Artícu- lo 87º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 81º, 87º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamen- to de Organización y Funciones del INEI; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; Ley de Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar, a nivel nacional, hasta el 25 de octubre del 2002 el plazo para la presentación de los formu- larios electrónicos debidamente diligenciados de la "Estadís- tica Pesquera Anual 2001", a que se refiere el Artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 230-2002-INEI, los mismos que serán presentados en la Oficina de Estadística e Informática del Ministerio de la Producción, sito en calle 1 Oeste Nº 60 Piso 6º Urb. Corpac, San Isidro, en la ciudad de Lima y en provincias a las Direcciones Regionales de Pesquería. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 16971 Amplían plazo para la presentación de formularios electrónicos de la "Estadística Económica Financiera de Centros Educativos de Gestión No Esta- tal 2001" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 283-2002-INEI Lima, 19 de setiembre del 2002 Visto el Oficio Nº 022-ME/SPE-UEE-2002 de la Uni- dad de Estadística Educativa del Ministerio de Educa- ción, solicitando la ampliación del plazo fijado en la R.J. Nº 229-2002-INEI; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Esta- dística e Informática", el INEI es el ente rector de los Siste- mas de Estadística e Informática y tiene entre sus funcio- nes, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimien- tos y técnicas estadísticas, utilizados por sus órganos para la producción de las Estadísticas Básicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Unidad de Estadística Educativa del Ministe- rio de Educación, solicita mediante Oficio Nº 022-ME/S- PE-UEE-2002, la ampliación, a nivel nacional, del plazo para la presentación de la "Estadística Económica y Fi- nanciera de Centros Educativos de Gestión No Estatal 2001", fijado en la R.J. Nº 229-2002-INEI, en razón a que diversos Centros Educativos de Gestión No Estatal han manifestado que no les ha sido posible entregar los for- mularios electrónicos de la referida Encuesta debida- mente diligenciados en el plazo establecido; Que, en este sentido es necesario ampliar el plazo establecido en el Art. 4º de la mencionada Resolución Jefatural, a fin de que los informantes cumplan con la presentación de los formularios diligenciados de la En- cuesta y evitar las sanciones contempladas en el artículo 87º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º, 87º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Re- glamento de Organización y Funciones del INEI; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar, a nivel nacional, hasta el 18 de octubre del 2002 , el plazo para la presentación de los formularios electrónicos debidamente diligenciados de la "Estadística Económica Financiera de Centros Edu- cativos de Gestión No Estatal 2001", a que se refiere el artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 229-2002-INEI, los mismos que podrán ser presentados en las Unidades de Servicios Educativos (USE) en Lima y Callao, y en el resto del país en las Oficinas Departamentales de Esta- dísticas e Informática del INEI. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 16972