Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2002 (22/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 22 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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SUNARP
Aprueban Directiva Nº 008-2002SUNARP/SN para asegurar la adecuada y oportuna remision del Informe de Productividad Registral
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 395-SUNARP/SN MORDAZA, 17 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que la SUNARP tiene el proposito de contar con una adecuada herramienta de control de la productividad registral, para proporcionar informacion oportuna y adecuada a la Alta Direccion de la SUNARP, asi como a los Jefes de las Zonas Registrales y sus correspondientes Gerentes Tecnico Registrales; y facilitar de esta manera el cumplimiento del objetivo institucional de brindar a los usuarios un servicio eficaz, oportuno y de calidad; Que con ese proposito se establecio la obligacion de todas las Oficinas Registrales de remitir semanalmente a la Sede Central de la SUNARP, informacion estadistica relativa a los niveles de productividad del servicio registral que prestan; Que, las estadisticas aludidas en el parrafo precedente, consisten fundamentalmente de una medicion del trabajo desarrollado a lo largo de un periodo semanal, enfocado en el servicio prestado a los usuarios, a traves de solicitudes de publicidad registral o de procesos de inscripcion de titulos; y especialmente, del control del nivel de saldos de titulos pendientes de calificacion de dichos procesos; Que, el mencionado Informe de Productividad Registral se encuentra en fase de mejoramiento, a fin de asegurar que todas las Oficinas se encontraran en la capacidad de elaborarlos y remitirlos oportunamente, con los mismos niveles de calidad y consistencia de la informacion; Que, en consecuencia, se hace necesario dictar las disposiciones convenientes para la puesta en ejecucion de las mejoras en el Informe de Productividad Registral, a fin de asegurar su adecuada y oportuna remision, y consecuente utilidad; Que, por lo expuesto, y estando a lo dispuesto por el inciso l) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 008-2002SUNARP/SN, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion, la misma que sera de obligatorio cumplimiento para todas las Zonas Registrales de la SUNARP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos DIRECTIVA Nº 008-2002-SUNARP/SN 1. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES Con el proposito de contar con una adecuada herramienta de control de la productividad registral, en el lugar donde se produce el servicio y que sirviera al objetivo de lograr que este se realice de manera eficaz, oportuna y con calidad, en beneficio del publico usuario; que permitiera, a los Jefes de las Zonas Registrales y a sus correspondientes Gerentes Registrales, disponer de informacion oportuna y adecuada, para asegurar la provision del servicio en tales condiciones; que a la vez hiciera posible que la Alta Direccion de la SUNARP tuviera la misma informacion y con las mismas caracteristicas, para facilitar una adecuada toma de decisiones en su nivel; se establecio la obligacion de que cada una de las Oficinas Registrales, correspondientes a todas las Zonas Registrales del MORDAZA, remitiera semanalmente a la SUNARP en forma directa, informes estadisticos de la productividad de dicho servicio.

Las estadisticas aludidas en el parrafo precedente, consisten fundamentalmente de una medicion del trabajo desarrollado a lo largo del periodo de una semana, enfocandose en el servicio prestado a los usuarios, sea a traves de solicitudes de publicidad registral o procesos de inscripcion de titulos; y especialmente, del monitoreo de los saldos de dichos procesos. Este Informe de Productividad Registral no se ha estado recibiendo con las caracteristicas perseguidas, debido a los siguientes inconvenientes: el sistema informatico en unos casos, los sistemas de comunicacion en otros y algunos problemas derivados de limitaciones de diferente y variado MORDAZA, segun la particularidad de la realidad donde se ubica cada Oficina Registral. Las condiciones anteriores no han permitido contar, en cada periodo, con la informacion completa y consistente de todas las Oficinas Registrales: algunas de ellas han estado remitiendo la suya con atraso, en relacion y mezcladas con las de las demas de la MORDAZA Registral a la que pertenecen; otras, han establecido periodos de informacion diferentes al acordado, incluyendo el de una semana o dos de atraso, o los dias jueves como dia de corte; y se ha recibido informacion con errores o incongruente, si se compara los MORDAZA consolidados del nivel Zonal, con los que corresponden a cada Oficina Registral desagregados por Registro. Este Informe de Productividad Registral se encuentra en fase de mejoramiento, a fin de asegurar que todas las oficinas tengan la misma capacidad para elaborarlos y remitirlos oportunamente, con los mismos niveles de calidad y de consistencia de la informacion. No debe pasar inadvertido el hecho que, el indicado Informe de Productividad Registral, constituye una herramienta muy importante para la toma de decisiones, tanto de la Alta Direccion de la SUNARP, como de los propios generadores de la informacion, pues permite detectar oportunamente los problemas que afectan la provision del servicio registral, en cualquier lugar donde este sea brindado a nivel nacional, y tomar las medidas que MORDAZA necesarias para solucionarlos. Ademas, se trata de conseguir una informacion estadistica de calidad, que permita establecer comparaciones utiles entre todas las Oficinas Registrales y sus correspondientes Registros, y definir estandares de productividad por localidad y por Registro, asi como las metas correspondientes. Con la finalidad de mejorar la consistencia de la informacion y asegurar que el indicado Informe de Productividad Registral, cubra la totalidad de las Oficinas Registrales del MORDAZA, se ha determinado que este continue siendo remitido semanalmente por cada una de dichas Oficinas, pero ahora a sus respectivas Sedes Zonales, en donde la informacion sera primero consolidada y luego canalizada hacia la Sede Central de SUNARP. El Informe aludido se continuara elaborando estrictamente sobre periodos semanales, de lunes a viernes, con la diferencia que partir de la vigencia de la presente Directiva seran recibidos por SUNARP hasta las doce horas del mediodia del miercoles de cada semana, con la finalidad de que los informes elaborados por cada Oficina Registral, tengan el respectivo control de calidad y MORDAZA consolidados en su correspondiente Sede Zonal, previos a su remision por esta MORDAZA a la Sede Central de la SUNARP, junto con el MORDAZA y el de sus demas dependencias. En consecuencia, se hace necesario dictar las disposiciones convenientes para la puesta en ejecucion de las mejoras en el Informe de Productividad Registral, a fin de asegurar su adecuada y oportuna remision, y consecuente utilidad. 2. OBJETIVO REGULADOR Regular el procedimiento para el envio del Informe de Productividad Registral, que semanalmente debe ser recibido por SUNARP. 3. ALCANCE Todas las Zonas Registrales que integran el Sistema Nacional de los Registros Publicos. 4. BASE LEGAL - Ley Nº 26366, Ley de Creacion del Sistema y de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos.

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