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PÆg. 242317 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de abril de 2003 CLÁUSULA PRIMERA DE LOS FINES Realizar esfuerzos para fortalecer las relaciones bilate- rales en el sector de la Agricultura, concretando accionesen el uso y manejo eficiente del agua mediante sistemasde micro riego, con énfasis en agricultura de laderas. Diseñar mecanismos y promover actividades de coope- ración técnica para la transferencia horizontal de conoci- mientos y experiencias logradas por el Perú en materia de micro riego y que puede favorecer el desarrollo de estasactividades en beneficio de la Agricultura Salvadoreña. Firmar un Acuerdo de Cooperación Agrícola en materia de Micro Riego, para que por medio del Ministerio de Agri-cultura y otras instituciones afines de la República del Perú se apoyen los esfuerzos que realiza el Ministerio de Agri- cultura y Ganadería de la República de El Salvador. CLÁUSULA SEGUNDA DE LA ESTRUCTURA DEL CONVENIO La estructura del Acuerdo será la siguiente: 1.Antecedentes. 2. Objetivos.3. Transferencia de conocimientos y experiencias.4. Financiamiento.5. Responsabilidades.6. Seguimiento. CLÁUSULA TERCERA DE LOS ANTECEDENTES El micro riego como experiencia lograda en el Perú, brinda la alternativa de: Lograr una alta eficiencia de captación, distribución y aplicación del agua de riego para cultivos agrícolas. Aprovechar recursos propios y materiales básicos que disminuyen los costos de su implementación. El manejo de sistemas es básico y apropiado para agri- cultores que requieren adquirir la agricultura de riego. La productividad de la tierra se puede incrementar con el micro riego, mientras el sistema integral de la finca desa- rrolle una planificación. Integrar el enfoque de microcuencas para garantizar la disponibilidad en cantidad y calidad del agua, conside-rando el uso múltiple y las prioridades del recurso en elentorno socioeconómico y ambiental. CLÁUSULA CUARTA DEL OBJETIVO El Objetivo Principal del Acuerdo es promover la trans- ferencia de conocimientos y experiencias en materia de micro riego, que la República del Perú ha logrado, para integrarla a los esfuerzos técnicos que la hermana Repúbli-ca de El Salvador está realizando. Para concretar el objetivo del Acuerdo, el Ministerio de Agricultura y Ganadería de El Salvador elaborará unPlan de Acción en coordinación con el Ministerio de Agricultura del Perú, que considere las actividades, pro- gramación, responsabilidades y resultados esperados. CLÁUSULA QUINTA DE LA TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIAS Para la transferencia de conocimientos y experien- cias el Ministerio de Agricultura de la República del Perú en coordinación con las instancias locales, definirá unárea piloto para hacer viable el desarrollo de: los méto-dos más apropiados de micro riego, brindar la asesoríatécnica a nivel de sistemas de riego y parcelas, formarrecursos humanos bajo la modalidad de entrenamiento en servicio, principalmente profesionales que pueden adoptar la modalidad de capacitadores y también paraproductores y productoras regantes. La documentaciónde las experiencias será uno de los aspectos importan-tes a desarrollar.Entre los aspectos claves de la asesoría técnica en materia de micro riego se consideran: lograr el uso eficien-te del agua, manejar el agua a nivel de parcela, mejorar laproductividad y cantidad de agua, y el uso múltiple del agua. CLÁUSULA SEXTA DEL FINANCIAMIENTO Sobre el financiamiento, ambas partes se proponen realizar esfuerzos para garantizar la implementación delárea piloto y las actividades involucradas en el presenteAcuerdo. El Ministerio de Agricultura de la República del Perú, proporcionará en el Perú, asistencia y apoyo técnico a través de expertos peruanos en micro riego, a los fun- cionarios o técnicos que designe el Ministerio de Agricul-tura y Ganadería de la República de El Salvador. Los gastos que irrogue la ejecución de esta cláusula, serán de cargo de la parte que envía sus especialistas oexpertos. CLÁUSULA SÉPTIMA DE LAS RESPONSABILIDADES Para garantizar la buena marcha del Convenio y lograr una calidad excelente de resultados, se nombrará a un equipo asesor designado por ambas partes. El Ministerio de Agricultura y Ganadería de la República de El Salvador, a través de su infraestructura física, técni-ca, administrativa y logística, brindará facilidades a los ex-pertos peruanos para que logren su misión en el marco del Acuerdo. Ambas partes mantendrán recíprocamente sus dere- chos relacionados con los productos y resultados logradospor medio del esfuerzo conjunto (caso de publicaciones,logros de campo y otros). CLÁUSULA OCTAVA DEL SEGUIMIENTO Los responsables de la ejecución de las actividades, elaborarán anualmente un informe para evaluar los resul- tados alcanzados y fortalecer y/u orientar las estrategias de trabajo. CLÁUSULA NOVENA DE LAS COMUNICACIONES Toda comunicación entre las partes, deberá hacerse por escrito, la cual se tendrá por realizada cuando hayasido entregada de mano a mano de sus representantes ode sus mandatarios o enviada por correo o fax a las direc-ciones siguientes: - DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, Final 1ª avenidaNorte, Nueva San Salvador, telefax (503) 228-5040. - DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA DE LA REPÚ- BLICA DEL PERÚ, pasaje Zela Nº 150, Jesús María, Lima - Perú. Fax (511) 431-2670. CLÁUSULA DÉCIMA DE LA DURACIÓN El plazo de duración de este Acuerdo será de tres (3) años, entrando en vigencia a partir de la fecha en que sea firmado. Este Acuerdo podrá darse por termi-nado siempre que una de las Partes dé aviso por medioescrito a la otra, con seis (6) meses de anticipación. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA DE LA MODIFICACIÓN Cualquier modificación que sea necesario hacerle a este Acuerdo, se hará por mutuo consentimiento de lasPartes, mediante acuerdos específicos que en su oportu-nidad se suscriban, los cuales deberán ser congruentes con el objetivo del Acuerdo y se entenderán incorpora- dos al mismo.