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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (16/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 242753 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de abril de 2003 neamiento y Cooperación Técnica, y de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones delInstituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contra- tación del Servicio de Seguros Personales del Instituto Na-cional de Estadística e Informática, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- Aprobar, en vías de regularización, la exoneración del proceso de selección correspondiente para la prestación del servicio de seguros que se refiereel artículo precedente y autorizar a la Oficina Técnica de Administración, para que proceda a la contratación in- mediata de dicho servicio mediante una Adjudicación deMenor Cuantía por un valor referencial de Doscientos Sesenta y Cuatro Mil Novecientos Sesenta y Nueve y 36/100 Nuevos Soles (S/. 264,969.36), con cargo a lafuente de financiamiento de recursos ordinarios, que comprende los meses de abril y mayo del presente año. Artículo 3º.- Remítase copia de la presente Resolu- ción, de los informes técnico-legal así como de la docu- mentación sustentatoria a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecido por Ley. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 07421 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 101-2003-INEI Lima, 3 de abril del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática mediante Concurso Público Nº 001-2003-INEI, convocó unproceso de selección para la prestación del Servicio de Se- guros Personales y No Personales, el cual fue declarado desierto por no haberse presentado ningún postor; Que a través del Informe Nº 021-2003-INEI/OTA-OEAS, la Dirección Técnica de Administración se precisa que el contrato con Generalli Perú Compañía de Seguros y Rease-guros, vence el 1 de abril, y que debido a la situación des- crita en el considerando precedente, se ha derivado en una situación extraordinaria no prevista, para la contrata-ción del servicio de seguros, poniendo en riesgo la cober- tura de los bienes patrimoniales y por consiguiente com- prometiéndose sustancialmente la continuidad de los ser-vicios o de las operaciones esenciales que realiza el INEI, configurándose lo establecido en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, como una situación de urgencia; Que, en aplicación del artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, mediante Informe Nº 008-2003-INEI/OTAJ, la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica, ha emitido opinión preci-sando que se cumple con lo señalado en el Art. 21º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por cuanto el no contar condicho servicio durante el período que dure el proceso de Concurso Público (2da. Convocatoria), se compromete sustancialmente la continuidad de los servicios o de lasoperaciones esenciales que realiza el INEI, ya que se pondría en riesgo la cobertura de los bienes patrimonia- les, lo cual contravendría lo dispuesto por la Norma deControl Interno Nº 300-08 "Protección de bienes de Ac- tivo Fijos", en consecuencia se debe declarar en situa- ción de urgencia la contratación del Servicio de SegurosNo Personales, a fin de actuar con urgencia y celeridad en la contratación de la respectivas pólizas de seguros, para lo cual se debe emitir la Resolución Jefatural co-rrespondiente, de conformidad a lo dispuesto en los ar- tículos 19º y 20º del TUO de la acotada Ley;Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del artí- culo 19º y el artículo 20º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con el De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exonerados de losprocesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia declaradas de con- formidad con la presente Ley, debiendo efectivizarse estasmediante el proceso de adjudicación directa de menor cuan- tía, y se aprobarán mediante Resolución del titular del Pliego, requiriendo de un informe técnico legal previo; dicha resolu-ción será publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copia de la misma y de los informes que la susten- tan a la Contraloría General de la República, dentro de los 10días siguientes a su aprobación; Que, el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,establece que la situación de urgencia debe entenderse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisición o contratación como medida tem-poral, sin perjuicio de que se realice el proceso de selec- ción correspondiente para la contratación definitiva; Que, en consecuencia al haberse producido una situa- ción enmarcada en el literal c) del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado resulta, procedente declarar en situación de urgencia y autorizar lacontratación del servicio de seguros no personales, me- diante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía en tanto concluya el proceso de selección respectiva; Que, por razones de financiamiento se considera con- veniente realizar independientemente la convocatoria para la contratación del seguro no personal; Con las visaciones de las Oficinas Técnicas de Ad- ministración, Asesoría Jurídica y de Presupuesto, Pla- neamiento y Cooperación Técnica, y de conformidad conlo establecido en el Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones delInstituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contratación del Servicio de Seguros No Personales del Instituto Nacional de Estadística e Informática, por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Aprobar, en vías de regularización, la exo- neración del proceso de selección correspondiente para la prestación del servicio de seguros que se refiere el artículo precedente y autorizar a la Oficina Técnica de Administra-ción, para que proceda a la contratación inmediata de dicho servicio mediante una Adjudicación de Menor Cuantía por un valor referencial de Cuarenta y Dos Mil Quinientos Vein-tiuno y 91/100 Nuevos Soles (S/. 42,521.91), con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios, que com- prende los meses de abril y mayo del presente año. Artículo 3º.- Remítase copia de la presente Resolu- ción, de los informes técnico-legal así como de la docu- mentación sustentatoria a la Contraloría General de laRepública, dentro de los plazos establecido por Ley. Regístrese y comuníquese.EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 07422 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a zonas y sitios arqueológicos ubicados enlos departamentos de Amazonas, Cusco, Pasco, Lima, Arequipa y Cajamarca RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 149/INC Lima, 25 de marzo de 2003