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PÆg. 242755 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de abril de 2003 Que, mediante Acuerdo Nº 062, de fecha 27 de enero de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cul-tural de la Nación a la Zona Arqueológica Urqo, ubi- cada en el distrito y provincia de Calca, departamen- to de Cusco; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Arqueológico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004- 2000-ED que aprueba el Reglamento de InvestigacionesArqueológicas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica de Urqo, ubicada enel distrito y provincia de Calca, departamento de Cus- co. Artículo 2º.- Aprobar el Plano de Delimitación de la Zona Arqueológica de Urqo, de fecha 3 de diciembre de 2002, a escala 1/2000, con un área de 778,134.26 me- tros cuadrados y un perímetro de 4,465.59 metros linea-les, ubicada en el distrito y provincia de Calca, departamento de Cusco, con su respectiva Ficha Técni- ca y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condi-ción de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica mencionada en el Artículo 1º de la pre- sente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudie-se afectar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultu-ra. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori-dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 07282 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 152/INC Lima, 25 de marzo de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 072 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 03 de fecha 3 de febrero de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho públicointerno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger ydeclarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora- les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 072, de fecha 3 de febrero de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional delInstituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cul- tural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológi- cos:Sitio Distrito Provincia Departamento Arqueológico Huarautambo Y anahuanca Daniel Alcides Carrión Pasco Gashcar Santa Ana de Cusi Daniel Alcides Carrión Pasco Yarush Yarusyacan Cerro de Pasco Pasco Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Arqueológico y la GerenciaLegal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los siguientes Sitios Arqueológicos: Sitio Distrito Provincia Departamento Arqueológico Huarautambo Y anahuanca Daniel Alcides Carrión Pasco Gashcar Santa Ana de Cusi Daniel Alcides Carrión Pasco Yarush Yarusyacan Cerro de Pasco Pasco Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura Pasco del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboración de los Planos de Delimitación de los precitados SitiosArqueológicos con sus respectivas Fichas Técnicas y Memorias Descriptivas. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueoló-gicos mencionados en el artículo 1º de la presente Re- solución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudie- se afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicosdeclarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultu- ra. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori- dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 07283 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 159/INC Lima, 25 de marzo de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 077 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 04 de fecha 3 de febrero de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico yartístico, así como las manifestaciones culturales, ora- les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 077, de fecha 3 de febre- ro de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo-