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PÆg. 242757 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de abril de 2003 ubicada en el distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico y de Ubicación de la Zona Arqueológica Piedra Grande -Ayanquera, de fecha junio de 2002, a escala 1/1000, con un área de 348,234.38 metros cuadrados y un perímetro de 2,468.26 metros lineales, ubicada en eldistrito de Cocachacra, provincia de Islay, departa- mento de Arequipa, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condi-ción de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica mencionada en el artículo 1º de la pre- sente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudie-se afectar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultu-ra. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori-dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 07288 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 162/INC Lima, 25 de marzo de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 091 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 05 de fecha 10 de febrero de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho públicointerno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger ydeclarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora- les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 091, de fecha 10 de fe- brero de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueo- logía recomienda a la Dirección Nacional del InstitutoNacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Ayanquera, ubicada en el distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamen-to de Arequipa; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Arqueológico y la GerenciaLegal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a la Zona Arqueológica Ayanquera, ubicada en el distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamen- to de Arequipa. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico y de Ubica- ción de la Zona Arqueológica Ayanquera, de fecha junio de 2002, a escala 1/500, con un área de 33,412.50 me-tros cuadrados y un perímetro de 1,097.95 metros linea- les, ubicada en el distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa, con su respectiva Fi- cha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condi-ción de Patrimonio Cultural de la Zona Arqueológica mencionada en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudie-se afectar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultu-ra. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori-dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 07289 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 164/INC Lima, 25 de marzo de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 086 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 05 de fecha 10 de febrero de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Orga- nismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica dederecho público interno, responsable de la promo- ción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Culturalde la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encargaal Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, ora-les y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 086, de fecha 10 de febrero de 2003, la Comisión Nacional Técnica deArqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cul- tural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológi-cos: Sitio Distrito Provincia Departamento Arqueológico El Templo Querocoto Chota Cajamarca El Rollo (35A) Querocoto Chota Cajamarca Piedra del Inca (31) Querocoto Chota Cajamarca Agua de Montaña (36,37,38 y 38A) Querocoto Chota Cajamarca Paujiles Alto (41) Querocoto Chota Cajamarca Los Cántaros (42) Querocoto Chota Cajamarca Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva, Direc- ción General de Patrimonio Arqueológico y la GerenciaLegal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los siguientes Sitios Arqueológicos: