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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (01/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G30/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 1 de agosto de 2003 Ley Nº 26920, puedan solicitar y obtener los respectivos permisos de pesca; Que mediante los escritos del visto, los señores MA- NUEL DE LA CRUZ OROSCO CASTRO y VALENTINAPALMA DE OROSCO solicitan permiso de pesca para ope-rar la embarcación pesquera de madera "JOSÉ NICOLAYNº 2" de matrícula Nº PL-1520-CM, con Arqueo Neto de15.36 equivalente a 65.00 m3 de capacidad de bodega, enla extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta parael consumo humano directo e indirecto, y sardina, jurel ycaballa para el consumo humano directo; Que de la evaluación efectuada a los documentos al- canzados y que obran en el expediente sobre solicitud depermiso de pesca para acceder a la extracción de los re-cursos hidrobiológicos anchoveta para el consumo huma-no directo e indirecto y a los recursos sardina, jurel y caba-lla para consumo humano directo, se ha determinado quela recurrente ha cumplido con los requisitos procesales ysustantivos establecidos por la Ley Nº 26920, su Regla-mento, aprobado mediante Decreto Supremo 003-98-PE,modificado por los Decretos Supremos Nº 004-2002-PRO-DUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, y sus respectivas nor-mas complementarias, por lo que resulta procedente otor-gar el permiso solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 243-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con la visación de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, laResolución Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y demásnormas complementarias, el Texto Único de Procedimien-tos Administrativos del Ministerio de Pesquería (actualmenteMinisterio de la Producción) aprobado mediante DecretoSupremo Nº 004-2002-PE, los Decretos Supremos Nº 012-2001-PE y Nº 007-2002-PRODUCE, y la Resolución Mi-nisterial Nº 127-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a los señores MANUEL DE LA CRUZ OROSCO CASTRO y VALENTINAPALMA DE OROSCO, para operar la embarcación pesquerade madera denominada " JOSÉ NICOLAY Nº 2" de matrí-cula Nº PL-1520CM, de Arqueo Neto 15.36 equivalente a65.00 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de losrecursos hidrobiológicos anchoveta con destino al consu-mo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurely caballa con destino al consumo humano directo, con usode cajas con hielo como medio de preservación a bordo, yutilizando redes de cerco con longitud mínima de aberturade malla de ½ y 1½ pulgadas (13 y 38 mm.) según corres-ponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco(5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso delos recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina y fuerade las 10 millas marinas adyacentes a la costa para el casode los recursos jurel y caballa. Artículo 2º .- Conforme a los artículos 1º y 2º de la Re- solución Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE, y hasta quese concluya con el proceso de implementación del Sistemade Seguimiento Satelital en las embarcaciones pesquerascon permiso de pesca vigente obtenido al amparo de laLey Nº 26920, el armador de la embarcación citada en elartículo 1º de la presente resolución está obligado a solici-tar, previo a cada zarpe con fines de pesca, el embarquede un inspector acreditado, de acuerdo a las disposicionesque se establezcan por Resolución Ministerial. Artículo 3º .- El permiso de pesca otorgado en el artículo 1º de la presente Resolución, queda sujeto a lodispuesto en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobadomediante Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado porlos Decretos Supremos Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolución Mi-nisterial Nº 130-2002-PRODUCE, normas de sanidad, nor-mas de protección del medio ambiente, así como demásnormas complementarias del ordenamiento jurídico pes-quero nacional. Artículo 4º.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente resolución está supeditada a la operati-vidad de la embarcación pesquera, a la realización de acti-vidad extractiva en el ejercicio previo, al embarque de uninspector acreditado conforme al articulo 3º de la presente resolución o a la instalación del Sistema de SeguimientoSatelital - SISESAT a bordo de la referida embarcación,cuando corresponda, y al pago por concepto de derechosde pesca que acredite el armador con la respectiva cons-tancia, el mismo que será abonado por el armador pesque-ro conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007-2002-PRODUCEy las normas que lo modifiquen o sustituyan, y cuyo incum-plimiento será causal de suspensión o caducidad del dere-cho otorgado según corresponda. Artículo 5º.- Incorporar el permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera "JOSÉ NICOLAY Nº2" de matrícula Nº PL-1520-CM, a través de la presenteResolución, en el literal B) del Anexo I de la ResoluciónMinisterial Nº 191-2002-PRODUCE. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vi-gilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Ge-neral de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de De-fensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería Tum-bes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequi-pa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 14252 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G2D /G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61/G20/G43/G61/G70/G72/G69/G63/G6F/G72/G6E/G69/G6F/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G73/G6F/G62/G72/G65 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G63/G72/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G66/G6C/G6F/G74/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 197-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 15 de julio del 2003 Visto el escrito con registro Nº CE-04725001 de fecha 29 de abril de 2003, presentado por PESQUERA CAPRI-CORNIO S.A.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 252-95-PE de fecha 16 de mayo de 1995, se otorgó, entre otros, permisode pesca a SALTA MAR S.A, para operar la embarcaciónpesquera "SANTOÑA II", de matrícula Nº CE-1854-PM, con140 TM de capacidad de bodega, para dedicarse a la ex-tracción de recursos hidrobiológicos con destino al consu-mo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuerade las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cercocon longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm); Que por Resolución Directoral Nº 254-2002-PE/DNE- PP de fecha 09 de julio de 2002, se aprobó a favor de PES-QUERA CAPRICORNIO S.A., el cambio de titular del per-miso de pesca otorgado a SALTA MAR S.A. mediante Re-solución Ministerial Nº 252-95-PE, para operar la embar-cación pesquera "SANTOÑA II", de matrícula Nº CE-1854-PM, con una capacidad de bodega de 140.69 m3, en losmismos términos y condiciones; Que a través de la Resolución Directoral Nº 093-2002- PRODUCE/DNEPP del 28 de octubre de 2002, se otorgó aPESQUERA CAPRICORNIO S.A., autorización de incre-mento de flota vía sustitución de la capacidad de bodega yderechos de la embarcación pesquera "CAPRICORNIO 1",de matrícula Nº CO-1457-CM, para la construcción de unaembarcación pesquera de 58.03 m3 de capacidad de bo-dega, con acceso a la extracción de los recursos anchove-ta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que mediante el escrito del visto, PESQUERA CAPRI- CORNIO S,A. solicita autorización de incremento de flo-ta para la construcción de dos embarcaciones pesque-ras con 99.36 m3 de capacidad de bodega cada una,para dedicarlas a la extracción de los recursos anchove-ta y sardina, con destino al consumo humano indirecto,vía la acumulación de los derechos de capacidad de bo-dega por 58.03 m3 otorgados por Resolución DirectoralNº 093-2002-PRODUCE/DNEPP con los derechos desustitución de la embarcación pesquera "SANTOÑA II",de matrícula Nº CE-1854-PM, con 140.69 m3 de capaci-dad de bodega;