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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (08/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 249457 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de agosto de 2003 y actuales funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa, tal como se detalla en el citado In-forme; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del Artícu- lo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución del sistema emitir como resulta- do de las acciones de control efectuadas, los informesrespectivos con el debido sustento técnico y legal, cons-tituyendo prueba preconstituida para el inicio de las ac-ciones administrativas y/o legales que sean recomen-dadas en dicho Informe; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar la intervención de la Procuradora Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, para que interponga las acciones judiciales quecorrespondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27785, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto LeyNº 17667, Ley Nº 27793 y el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES modificado por Decreto SupremoNº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que en representacióny defensa de los intereses del Estado proceda a iniciar eimpulsar las acciones judiciales contra las personas com-prendidas en el Informe Nº 11-IE-03-2003-02-0309 y con-tra aquellas que resulten responsables, por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionadaProcuradora Pública para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 14873 PRODUCE Suspenden entrada en vigencia del D.S. N” 004-2003-PRODUCE que apro-bó el Reglamento TØcnico sobre Etique-tado de Calzado y su Anexo DECRETO SUPREMO Nº 021-2003-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-PRO- DUCE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 defebrero de 2003, se aprobó el Reglamento Técnico sobreEtiquetado de Calzado y su Anexo; Que, el referido Reglamento Técnico establece los requisitos de etiquetado mínimo aplicables a todo tipo de calzado, sea nacional o importado, siendo su cumpli- miento de carácter obligatorio; Que, no obstante el plazo de adecuación contempla- do en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 004-2003-PRODUCE, las asociaciones de fabricantes nacionalese importadores de calzado han puesto en conocimiento del Sector Producción los inconvenientes para el cumpli- miento del referido Reglamento Técnico, solicitando sumodificación en determinados aspectos; Que, con la finalidad de revisar sus disposiciones en el marco de un proceso de discusión pública entre todoslos sectores involucrados, se ha considerado convenien-te dejar en suspenso la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 004-2003-PRODUCE; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Suspensión de entrada en vigencia Suspéndase, hasta el 8 de febrero de 2004, la entra- da en vigencia del Decreto Supremo Nº 004-2003- PRODUCE. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Co- mercio Exterior y Turismo y por el Ministro de la Produc- ción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de agosto del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 14908 RELACIONES EXTERIORES Modifican coeficiente de remunera- ción por categoría de la Categoría Em-bajador DECRETO SUPREMO Nº 091-2003-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 171-2003- RE de 17 de julio de 2003, se resolvió disminuir en10% el monto de la remuneración por Servicio Exteriorque perciben los Jefes de misión de las Embajadas yrepresentaciones Permanentes del Perú en el exterior, encargándose a la Dirección General de Administra- ción del Ministerio de Relaciones Exteriores la elabo-ración de las disposiciones legales necesarias para suaplicación; Que, la Ley Nº 28034 del 22 de julio de 2003, dictó medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público; Que, con el fin de implementar medidas de austeri- dad en el gasto para lo que resta del presente ejerci-cio presupuestal, conforme a lo establecido por laLey Nº 28034 y en virtud de lo dispuesto por la Reso-lución Suprema Nº 171-2003-RE, es necesario modi- ficar el Coeficiente de Remuneración por Categoría - CRC de la Categoría Embajador, establecido enel Decreto Supremo Nº 16-95-RE de 16 de junio de1995, que aprueba el Sistema de Remuneraciones yBonificaciones por Servicio Exterior de la Repúbli-ca, para las distintas categorías del personal diplo- mático; Que, es necesario derogar la Resolución Suprema Nº 171-2003-RE; En uso de las facultades conferidas por el nume- ral 8 del Artículo 118º de la Constitución Política delPerú;