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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G34/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 8 de agosto de 2003 CNJ. Depende funcional y administrativamente de la Contraloría General de la República. Está a cargo de un Jefe que es designado por la Contraloría General de la República mediante concurso público de méri- tos. Artículo 15º.- Funciones Son funciones de la Oficina de Control Institucio- nal: a) Formular, proponer y ejecutar la política de con- trol de la Comisión Nacional de la Juventud, de acuer- do con las normas vigentes sobre Auditoría Guberna- mental. b) Asesorar a la Alta Dirección y a los demás órganos de la CNJ en materia de control y auditoría. c) Formular y evaluar el Plan Anual de Control de la CNJ, para elevarlo simultáneamente a la Presidencia de la CNJ para su conocimiento y a la Contraloría General de la República. d) Ejecutar las acciones contenidas en el Plan Anual de Control autorizado, así como exámenes especiales, auditorías, investigaciones e inspecciones que dispon- gan instancias superiores dentro del ámbito de su com- petencia. e) Presentar el Informe sobre el Control de Legalidad de la información presupuestaria elaborada por la Insti- tución, conforme lo establecen los dispositivos legales vigentes. f) Efectuar el seguimiento de la implementación de las recomendaciones y la aplicación de acciones y medi- das correctivas. g) Informar a la Presidencia de la CNJ, a la Contralo- ría General de la República y al Órgano de Control de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre los resulta- dos de las acciones de control. h) Realizar inspecciones e investigaciones de las pre- suntas irregularidades detectadas, determinando las res- ponsabilidades correspondientes. i) Participar como observador en los Comités de Lici- taciones, Concursos y Bajas de Bienes y otros que seña- len las normas vigentes. j) Otras propias de su función. CAPÍTULO V De los Órganos de Línea Artículo 16º.- Gerencia de Promoción, Organiza- ción y Gestión La Gerencia de Promoción, Organización y Ges- tión es el órgano de línea encargado de diseñar, pro- gramar, dirigir y supervisar la promoción en beneficio de los jóvenes con su participación activa. Está a car- go de un Gerente quien depende jerárquicamente de la Presidencia. Artículo 17º.- Funciones Son funciones de la Gerencia de Promoción, Organi- zación y Gestión: a) Elaborar y conducir los lineamientos de política orientados a la promoción de los deberes y derechos de los jóvenes. b) Elaborar y proponer normas, métodos e instrumen- tos técnicos que promuevan el desarrollo de actividades de promoción, posibilitando la eficiencia en la ejecución de las acciones. c) Fortalecer, en coordinación con las entidades públicas y organizaciones de la sociedad civil, los me- canismos de participación de la juventud organizada; promoviendo actividades de carácter recreativo, de- portivo, artístico, cultural, social y otros para lograr una participación sana y efectiva que contribuya al desarrollo espiritual, físico, psicológico y social de la población joven. d) Promover con la comunidad, entidades del sector público y privado programas de resocialización y progra- mas contra todo tipo de exclusión social. e) Promover y brindar asesoría técnica al proceso eleccionario de los distintos estamentos que confor- man el Consejo de Participación de la Juventud. f) Acreditar y certificar a las instituciones públicas y privadas señaladas en el inciso l) del artículo 17º del Re- glamento de la Ley Nº 27802.g) Conducir los Registros Nacionales de Organiza- ciones Juveniles e instituciones públicas y privadas a quie- nes acredite el CNJ. Artículo 18º.- Gerencia de Investigación y Desa- rrollo La Gerencia de Investigación y Desarrollo es el órga- no de línea de la CNJ, encargado de formular y desarro- llar planes, programas y proyectos viables que atiendan las demandas y aspiraciones de los jóvenes. Está a car- go de un Gerente quien depende jerárquicamente de la Presidencia. Artículo 19º.- Funciones Son funciones de la Gerencia de Investigación y De- sarrollo: a) Articular los planes, programas sobre temas de ju- ventud al nivel de todas las entidades públicas. b) Efectuar y promover investigaciones, estudios y eventos referidos con la población joven. c) Promover el desarrollo de actividades de capacita- ción técnica y opciones ocupacionales que permitan a los jóvenes, la generación de ingresos, condiciones de vida. d) Incentivar y motivar la investigación científico-so- cial en los jóvenes. e) Organizar la cartera de proyectos en favor de la juventud y canalizarlo a la Cooperación Técnica Nacio- nal e Internacional. f) Conducir el centro de documentación e información. g) Monitorear y evaluar el avance de los programas y proyectos que se ejecutan con la Cooperación Técnica Internacional. CAPÍTULO VI De los Órganos de Asesoría Artículo 20º.- Oficina de Planeamiento La Oficina de Planeamiento, es el órgano encar- gado de asesorar a la Alta Dirección en la formula- ción y evaluación de las políticas, planes y progra- mas institucionales. Asimismo, dirige, formula, eva- lúa y asesora las actividades de la CNJ referidas a la conducción en la elaboración del Plan Nacional de la Juventud y los procesos de Planificación, Presupues- to, Desarrollo Organizacional y Estadística. Está a cargo de la gestión de la Cooperación Técnica Inter- nacional. Mantiene relación técnico funcional con la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Está a cargo de un Jefe quien depende jerárquicamente de la Presidencia. Artículo 21º.- Funciones Son funciones de la Oficina de Planeamiento: a) Asesorar a los órganos de la Institución y a las Entidades conformantes del CONAJU, en los aspectos relacionados al ámbito de su competencia. b) Formular y proponer a la Alta Dirección, las políti- cas, objetivos, metas y presupuesto de la CNJ en fun- ción de la política sectorial y nacional. c) Formular y proponer a la Presidencia los planes estratégicos y los planes operativos en coordinación con los distintos órganos. d) Normar, orientar y conducir las tareas de formula- ción, programación y evaluación del Plan Estratégico Ins- titucional y el Plan Operativo Institucional. e) Elaborar y proponer los instrumentos normativos de gestión, tales como: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), Manual de Organización y Funciones (MOF), Di- rectivas, Manuales de Procedimientos y otros documen- tos técnico - normativos de la CNJ, en coordinación con la Unidad de Recursos Humanos. f) Evaluar periódicamente el cumplimiento de los ob- jetivos, metas, acciones y actividades previstas en los planes, programas, presupuesto, proyectos y actividades de la CNJ, así como la pertinencia de las estrategias es- tablecidas. g) Proponer, conducir y evaluar los procesos de de- sarrollo organizacional. h) Analizar y mantener actualizada la información es- tadística de la CNJ.