Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2003 (14/08/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

Pag. 249786
VISTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2003

La resolucion de fecha veintitres de junio del ano dos mil tres, expedida por la senora Jueza del Sexagesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia de fecha 1 de MORDAZA de 2003, declaro fundada la accion de MORDAZA, seguida por el doctor MORDAZA MORDAZA Li MORDAZA, contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaida en el Expediente Nº 0205-2003-AA/TC; y en consecuencia inaplicable el acuerdo del Pleno del Consejo de fecha 14 de setiembre de 2001 y la Resolucion Nº 211-2001-CNM, de fecha 15 de setiembre de 2001, ordenando la reincorporacion del demandante en el cargo de Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Distrito Judicial de La Libertad; Que, la senora Jueza del Sexagesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, mediante resolucion de visto, requiere al Consejo Nacional de la Magistratura cumpla con lo ordenado en la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional; Que, al no haber plaza vacante en el Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, Distrito Judicial de La MORDAZA, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura, asignarle plaza similar; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de la sesion de fechas 17 de MORDAZA y 7 de agosto de 2003; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4). de la Constitucion Politica del Peru, y 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA, en el cargo de Juez de Paz Letrado de MORDAZA, Distrito Judicial de La Libertad. Segundo.- Expedir el titulo de Juez de Paz Letrado de MORDAZA, Distrito Judicial de La MORDAZA, al doctor MORDAZA MORDAZA LI TERRONES. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 15207

Que, mediante Resolucion Nº 254-2003-JEF/RENIEC se modifico la estructura organica del RENIEC, incluyendose a la Secretaria General dentro de la Jefatura Nacional; Que, resulta pertinente efectuar la designacion como fedatario de personal de la Secretaria General del RENIEC a fin de que puedan autenticar los documentos administrados dentro de dicha area, asi como de la Institucion que requieren ser publicados en el Diario Oficial El Peruano; En consecuencia en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 869-2003-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo MORDAZA de la Resolucion Jefatural Nº 037-2003-JEF/RENIEC; en el sentido de incluir como fedatario institucional a la abogada Lia Llanet MORDAZA MORDAZA, perteneciente a la Secretaria General. Articulo Segundo.- Mantengase vigente en todos sus extremos el contenido de la Resolucion Jefatural Nº 0372003-JEF del 4 de febrero de 2003, que no hayan sido modificados por la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15149

Autorizan a procurador a interponer acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica en agravio de la institucion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 371-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 8 de agosto de 2003 Vistos, el Informe Nº 159-2003-ADRIA/DP/GP, el Informe Nº 222-2002/GO/DCP/OHC y el Oficio Nº 280-2003GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 4 de junio del 2003. CONSIDERANDO:

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Modifican la R.J. Nº 037-2003-JEF/RENIEC mediante la cual se designaron a fedatarios institucionales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 368-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 8 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 012-2003-JEF/ RENIEC, del 17.ENE.2003, se aprobo el Reglamento Interno de Fedatarios del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, conforme lo senala el articulo 127º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, cada entidad publica designara fedatarios institucionales, quienes sin exclusion de sus labores ordinarias brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, mediante Resolucion Nº 037-2003-JEF/RENIEC se designo a Fedatarios Institucionales pertenecientes a diversas Gerencias y Divisiones;

Que, la Oficina de Habilitaciones y Cancelaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor de fiscalizacion, ha detectado que la ciudadana no identificada, en atencion al MORDAZA de Veracidad de las declaraciones y dada la simplificacion administrativa para el procedimiento registral solicito Inscripcion en el Registro Unico de Personas Naturales, utilizando para tal fin sustentos falsos con la intencion de usurpar la identidad de la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, introduciendo de esta forma datos falsos en instrumento publico, motivando la cancelacion de la Inscripcion fraudulenta por la Gerencia de Procesos, al tratarse de un tramite irregular; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicios razonables de la comision de presuntos delitos Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º respectivamente, del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.