Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2003 (14/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2003

cios Auxiliares, adoptaran las acciones complementarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 15099

Declaran nulidad de licitacion publica en diversos items sobre adquisicion de reactivos y sustancias quimicas para la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. Nº 6130-2003-UNFV
San MORDAZA, 6 de agosto de 2003 Vistos, el Oficio Nº 020-2003-CE/LPI Nº 0005-2003UNFV, del Comite Especial encargado de la Licitacion Publica Internacional Nº 0005-2003-UNFV - "Adquisicion de Reactivos y Sustancias Quimicas"; el Informe Legal Nº 6292003-OCAJ-UNFV; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion R. Nº 5396-2003-UNFV, de fecha 16.5.2003, se aprobaron las Bases del MORDAZA de Licitacion Publica Internacional Nº 0005-2003-UNFV, segun relacion de items anexos, con el objeto de adquirir reactivos y sustancias quimicas, para la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, por un valor referencial total de S/. 470,379.32 (Cuatrocientos setenta mil trescientos setenta y nueve y 32/100 Nuevos Soles); Que, el 19 de junio del 2003, se realizo el Acto Publico de MORDAZA y Apertura de sobres de las Propuestas tecnico-economicas de la Licitacion Publica Internacional Nº 0005-2003-UNFV, para la "Adquisicion de Reactivos y Sustancias Quimicas", a merito de lo cual se realizo la correspondiente calificacion de las propuestas presentadas, de acuerdo a la informacion proporcionada por los postores participantes en el referido MORDAZA de seleccion; Que, con fechas 26 de junio y 1 de MORDAZA del 2003, se llevo a cabo el Acto Publico de Otorgamiento de la Buena Pro de la referida Licitacion Publica Internacional, segun relacion de items anexos a las Bases de dicho MORDAZA de seleccion, adjudicandose entre otros items, en el Rubro I: Adquisicion de Indicadores y Colorantes, los items 3, 11, 16, 30, 33, 35, 46 y 52; en el Rubro II: Adquisicion de Productos Quimicos, los items 30, 53, 57, 59, 63, 77, 83, 85, 100, 101, 102, 105, 111, 134 y 147; y, en el Rubro VI: Otros, el item 53; Que, mediante Oficio Nº 020-2003-CE/LPI Nº 0005-2003UNFV, el Comite Especial encargado de la Licitacion Publica Internacional Nº 0005-2003-UNFV - "Adquisicion de Reactivos y Sustancias Quimicas", advierte la existencia de error en la calificacion tecnica de las propuestas presentadas por los postores en dicho MORDAZA de seleccion, con respecto a los items que se mencionan en el considerando precedente; Que, el numeral 1) del Art. 67º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que: "La evaluacion de las propuestas tecnicas considerara los requerimientos tecnicos minimos (...). Asimismo, considerara los factores tecnicos aplicables, los puntajes maximos asignados, los criterios de calificacion y el grado de cumplimiento de los requerimientos en ellos establecidos, a fin de determinar los puntajes por evaluacion tecnica de las propuestas"; Que, al haber incurrido en error el referido Comite Especial, ha contravenido el Art. 67º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, habiendo incurrido en causal de nulidad segun lo establecido en el Art. 57º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, que dispone que son nulos los actos administrativos cuando son dictados por organo incompetente, contravenga las normas legales, contenga un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendose expresar en la resolucion que se expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, al respecto, el Art. 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

Estado, establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; siendo esto asi, corresponde declarar de oficio la nulidad de la referida Licitacion Publica Internacional, respecto a la adjudicacion del Rubro I: Adquisicion de Indicadores y Colorantes, items 3, 11, 16, 30, 33, 35, 46 y 52; del Rubro II: Adquisicion de Productos Quimicos, items 30, 53, 57, 59, 63, 77, 83, 85, 100, 101, 102, 105, 111, 134 y 147; y, del Rubro VI: Otros, item 53; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 47º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la mas alta autoridad de la Entidad puede disponer la evaluacion del adecuado desempeno de los miembros del Comite Especial y servidores que participaron en el mencionado MORDAZA de seleccion, con la finalidad de deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar; En merito a la opinion de la Oficina Central de Asesoria Juridica contenida en Informe Legal Nº 629-2003-OCAJUNFV, del 5.8.2003; a lo dispuesto por el senor Rector en Proveido Nº 2429-03-R-UNFV, de fecha 21.7.2003; y, En uso de las atribuciones conferidas de conformidad con la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR de oficio la nulidad de la Licitacion Publica Internacional Nº 0005-2003-UNFV, para la "Adquisicion de Reactivos y Sustancias Quimicas", segun relacion de items anexos a las Bases de dicho MORDAZA de seleccion, respecto del Rubro I: Adquisicion de Indicadores y Colorantes, items 3, 11, 16, 30, 33, 35, 46 y 52; del Rubro II: Adquisicion de Productos Quimicos, items 30, 53, 57, 59, 63, 77, 83, 85, 100, 101, 102, 105, 111, 134 y 147; y, del Rubro VI: Otros, item 53, por consiguiente, sin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro de los mismos, debiendo retrotraerse, dicho MORDAZA de seleccion en los mencionados items a la Etapa de Evaluacion de Propuestas. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco dias de su expedicion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Comision Ad-Hoc designada mediante Resolucion R. Nº 5093-2003-UNFV, de fecha 4.4.2003, conforme a sus atribuciones, evaluar el desempeno de los servidores o funcionarios, asi como de los miembros del Comite Especial que participaron en el presente MORDAZA de seleccion. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Secretaria General de la Universidad notifique la presente resolucion al Comite Especial de la Licitacion Publica Internacional Nº 0005-2003-UNFV y a las empresas que obtuvieron la Buena Pro segun la relacion de items que se detallan en el Articulo Primero de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIANA MORDAZA Rector 15160

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Aprueban instructivo para la Formulacion del Expediente que contenga mecanismos de verificacion establecidos en la Directiva Nº 003-CND-P-2003 aplicables a Gobiernos Locales Provinciales y Distritales
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 107-CND-P-2003 San MORDAZA, 12 de agosto de 2003

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