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PÆg. 249867 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de agosto de 2003 tes del PLAN COPESCO, al Ministerio de Comercio Exte- rior y Turismo, a la Presidencia del Consejo de Ministros ya los interesados. Regístrese y comuníquese. LUIS A. APARICIO LATORRE Director Ejecutivo delP.E. Plan COPESCO 15315 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar FAP a EE.UU. para realizar entrenamiento en simulador de vuelo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 276-DE/FAP-CP Lima, 13 de agosto de 2003 Visto el Oficio S/N de fecha 11 de julio de 2003 del Ase- sor de Aviación de la Oficina de Asuntos Antinarcóticos(NAS) de los Estados Unidos de América, los Oficios IV- 35-DOCC-Nº 1366 y 1449 de fechas 24 de julio y 8 de agosto de 2003, respectivamente, del Comandante de Operacio-nes y M/C SGFA-041411 de Agosto-2003 del SecretarioGeneral FAP; referentes al nombramiento en Comisión delServicio en el extranjero del Personal Militar FAP que seindica; CONSIDERANDO: Que, según Nota Nº 428 de la Embajada de los Esta- dos Unidos de América de fecha 20 de mayo del 2002, lacual hace referencia a los acuerdos Antidrogas que rigenla cooperación entre ambos países, el Gobierno de losEstados Unidos en coordinación con la Fuerza Aérea delPerú ha calificado a tripulaciones FAP en el avión Citation C-560, para la realización de Operaciones Aéreas de Inter- dicción contra el Tráfico Ilícito de Drogas, los cuales segúnregulaciones americanas deberán seguir obligatoriamenteun entrenamiento anualmente en simulador en el Centro"Flight Safety International" en la ciudad de Wichita, Kan-sas; Que, el inciso f) del artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus fun-ciones participar y fomentar la implementación de políticasy acuerdos internacionales, destinados a garantizar la de-fensa regional y seguridad hemisférica; Que, es conveniente para los intereses Nacionales nom- brar en Comisión del Servicio a los Estados Unidos de América, del 19 al 26 de agosto de 2003, al Personal MilitarFAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidad deque realicen un entrenamiento "Recurrency" en el simula-dor de vuelo del avión Citation, a llevarse a cabo en el Cen-tro "Flight Safety International" en la ciudad de Wichita, Kansas; Que, los costos de entrenamiento, pasajes aeroco- merciales de ida y retorno, así como los de traslado internoserán cubiertos por el Gobierno Americano; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de auste- ridad y racionalidad del gasto en el Sector Público viene reduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones delos viajes al exterior; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente po-drá autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten in- dispensables para asegurar el cumplimiento de los objeti- vos y metas fijados para el ejercicio del año 2003; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860, Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio a los Estados Unidos de América, del 19 al 26 de agosto de 2003,al Personal Militar FAP que se indica a continuación, con la finalidad de que realicen un entrenamiento "Recurrency"en el simulador de vuelo del avión Citation, a llevarse a cabo en el Centro "Flight Safety International" en la ciudadde Wichita, Kansas: Coronel FAP JOHNSON LALE Wilson FreddyComandante FAP CASTRO MALARIN Juan CarlosMayor FAP TRYON CARBONE Javier FranciscoCapitán FAP PALACIOS RIVERO Daniel Alejandro Artículo 2º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término del nombramiento a que se refiere el artículo anterior, dentro del plazo señala-do. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan a cargodel presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003, de acuer- do a disposiciones vigentes: Viáticos: US$ 220.00 x 4 Oficiales x 8 días x 50% Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 28.00 x 4 Oficiales Artículo 4º.- El citado Personal, deberá cumplir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º y 10º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministrode Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros Encargada de la Cartera de Defensa 15291 Declaran en situación de urgencia adquisición de diversos bienes e insu-mos y contratación de servicios de guíaspara la Segunda Brigada de Infantería -Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1293-DE/EP Lima, 14 de agosto de 2003 Visto, el Oficio Nº 039 2ª BI/ADQ-CONT de 24.Jun.03, de la 2a. Brigada de Infantería, mediante el cual solicitadeclarar en situación de emergencia la Adquisición de Bie-nes y Servicios para el desarrollo del Plan de Operaciones "SEGUIMIENTO". CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2003-PCM de fecha 27 mayo 2003, se declaró el Estado de Emergencia en todo el Territorio Nacional, por un plazo de treinta (30) días; dándose por concluido mediante Decreto SupremoNº 062-2003-PCM de fecha 25 junio 2003, con excepciónde los departamentos de Junín, Ayacucho y Apurímac, y laprovincia de La Convención, departamento del Cusco, zo-nas donde se prorrogó el Estado de Emergencia por el pla- zo de treinta (30) días; asimismo, mediante Decreto Supre- mo Nº 070-2003-PCM de fecha 23 julio 2003, se prorrogópor treinta (30) días el estado de emergencia en las zonasantes mencionadas; Que, mediante el Informe Técnico Nº 006-2003/G-4/Of. Adq-Cont de 24.Jun.03, la 2ª Brigada de Infantería para el desarrollo del Plan de Operaciones SEGUIMIENTO, requie- re del abastecimiento inmediato de Útiles de Aseo, por elvalor referencial de Cuarenta y dos mil setenta con 00/100Nuevos Soles (S/. 42,070.00); y alquiler de Vehículos, Acé-milas y Guías, por el valor referencial de sesenta mil con